Gobierno del Estado asume cobro de impuesto predial en Tecate
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Gobierno del Estado asume cobro de impuesto predial en Tecate

MEXICALI BC - martes 27 de mayo de 2025 - AFN.
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Por: Dianeth Pérez Arreola  

MEXICALI BC 27 DE MAYO DE 2025 (AFN).- Con 10 votos a favor y cero en contra -con la ausencia de una regidora y un regidor en funciones de alcalde suplente- el cabildo de Tecate aprobó, el pasado 1 de mayo, la suscripción de un convenio mediante el cual el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Hacienda, tomará el control del cobro del impuesto predial y las estrategias para incrementarlo, con el cobro del 2.5% "como incentivo por la recuperación de dicho impuesto".

En su primer cláusula, el convenio señala que este tiene por objeto establecer la coordinación administrativa entre Estado y municipio, "en acciones que permitan mejorar e incrementar los recursos del Impuesto Predial y sus accesorios".

El municipio tiene que proporcionar la siguiente información al Estado: créditos fiscales, valores unitarios, zona, sector, subsector, secciones, clave catastral, metros cuadrados, propietario o poseedor registrado, valores por metro cuadrado, colonia o fraccionamiento, y uso de suelo.

Además, el Estado ejercerá las facultades de cobro del impuesto predial, mediante la suministración de recursos materiales, ejecutar acciones para la determinación y revisión de dicho impuesto, y notificar actos administrativos, entre otras.

El municipio, por su parte, tiene la obligación de proporcionar la base de datos del impuesto predial; incluir en el estado de cuenta o recibo, un código de barras impreso o línea de captura; y permitir que el estado pueda realizar la administración de las acciones para la mejora en el cobro del impuesto predial mediante el uso de un sistema informático de plataforma web que el estado adquiera.

La cláusula octava estipula que de la recaudación, el Estado deducirá lo correspondiente a los siguientes conceptos: devoluciones efectuadas a los contribuyentes por pagos indebidos o saldos a favor; los recargos, actualizaciones gastos de ejecución, generados por multas; las comisiones bancarias y comisiones por transferencias electrónicas; y el 2.5 % del importe recaudado del impuesto predial de manera mensual como incentivo por la recuperación de dicho impuesto.

El 22 de abril de 2024 se planteó la firma de este mismo acuerdo para el municipio de Playas de Rosarito, basados en las reformas publicadas el 9 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, entre las cuales se encuentra la relativa a la fracción III del artículo 2-A, por medio de la cual se modifica el esquema de distribución del Fondo de Fomento Municipal, a fin de que a partir del ejercicio fiscal de 2015, el 30% del excedente de dicho Fondo se distribuya entre las entidades federativas que sean responsables de la administración del Impuesto Predial por cuenta y orden del municipio.

En pasadas administraciones se firmaba un convenio para que el Estado cobrara impuestos, pero solo para el fomento deportivo y educacional; el impuesto para el desarrollo integral de la familia; y el impuesto para el mantenimiento y conservación de las vías públicas, que se recaudaba cuando los contribuyentes realizaban el pago de los derechos de control vehicular.

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