Es San Quintín el sexto municipio de BC
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Es San Quintín el sexto municipio de BC

MEXICALI, BC - viernes 28 de junio de 2013 - AFN .
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* Elevan delegación ensenadense al rango municipal

* Funcionará un consejo municipal en 2014 y convocarán a elecciones en 2016 para Primer Ayuntamiento

MEXICALI BC 28 DE JUNIO DE 2013 (AFN).- Este día, el Pleno del Congreso del Estado de Baja California, aprobó el dictamen No. 206 de la comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, que decreta  la municipalización de la región de San Quintín, con lo que este poblado hasta ahora perteneciente al territorio de Ensenada, se convertirá en el sexto municipio, después de Rosarito que logró su emancipación de Tijuana hace algunos años. 

  La aprobación se logró con el voto de 23 diputados que asistieron este viernes al pleno, donde se estableció que en 2014 funcionará un Consejo Municipal y deberá llamarse a elecciones en 2016, para que el primer presidente municipal constitucional, tome posesión el 1 de diciembre, lo mismo que los otros cinco alcaldes que deberán elegirse ese mismo año:  el tema deberá publicarse para efecto de su validez.

Según el texto del decreto por el que se crea el nuevo municipio, San Quintín, se cumplen las facultades conferidas en los artículos 27 fracción XXVI y 76 de la constitución política del Estado; así como el artículo 27 de la Ley de Régimen Municipal del Estado, y se definieron la superficie, circunscripción y colindancias del mismo.

En los transitorios, se especifica que el presente decreto entrará en vigor el día 15 de noviembre de 2013, pero que el Primer Ayuntamiento será electo en las elecciones ordinarias del año 2016, y entrará en vigor el primero de diciembre del mismo año.

Mientras, según el documento, el proceso seguirá los mismos pasos de la creación de Playas de Rosarito, pues mientras se elige al primer ayuntamiento, el órgano de gobierno se depositará en un concejo municipal fundacional integrado por 7 concejales con sus respectivos suplentes.

Además, el Ejecutivo del Estado, en un término no mayor a 15 días hábiles a partir de la vigencia del presente decreto, remitirá en los términos de los artículos 27, 49 y 86 de la Constitución Política del Estado la propuesta de los vecinos que integrarán el concejo municipal fundacional que fungirá hasta el 30 de noviembre de 2016.

Recibida la propuesta del concejo municipal fundacional, el congreso en un término de 10 días hábiles realizará la designación; y una vez designados, los integrantes rendirán la protesta de Ley en sesión solemne que se realizará en la cabecera municipal que se ubicará en San Quintín; y una rendida la protesta procederán a elegir de entre sus miembros al presidente del mismo y a realizar la asignación de comisiones a cada uno de sus integrantes.

El concejo municipal fundacional se instalará e iniciará su gestión gubernamental el día 6 del mes de enero de 2014, y en tanto inicia la gestión gubernamental del Concejo Municipal Fundacional, el Ayuntamiento de Ensenada está obligado a seguir ejerciendo sus funciones en el municipio que se crea.

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