Por: Dianeth Pérez Arreola
MEXICALI BC 1 DE SEPTIEMBRE DE 2025 (AFN).- El asunto de la jubilación por invalidez de María del Carmen Delgado Soto está en el Órgano Interno de Control del Issstecali, informó su director Luis Gilberto Gallego Cortez.
Al respecto, añadió que le tomará la palabra al Sindicato de Burócratas sobre el análisis del expediente que expresó en un comunicado el fin de semana, y revisarán el caso en la próxima reunión de la junta directiva.
Explicó que el proceso para una resolución de pensión por invalidez se inicia a petición del patrón, en este caso la Oficialía Mayor del Poder Judicial; para ello, el trabajador debe pedir la intervención del sindicato, para que su caso sea valorado por Issstecali.
Indicó que previo a una resolución de capacidad residual debe haber antecedentes de incapacidades, y en el caso de Delgado Soto se tiene registro de 29 incapacidades a lo largo de su vida laboral, acumulando un total de 129 días.
Aclaró que aunque se puede solicitar una licencia médica con goce de sueldo por un año, llamada L52, en este caso no existe ese antecedente.
Precisó que el Poder Judicial solicitó la valoración de la capacidad residual de la trabajadora el 25 de noviembre de 2024; el 10 de diciembre tuvo la cita médica para dicha valoración, y el proceso por parte del médico de salud ocupacional concluyó en junio de 2025.
Por su parte, Angélica Pon Méndez, subdirectora general de Issstecali agregó que el 2023 se registró la última incapacidad de Delgado Soto, y después fue comisionada por el Sindicato de Burócratas.
Sobre este punto, existe un documento de toma de nota de 2023 donde se designa a María del Carmen Delgado Soto como representante ante el Comité Ejecutivo Estatal del Sindicato de Burócratas, del Poder Judicial en la sección Ensenada, lo que para algunos fue un movimiento de Manuel Guerrero Luna, quien estaba terminando su periodo como dirigente estatal del sindicato, y quien es la pareja sentimental de Delgado Soto.
Pon Méndez aclaró que el padecimiento de la trabajadora en cuestión se detonó en 2023, y que tiene seguimiento médico.
Detalló además que el proceso de principio a fin, que determina la capacidad residual de una persona tarda entre 6 y 9 meses, debido a que intervienen varias especialidades; en el caso de la empleada del Poder Judicial fue de 7 meses.
Puntualizó que la resolución no aparece en la respuesta otorgada por la plataforma de transparencia porque siempre dan un margen de dos semanas a un mes tras la conclusión del proceso, por si el trabajador o el patrón tienen algo que decir al respecto.
La evaluación de la pérdida de la capacidad residual por trabajo tiene que ser del 50 por ciento más 1, el cual es el caso de Delgado Soto, a quien determinaron un 51 por ciento, lo cual generó una serie de señalamientos por ser apenas el porcentaje necesario, reconoció Gallego Cortez.
Finalmente, dijo que quedó claro que de acuerdo con el artículo 80 de la Ley de Issstecali, las pensiones se pueden revocar, lo cual a pesar de que es legal, no es un procedimiento común. Gallego anticipó que revisarán todos los expedientes de invalidez de 2022 a la fecha.
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