*. - Se publica modificación a la Ley Municipal en el Periódico Oficial del Estado
TIJUANA BC 14 DE NOVIEMBRE DE 2020 (AFN). – Dos horas antes de la sesión de Cabildo -en la que el presidente municipal de Tijuana, Arturo González Cruz, debería presentar su solicitud de licencia- quedó publicada en el Periódico Oficial del Estado, la reforma que modifica el artículo 42 de la Ley de Régimen Municipal para el Estado de Baja California, votado apenas hace unas horas en el Congreso local. Minutos más tarde, tras conocerse esta noticia, fue cancelada la sesión de Cabildo, y se habla de un posible recurso de controversia por parte del gobierno municipal
En el número especial número 72 -del 14 de noviembre de 2020- se establece el decreto número 158 que reforma el artículo 42 de la mencionada ley, la cual habla sobre las ausencias de un munícipe.
En los transitorios se establece que este decreto, entrará en vigor “el día de su publicación en este periódico” (hoy), y que se derogan todas las disposiciones reglamentarias que contrapongan al presente decreto.
El artículo 42 establece a la letra:
De las ausencias de un municipio. - Las ausencias de un municipio podrán ser temporales o definitivas. Serán ausencias temporales, las que no sean mayores a 30 días naturales. Las ausencias temporales serán cubiertas por el suplente. Las ausencias mayores a 30 días naturales serán resueltas en definitiva por el Congreso del Estado.
Cuando por cualquier circunstancia el suplente no asuma el cargo, o no se presentara, el gobernador del Estado enviará una terna de propuesta al Congreso del Estado.