Columnista de la SillaRota: CARLA A. HUMPHREY JORDAN
La fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos, las campañas y los candidatos no es un asunto menor. La fiscalización dejará de correr en 33 vías distintas para alinearse en una sola. En una fiscalización de carácter nacional.
Dentro de los mayores aciertos que a mi juicio aporta la reforma constitucional en esta materia es, justamente, la posibilidad de una fiscalización nacional. El sueño dorado de todos los que alguna vez hemos fiscalizado partidos políticos, candidatos y campañas electorales, es poder hacer una fiscalización integral, que no dependa de la colaboración y las ganas de compartir información de los institutos electorales de las entidades federativas, de los plazos entre la fiscalización federal y la local que no empatan, que cuando se requiería información ya dictaminada y documentación comprobatoria no hayan iniciado aún los plazos para su entrega en otra entidad federativa. Que las cuentas bancarias sean fiscalizables a nivel nacional, que las transferencias, las cuentas contables y sus reglas de operación sean iguales en todo el país. Plazos únicos para la Fiscalización, documentación comprobatoria homogénea. Éste, sin duda, es uno de los temas de más relevancia en materia electoral.
El numeral 6 del inciso a) del Apartado B del artículo 41 constitucional, determina que corresponde al Instituto Nacional Electoral la fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos y sus candidatos y señala, literalmente, que la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos y de las campañas de los candidatos estará a cargo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
La reforma constitucional con toda claridad determina que la ley desarrollará las atribuciones del Consejo General para realizar esta función, así como la definición de los órganos técnicos dependientes del mismo responsables de realizar las revisiones e instruir los procedimientos para la aplicación de sanciones.
Lo anterior constituye un cambio de toda la relevancia. La fiscalización vuelve a ser responsabilidad directa del Consejo General de la autoridad electoral y se llevará a cabo a través de los órganos, dependientes del Consejo General, que la ley determine. Las características de estos órganos, serán definidas en la normatividad secundaria que está por emitirse.
Por otra parte, la reforma constitucional también establece que en los supuestos que establezca la ley y con la aprobación de una mayoría con cuando menos 8 votos del Consejo General, el Instituto Nacional Electoral podrá delegar en los órganos electorales las atribucones a que se refiere el inciso a) del Apartado B de esta Base, sin perjuicio de reasumir su ejercicio directo en cualquier momento. Entre las atribuciones a las que hace referencia el inciso a) del Apartado B, se encuentra la fiscalización de los ingresos y egresos de partidos y candidatos.
¿Cuál será entonces la forma en la que llevará a cabo la fiscalización el Instituto Nacional Electoral? Sin duda es un asunto que no conoceremos hasta que se aprueben las leyes secundarias en esta materia; sin embargo, a mi juicio, lo que conviene en esta materia es que el la autoridad electoral nacional se convierta en la autoridad rectora que: emita la normatividad correspondiente, ajuste los plazos de revisión, diseñe la documentación comprobatoria para los ingresos y egresos, determine, mediante procedimientos aprobados por el Consejo General, la forma en la que se llevarán a cabo las auditorías, pero que sean las autoridades electorales locales, las que lleven a cabo de manera directa, las labores propias de la fiscalización permanente de los recursos de los partidos políticos en cada una de las entidades federativas.
Resultaría muy costoso y poco eficiente desaprovechar las estructuras de fiscalización con que cuentan cada una de las entidades federativas. Fiscalizar partidos políticos, elecciones y candidatos no se aprende en ningún otro lado más que en las instituciones electorales, la experiencia acumulada debe tomarse en cuenta particularmente en el contexto de una normatividad nueva que aplicar y 17 elecciones en puerta.
¿Qué falta? Fiscalización en tiempo real. La fiscalización debe apoyarse en la teconología que permita la entrada en cualquier momento por parte de la autoridad, a las cuentas en línea de los partidos, sistemas contables auditables y digitalizados. Transferencias electrónicas, acceso a portales bancarios. Fiscalización en las campañas, no de forma posterior o por la investigacion que se sustancia por la presentación de una queja. Catálogos de proveedores verificados con anterioridad a la campaña o al ejercicio que se reporte, facturación en línea. Imposibilidad de pagos fraccionados o cheques superiores al monto establecido por la norma. Coordinación permanente con la Unidad de Inteligencia financiera, el SAT y la encargada de la Seguridad Pública para evitar financiamiento ilegal o de dudosa procedencia.
El procedimiento electoral debe modificarse sustancialmente, no sólo para llevar a cabo una fiscalización de carácter nacional, sino para enfrentar los nuevos retos a los que tiene que hacer frente, como la causal de nulidad de la elección por el rebase del tope de gastos de campaña en un 5%, o por dinero ílicito en las campañas (tanto de fuentes delictivas como desvíos de dinero del erario público). El procedimiento debe ser más breve, los plazos para la entrega de los informes y su revisión deben reducirse, las oportunidades de solventar errores y omisiones con las que hasta ahora cuentan los partidos políticos que pueden ser hasta en 5 ocasiones, deben disminuirse. La reducción de plazos tiene ahora una finalidad más importante, determinar si una elección puede anularse en función de la procedencia de los recursos o de un eventual rebase del 5% del tope de gastos de campaña. Para poder tener los resultados de la verificación realizada a las finanzas de los partidos y candidatos antes de que el candidato ganador tome protesta del cargo, se debe hacer la fiscalización completa de los gastos de campaña, de los ingresos y de la documentación comprobatoria. Lo anterior significa hacer grandes esfuerzos, sobre todo en la reducción de plazos, para llevar a cabo esta labor en el tiempo necesario para ello. El uso de las tecnolgías de la información y comunicación constituyen fuertes aliados de la económica del tiempo, reducción de costos y de plazos.
Hay muchas cosas por hacer pero, también, grandes expectativas en los resultados de una fiscalización de carácter nacional. Esperemos los primeros resultados que nos permitan evaluar este nuevo modelo de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos y de los candidatos.
@C_Humphrey_J