Acotan fuero militar en delitos a civiles
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Acotan fuero militar en delitos a civiles

MÉXICO, DF - miércoles 22 de agosto de 2012 - lasillarota.com.
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MÉXICO DF 22 DE AGOSTO DE 2012 (lasillarota.com).- Con ocho votos a favor y dos en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 57 fracción II inciso A) del Código de Justicia Militar, que ha permitido que los delitos cometidos por integrantes de las Fuerzas Armadas contra civiles sean juzgados en el fuero de guerra.

El Pleno de la Corte resolvió que dicho artículo es contrario al 13 de la Constitución, el cual establece que los tribunales militares en ningún caso conocerán de delitos en los que esté "complicado un paisano", es decir, un civil.

La votación, suficiente para establecer jurisprudencia, se dio en el estudio del amparo que interpusieron familiares de Bonfilio Rubio Villegas, asesinado por militares en 2009, para que el juicio en contra del responsable de su muerte salga del fuero militar.

 El criterio aplica en este caso específico, y será obligatorio aplicarlo en todos los casos futuros cuando se emitan cinco resoluciones en el mismo sentido, sin un fallo en contrario.

Los ministros resolvieron que al hablar de "complicado", la Constitución también contempla a los delitos en que un civil sea víctima u ofendido, no sólo aquellos en que el civil sea cómplice del militar.

El proceso penal contra Valentín Alejo Hilario, el soldado acusado de homicidio imprudencial en este caso, se desahogaba ante un juez castrense, pero la SCJN enviará el expediente a un juez de distrito con sede en Guerrero.

Sobre este punto, el ministro José Ramón Cossío advirtió que, dado el sentido del amparo, todos los actos ejecutados por el juez militar -a partir de que asumió competencia- tendrían que ser nulos, incluso el auto de formal prisión que se dictó contra Alejo Hilario.

Sin embargo, la mayoría de los ministros determinó que el auto de formal prisión no fue impugnado en este amparo, y que será el juez federal que reciba el expediente quien deberá pronunciarse sobre ese tema.

El Pleno de la SCJN confirmó los efectos de la sentencia con los votos en contra de Salvador Aguirre, José Ramón Cossío, Margarita Luna Ramos y Sergio Valls.

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