Reversa del Tribunal en casos de Carolina y Gastón
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Reversa del Tribunal en casos de Carolina y Gastón

CIUDAD DE MÉXICO - miércoles 17 de agosto de 2016 - AFN.
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CIUDAD DE MÉXICO 17 DE AGOSTO DE 2016 (AFN).- La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, revise y emita nuevas resoluciones a los recursos interpuestos en contra de los candidatos independientes por la alcaldía de Tijuana, Carolina Aubanel Riedel y Gaston Luken Garza, en donde se revisarán las sanciones interpuestas a los candidatos.

En el recurso de apelación SG-RAP-29/2016, promovido por la ex candidata independiente Carolina Aubanel Riedel para controvertir la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que la sancionó por diversas irregularidades detectadas en los informes de campaña, respecto de los ingresos y gastos correspondientes al Proceso Electoral Ordinario 2015-20016 en Baja California.

La Sala Regional Guadalajara determinó que los agravios resultaron infundados e inoperantes, además no demostró que la autoridad responsable hubiese sido arbitraria en calificar las observaciones.

Además la autoridad responsable no mencionó los parámetros que utilizó para determinar cada uno de los montos de las multas que le fueron aplicadas y no especificó qué o cuál porcentaje del monto involucrado ascendía la multa que le impuso a la parte actora.

Por ello, el pleno revocó el fallo recurrido para los efectos precisados en la consulta.

En cuanto al recurso de apelación SG-RAP-37/2016, atribuido al ex candidato por la vía independiente, Gastón Luken Garza, quien impugó la resolución 574/2016 emitida el 14 de julio por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

Ahí, Luken se inconformó porque en las sanciones impuestas no se tomó en cuenta su capacidad económica para individualizar la sanción, siendo excesiva y desproporcionada la multa.

Por ello, los magistrados determinaron revocar la resolución impugnada para que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral vuelva a realizar un análisis y considere la capacidad para la individualización de la sanción.

En el juicio de revisión constitucional electoral SG-JRC-109/2016, atribuido a la coalición PRI-PANAL-PVEM-PT, en el que se impugnó la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, que confirmó la declaración de validez de la elección de diputados de mayoría relativa y de representación proporcional hecha por el VIII Consejo Distrital del Instituto Estatal Electoral, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara confirmó la resolución impugnada, por haber sido adecuado el estudio de sus agravios.

En los recursos de apelación SG-RAP-40/2016 y SG-RAP-41/2016, atribuidas al Partido de Baja California y al Peninsular de las Californias, la Sala Regional Guadalajara, resolvió confirmar las resoluciones impugnadas, toda vez que las irregularidades alegadas por los recurrentes, resultaron infundadas.

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