MÉXICO 21 DE ABRIL DE 2016 (SDPNOTICIAS).- Los deudores de pensión alimenticia que incumplan por más de dos meses su obligación tendrán prohibido salir del territorio nacional.
La medida entrará en vigor a partir de este viernes, luego de que la Secretaría de Gobernación publicó este jueves en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona una fracción VI al Artículo 48 de la Ley de Migración.
De acuerdo con el artículo, la salida de mexicanos y extranjeros del territorio nacional podrá realizarse libremente, tendrá entre sus excepciones a las personas deudoras alimentarias que dejen de cumplir con sus obligaciones por un periodo mayor de 60 días.
La prohibición deberá aplicarse previa solicitud de la autoridad judicial competente, sin perjuicio de las excepciones previstas por la legislación civil aplicable, así como de aquellas conductas consideradas como delitos por las leyes penales correspondientes.
Tratándose de extranjeros, el Instituto Nacional de Migración definirá su situación y resolverá con base en lo que se establezca en otros ordenamientos y en el reglamento de esta ley.