Mañaneras de AMLO no deben transmitirse completas en periodo electoral: TEPJF
Agencia Fronteriza de Noticias
IZZI
VOTAR ES UN DERECHO Y UNA OBLIGACIÓN. VOTA ESTE PRÓXIMO 2 DE JUNIO
Telcel Mayo 2024
Programas Villegas
Translate this website into your desired language:

Mañaneras de AMLO no deben transmitirse completas en periodo electoral: TEPJF

CIUDAD DE MÉXICO - miércoles 31 de marzo de 2021 - La Silla Rota.
1249

CIUDAD DE MÉXICO 31 DE MARZO DE 2021 (La Silla Rota).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló, por unanimidad, una sentencia que considera las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador como propaganda gubernamental, por lo que recomendó no transmitirlas de manera íntegra, durante el periodo de campañas electorales de este año.

La sentencia resuelve la impugnación hecha por medios de comunicación, como Canal Once y el Sistema Público de Radiodifusión (SPR), ante la multa impuesta por la Sala Regional Especializada del mismo Tribunal Electoral, por transmitirlas de forma íntegra, durante los procesos electorales anteriores.

Los magistrados revocaron parcialmente la sentencia emitida por la Sala Regional, pues consideraron que ésta encontró toda la responsabilidad de la violación al artículo 41 de la Constitución Política a los canales públicos, cuando parte de ésta se encuentra en los gobiernos.

Como parte del proyecto, presentado por el magistrado Felipe Fuentes Barrera, la Sala Superior emitió algunos criterios y recomendaciones a los gobiernos federal y locales, para transmitir sus mensajes informativos de gobierno, sin que éstos representen un acto de publicidad personalizada.

¿POR QUÉ LAS MAÑANERAS SON PROPAGANDA?

Los magistrados consideraron que las conferencias, también conocidas como "mañaneras", contienen elementos de propaganda gubernamental, porque en éstas se destacan acciones de gobierno y se aplauden programas y proyectos como de desarrollo social y económico.

En sus intervenciones, los magistrados consideraron que las mañaneras no tienen que ver con la rendición de cuentas, y que sí entran entre los materiales que no deben promocionarse en el periodo de veda electoral.

En ese sentido, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña detalló que se consideraron como elementos de propaganda gubernamental los elogios o énfasis a un gobierno, programa social o acción de gobierno, lo que si ocurre en las conferencias matutinas del presidente.

LAS RECOMENDACIONES AL GOBIERNO

El magistrado Felipe Fuentes Barrera destacó que es importante que se dispongan reglas claras a cada uno de los personajes involucrados en los procesos electorales, tanto políticos como medios de comunicación.

"El proyecto solo puede analizar el papel de las concesionarias, pero como tribunal constitucional es nuestro deber emitir a qué nos referimos de la responsabilidad de los servidores públicos", puntualizó.

El proyecto aprobado por la Sala Superior destaca que "durante las campañas electorales y hasta el día de la jornada electoral de 2021, los gobiernos de cualquier nivel y sus funcionarios tienen prohibido difundir propaganda gubernamental, por cualquier medio o modalidad de comunicación social, como son entrevistas y conferencias de prensa".

En alcance, la resolución indica que los gobiernos que consideren que sus mensajes no contienen propaganda gubernamental, deberán garantizar que la información difundida tenga carácter institucional y deberán abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos constitutivos de propaganda.

El magistrado destacó que la libertad del ejercicio periodístico no está a discusión, ni se pretende frenar la libertad de expresión, pero sentenció que éste "debe cumplir con los criterios legales" establecidos en las normas.

INFORMES DE AMLO TAMBIÉN SON PROPAGANDA

La Sala Superior también resolvió que los informes ofrecidos por el presidente López Obrador en 2019, el de los primeros 100 días de gobierno y el del 1 de julio –por cumplirse un año de su triunfo electoral–, sí fueron propaganda personalizada, por lo que deben ser sancionados.

Los magistrados coincidieron que estos informes, al no estar obligados por una legislación, como sí el del 1 de septiembre, no se pueden considerar como actos de rendición de cuentas, y sí son acciones de promoción del gobierno.

Y es que la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral resolvió, con anterioridad, que los informes trimestrales del primer mandatario sí son un ejercicio de rendición de cuentas, por lo que no debían ser sancionados.

El magistrado presidente de la Sala Superior del TEPJF, José Luis Vargas Valdez, detalló que la Sala Regional Especializada deberá determinar si los informes violaron el artículo 41 de la Constitución, una vez especificado que sí tuvo elementos de propaganda.

MENCIÓN AL PAPA FRANCISCO

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada en la que no encontró violación a la ley en el promocional del presidente Andrés Manuel López Obrador, previo a su Segundo Informe de Gobierno, en el que se refirió al Papa Francisco.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, la Sala Superior confirmó -aunque por razones distintas- que no se actualizó alguna infracción electoral en materia de propaganda de informes de labores gubernamentales, pues el mensaje denunciado no tuvo contenido ni fines electorales, y tampoco se difundió en alguna temporalidad prohibida con incidencia indebida en un proceso electoral. Por ello, concluyó que fue incorrecto que la Sala Especializada analizara las presuntas violaciones a los principios de laicidad y separación Estado-iglesias.

El 28 de agosto de 2020, el PAN y el PRD denunciaron el contenido de un anuncio difundido en radio y televisión, que inició transmisiones el 24 de ese mes, en el cual el titular del Poder Ejecutivo Federal promocionó la presentación de su Segundo Informe de Gobierno, del 1 de septiembre.

Ayuntamiento Mayo 2024
Debates 2024
Matemáticas Fáciles
21 Aniversario
IZZI Abril 2024
PBM Medicina
Buscador Acerca de AFN Ventas y Contacto Reportero Ciudadano