Respetamos opinión del TEPJF sobre "Ley Bonilla": AMLO
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Respetamos opinión del TEPJF sobre "Ley Bonilla": AMLO

Ciudad de México - miércoles 4 de diciembre de 2019 - SDPNoticias.
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*.- El presidente de la República señaló que esta resolución es una muestra de la independencia del Poder Judicial de la Federación

CIUDAD DE MÉXICO 4 NOVIEMBRE 2019 (SDPNOTICIAS).- El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) afirmó que respeta la opinión emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que consideró inconstitucional la ley aprobada en Baja California para ampliar el periodo del gobernador Jaime Bonilla de dos a cinco años.

En su conferencia matutina de este 4 de diciembre, el mandatario fue cuestionado sobre el avance de una reforma a la Ley Federal del Trabajo que discute en el Senado de la República que pondría candados al esquema de subcontratación labora, conocido como outsourcing.

Como respuesta, el presidente señaló que la cámara alta realiza su trabajo legislativo de manera totalmente independiente y sin línea, y el Poder Ejecutivo respeta sus labores. En este orden de ideas, se refirió a la opinión jurídica emitida por el TEPJF a petición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

“Respetamos ese punto de vista y ya, esto deja de manifiesto que no somos iguales”.
Andrés Manuel López Obrador

TEPJF considera que la 'Ley Bonilla' es inconstitucional

La Sala Superior del TEPJF había emitido días antes una opinión jurídica a petición de la SCJN, en la que consideró constitucional a la llamada ‘Ley Bonilla’ que amplía el mandato del gobernador morenista.

En el documento se señala que la reforma aprobada en la pasada legislatura del congreso de aquella entidad resulta ilegal porque "no es válido que se prorrogue el mandato a cinco años que fue conferido al gobernador por voluntad de los electores para un tiempo determinado de dos años”.

“Los artículos constitucionales transitorios que han sido impugnados violan el principio de no reelección consagrado en el Artículo 116, fracción I de la carta magna, de tal suerte que la norma impugnada resulta inconstitucional por violentar el principio de no reelección”.
TEPJF

Esta opinión jurídica fue aprobada de manera unánime por todos los magistrados del tribunal electoral, y será tomado en cuenta por la suprema corte para resolver las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra la reforma.

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