El municipio retiró a la policía
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El municipio retiró a la policía

TIJUANA BC - domingo 17 de febrero de 2019 - AFN.
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*.- Y les sugirió contratar de un padrón de seguridad privada
*.- Ninguna de las causales ameritaba clausura, dice abogado
*.- El gobierno municipal no ha  informado de manera oficial

TIJUANA BC 17 DE FEBRERO DE 2019 (AFN).- Elementos de Reglamentos del ayuntamiento de la ciudad, establecieron en el acta de clausura levantada al Centro de Espectáculos Las Pulgas, que sólo contaba esta empresa con el apoyo de dos policías comerciales y que no presentó contrato de la agencia de seguridad con la que tiene el servicio, sin embargo, fue el mismo gobierno municipal el que les retiró a otro par de agentes, y ahora solamente le permite contratar dos elementos de “la comercial” para eventos especiales, cuando antes, por cada evento contrataban entre seis y 10 de los uniformados, se informó a AFN.

La empresa pagaba $29,000 pesos al mes por cada elemento enviado por la municipalidad, a la Dirección de Policía de la ciudad, sin embargo con fecha 27 de noviembre de 2018, el licenciado Hugo Díaz Rodríguez director de Servicios de Protección Comercial y de Vigilancia Auxiliar les notificó de manera oficial que dos de los cuatro agentes serían retirados, después de que la misma compañía les hizo ver la necesidad de que estuviesen policías uniformados en servicio de vigilancia, porque en caso de presentarse algún hecho delictivo o problema de seguridad, ellos mismos procederían a informar a la superioridad y remitirlos a quien correspondiera, cosa que cotidianamente se hacía, al tiempo que levantaban “partes” internos de los sucesos de cada jornada.

Para el retiro de los elementos policiacos, Díaz Rodríguez argumentó que “las obligaciones de esta institución en materia de seguridad pública”  les llevaban a la necesidad de “concentrar personal operativo para actividades prioritarias que requieren de la atención general de nuestra ciudad”.

En el mismo documento, el funcionario municipal habló sobre su compromiso y vocación en la seguridad del sector privado “por lo que actualmente nos encontramos realizando los procesos de selección y reclutamiento de personal oportuno, para que en breve tiempo estemos en condiciones de ofrecer la vigilancia solicitada”, situación de la que después ya no se informó. Por el contrario pusieron a disposición de los empresarios “la liga del padrón de empresas de seguridad privada” registrada ante esa secretaría para que hicieran sus contrataciones.

Hasta el momento el gobierno de la ciudad no ha informado de manera oficial al respecto, no obstante que desde ayer mismo se les solicitó su posicionamiento sobre estos hechos, y lo encontrado como consecuencia de ese operativo.
 
*.- Ninguna de las causales ameritaba clausura, dice abogado

Cuestionado al respecto el abogado de la empresa, José de Jesús Arteaga García confirmó lo anterior y señaló que este centro de espectáculos sí tiene seguridad privada, como lo han constatado todas las personas que lo visitan. Por otra parte aseguró que ninguna de las causales que establece la autoridad es motivo de clausura, señalando desconocer el motivo por el cual se llegó a ese extremo.

Explicó que incluso, la falta de permiso para un anuncio (como lo manifiestan en el acta) amerita una sanción administrativa, o en dado caso la inhabilitación de dicha cartelera o espectacular, pero no el cierre de la empresa, como ocurrió aquí, afectando a familias enteras, ya que Las Pulgas –informó- brinda trabajo directo a 300 jefes de familia, e indirectos a otros centenares más que realizan sus actividades alrededor de este establecimiento, como serían taxistas, vendedores ambulantes, y otros.

Por lo que se refiere al estudio de “impacto ambiental” que establecieron en la misma acta, tampoco obliga a la empresa en mención, ya que explicó que cuando esta se abrió, no existía este requisito, y ninguna ley -recordó- puede ser aplicada de manera retroactiva en México.

Señaló que para que proceda la clausura de un establecimiento comercial, el Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios para el municipio de Tijuana, establece con mucha precisión las causas, dentro de ninguna de las cuales se encuentran las referidas por la autoridad.

Refirió que el artículo 116 señala que la imposición de sanciones se hará tomando en consideración:

I. La gravedad de la infracción.

II. Las circunstancias de comisión de la infracción.

III. Sus efectos en perjuicio del interés público.

IV. Las condiciones socioeconómicas del infractor.

V. La reincidencia del infractor; y

VI. El beneficio o provecho obtenido por el infractor, con motivo de la omisión o acto sancionado.

El Artículo 118 indica a su vez que: se considera que una conducta ocasiona un perjuicio al interés público:

I. Cuando atenta o genera un peligro inminente en contra de la seguridad de la población.

II. Cuando atenta o genera un peligro inminente en contra de la salud pública.

III. Cuando atenta o genera un peligro inminente en contra de la eficaz prestación de un servicio público.

IV. Cuando atenta o genera un peligro inminente en contra de los ecosistemas.

Por el Artículo 119.- Se considera reincidente, al infractor que incurra en más de una vez en conductas que impliquen infracciones a un mismo precepto, en un periodo de seis meses, contados a partir de la fecha en que se levante el acta en que hizo constar la primera infracción, siempre que esta no hubiese sido desvirtuada.

De igual forma el abogado señaló que en otro documento se indican infracciones a la Ley y Reglamento para la Venta, Almacenaje y Consumo Público de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California, sin embargo señaló que ninguno de los artículos que les señalan fueron violados, por lo que consideró que se levantó el acta de esa forma, para tratar de justificar su incursión en estas instalaciones.

Por otra parte estableció que tampoco se puede hablar de sobrecupo en ese sitio con una capacidad para miles de personas, porque en el momento del operativo había muy poca clientela, y así quedó asentado en el acta levantada por los elementos de verificación del ayuntamiento, que hace notar que tan sólo estaban alrededor de 150 personas.

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