MEXICALI BC 27 DE SEPTIEMBRE DE 2015 (El Vigía).- Luego de que en días pasados la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara inválida la Ley del Servicio Profesional Docente del Estado de Baja California, la administración estatal acatará dicha decisión en pleno apego al marco jurídico nacional, no obstante dicha determinación no afectará los procesos de asignación o de orden de prelación de los docentes en la entidad.
El secretario de Educación y Bienestar Social del Estado, Mario Herrera Zárate, mencionó que lo anterior fue derivado de la reforma al Artículo 3 Constitucional, cuando al promoverse en el Congreso del Estado una Ley Estatal relativa al Servicio Profesional Docente, siendo criterio de la SCJN que dicha ley es improcedente por diferenciarse en algunos aspectos a la reglamentación nacional.
Asimismo, reiteró que los procesos y convocatorias de ingreso, promoción y permanencia llevados a cabo por la Coordinación Estatal del Servicio Profesional Docente, tanto para el subsistema SEBS como para el ISEP, se basaron en la Ley General del Servicio Profesional Docente, por lo que las asignaciones y el proceso que se llevó a cabo para tales efectos se encuentra, en caso de ambos subsistemas, dentro del marco legal vigente.
Asimismo el Pleno de la Corte invalidó 7 artículos de la Ley de Educación del Estado de Baja California, los cuales son únicamente los que refieren al Servicio Profesional Docente.