Impugnarán diputados Reforma Educativa
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Impugnarán diputados Reforma Educativa

MEXICALI, BC - miércoles 12 de marzo de 2014 - AFN.
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MEXICALI BC 12 DE MARZO DE 2014 (AFN).- Diputados representantes de partidos políticos anunciaron hoy la impugnación al procedimiento de la Presidencia del Congreso para llevar a cabo una sesión extraordinaria para aprobar la Reforma Educativa con la cual se homologa con la ley en la materia a nivel federal,  sin notificarlo a la mayoría en tiempo y forma, por lo que buscarán la nulidad de la misma.
 
El diputado local por el PRD Roberto Dávalos Flores, informó que nuevamente el  poder Ejecutivo de Baja California, dio línea  a los diputados del  PAN, PRI y Partido Nueva Alianza, para que  a puerta cerrada  aprobaran  en una sesión extraordinaria que llevaron en punto de las siete de la mañana, la  ley educativa estatal  entre unos cuantos, lo que es  una violación a la ley.
 
A esta impugnación se sumarán los diputados del Partido del Trabajo, Julio César Vázquez Castillo, Armando Reyes Ledezma, del Partido Movimiento Ciudadano, Francisco Alcibíades García Lizardi y Juan Manuel  Molina García así como  Francisco Barraza Chiquete y  Felipe de Jesús Mayoral, del Partido Estatal de Baja California. 
 
Dávalos Flores, lamentó que   no se le haya permitido   el ingreso a los ciudadanos  y a todos los diputados,  participar en el análisis y discusión de esta ley que es de suma importancia pues  en Baja California son miles de maestros que se verán afectados en sus derechos laborales, pues  más que una reforma educativa dijo que es una contra reforma educativa. 
 
Al término de la conferencia de prensa, el  diputado Dávalos junto con el Diputado del Partido del Trabajo,  bajó a las escalinatas exteriores del  Congreso del Estado, donde dirigió un mensaje de respaldo a los trabajadores de la educación que se mantienen  en plantón permanente  exigiendo sus derechos y pidiendo se eche para abajo  la ley educativa estatal.
 
El congreso del Estado aprobó por mayoría calificada la reforma de tres leyes relacionadas con el tema educativo, así como la creación de la Ley del Servicio Profesional Docente del Estado, presidiendo la sesión René Mendívil Acosta, Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado.
 
Con la aprobación de este dictamen, el Congreso de Baja California dio cumplimiento a los tiempos previstos en disposiciones transitorias de la reforma educativa federal, a fin de que el Estado armonice su marco legal en términos de la reforma educativa federal.
 
La Iniciativa que dio pie a estas reformas fue presentada ante esta Soberanía en forma conjunta por el Jefe del Ejecutivo y la Diputada Irma Martínez Manríquez, presidenta de la mencionada comisión legislativa.
 
En un comunicado de prensa se  informó que con este dictamen se reforman los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 10, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 58, 60, 68, 69, 71, 72, 77, 80 y 87 y se adicionan los artículos 4 bis, 11 bis, 16 bis, 16 ter, 18 ter, 21 bis y 79 bis, todos de la Ley de Educación del Estado.
 
Asimismo se reforma el artículo 46 de la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos así como el artículo 24 de la Ley de Seguridad Escolar del estado y se crea la Ley del Servicio Profesional Docente del Estado.
 
Esta última tiene por objeto regular el Servicio Profesional Docente y establecer los criterios, términos y condiciones para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el Servicio, de conformidad con lo previsto tanto por la Constitución Política Federal como la del Estado, la Ley General de Educación, Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley de Educación del Estado.
 
La nueva Ley establece que los servicios de Educación Básica y Media Superior que, en su caso, impartan los Ayuntamientos, se sujetarán a este ordenamiento y la  autoridad educativa estatal deberá realizar las acciones de coordinación necesarias con las autoridades municipales. 
 
La presente Ley, que se compone de 89 artículos, no será aplicable a las universidades y demás instituciones a que se refiere la fracción VII del artículo tercero de la Constitución general, al Consejo Nacional de Fomento Educativo y organismos que presten servicios equivalentes en el Estado, así como tampoco a los institutos de educación para adultos.
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