* En materia de paridad de género e igualdad sustantiva.
MEXICALI BC 27 DE FEBRERO DE 2021 (AFN).- El consejo general del Instituto Estatal Electoral de Baja California (Ieebc) anunció que en los trabajos de su décima segunda sesión extraordinaria, se acordó dar cumplimiento a la sentencia recientemente emitida por la sala regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), relativo a los lineamientos para garantizar el cumplimiento de los principios de paridad de género, igualdad sustantiva y no discriminación en la postulación de candidaturas y la etapa de resultados del proceso electoral local ordinario 2020-2021 en Baja California.
Por medio de un comunicado, se informó que los consejeros aprobaron el punto de acuerdo presentado por su presidente, Luis Alberto Hernández Morales, para dar cumplimiento a la sentencia SG-JDC-15/2021 y acumulados, emitida por el Trife, "por la que se modifica el anexo único de acciones afirmativas para los pueblos y comunidades indígenas, comunidades LGBTTTIQ+, personas con discapacidad y de las juventudes".
Según el escrito, se determinó que, de la acción afirmativa en favor de comunidades indígenas, en los ayuntamientos consiste en realizar la postulación en las planillas de regidurías de mayoría relativa, de por lo menos una fórmula de candidatos o candidatas, en los municipios de Mexicali, Tecate, Tijuana y Playas de Rosarito; mientras que en Ensenada deberán postular por lo menos dos fórmulas de candidatos o candidatas, correspondientes cada una a un género.
"En las diputaciones, se deberá realizar la postulación en las candidaturas a diputaciones por mayoría relativa, de por lo menos dos fórmulas integradas por personas indígenas, correspondientes cada una a un género, en cualquiera de los distritos electorales del Estado", se indicó.
En este tenor, "se estableció que partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, en armonía con el principio de paridad de género deberán postular al menos una fórmula de mayoría relativa, integrada por ciudadanas o ciudadanos de las Comunidades LGBTTTIQ+, personas con discapacidad y ciudadanos de entre 18 y 29 años en cualquiera de las cinco planillas de Munícipes; o en alguno de los Distritos que conforman el Estado".