Ratifican que Miguel Ángel García no puede ser candidato Independiente a la Gubernatura
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Ratifican que Miguel Ángel García no puede ser candidato Independiente a la Gubernatura

Tijuana BC - martes 26 de enero de 2021 - AFN.
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TIJUANA BC 26 DE ENERO DE 2021 (AFN).- El Pleno del Tribunal de Justicia Electoral del Estado (TJEBC), ratificó la resolución del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) que determinó que Miguel Ángel García Leyva, no cumplió con unos de los requisitos para ser candidato independiente a la gubernatura.

Durante la cuarta sesión pública no presencial de este año, los Magistrados del TJEBC, resolvieron el recurso de apelación RA-57/2020, interpuesto por García Leyva.

El aspirante controvirtió el oficio IEEBC/CGE/1927/2020, emitido por el Instituto Estatal Electoral (IEEBC), mediante el cual tuvo como “no presentada” la manifestación de intención del recurrente para acceder a la candidatura independiente a la gubernatura del Estado.

Al respecto, el Tribunal resolvió confirmar el oficio impugnado, pues si bien el recurrente en su inconformidad alegó una extralimitación del Instituto, al considerar que en la normatividad aplicable no se estableció el término para la presentación de la manifestación de intención, así como también que, la creación de una Asociación Civil como requisito de la manifestación de intención, transgrede la independencia de la figura de la candidatura independiente.

Por lo anterior, respecto de la obligatoriedad de la constitución de una Asociación Civil, el Pleno del Tribunal asentó que esta se encuentra establecida la Ley de Candidaturas Independientes vigente desde el año 2014.

Incluso, los Magistrados establecieron que este requisito es acorde a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en cuya conclusión por ambos órganos jurisdiccionales, fue que la creación de una Asociación Civil es razonable y no constituye un requisito excesivo o desproporcionado, pues dota de una estructura y cauce legal proporcional a quien aspira a un cargo de elección popular.

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