Promoverán ley para combatir pesca furtiva
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Promoverán ley para combatir pesca furtiva

ENSENADA BC - miércoles 5 de febrero de 2020 - AFN.
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ENSENADA BC 5 DE FEBRERO DE 2020 (AFN).- Para combatir la extracción, tráfico y comercialización de especies marinas en el municipio de Ensenada, será promovida una iniciativa de reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, informó el presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería, Asuntos Portuarios y Pesca, diputado Juan Meléndrez Espinoza.

En caso de ser aprobada dicha iniciativa sería respaldada por el titular de la Secretaría de Economía Sustentable y Turismo (SEST), Mario Escobedo Carignan, ya que tanto el funcionario del gobierno del Estado así como el legislador Meléndrez Espinoza pretenden que se modifique el artículo 420 del Código Penal Federal con esa intención.

Meléndrez Espinoza destacó que el objetivo de esas reformas es lograr que se vincule a proceso a quienes, sin permiso, capturen hasta dos kilos de productos pesqueros de alto valor comercial, luego que hasta la fecha la pena alcanza sólo a quienes hayan pescado 10 kilogramos.

Precisó que se pretende incluir a la pesca furtiva en la Ley de Extinción de Dominio, con el propósito de reforzar las acciones de combate a este delito, con base en lo expresado por los propios pescadores organizados.

“La iniciativa de reforma establece que además de las especies del abulón y la langosta, se van a incluir otras, como son: almeja hacha, erizo de mar, pepino de mar y almeja generosa. La iniciativa de reforma con proyecto de decreto, considera varias legislaciones federales vinculadas con el primer párrafo del artículo 420 del Código Penal Federal, así como la fracción dos bis del mismo fundamento”, detalló Escobedo Carignan.

Señaló que implicaría adicionar la fracción 11 al artículo segundo de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para poder aumentar la pena de los delitos contemplados por el artículo 420 del Código Penal Federal; además se consideraría que dicho tipo penal sea susceptible de considerarse como delincuencia organizada, para ser sancionados en términos del artículo primero, fracción cinco, inciso a) de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

Detalló que la iniciativa fue presentada al Pleno de la 23 Legislatura del Congreso del Estado y, en caso de ser aprobada, se enviaría al Congreso de la Unión, conforme con el artículo 71, fracción tres, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El funcionario reconoció la dignidad de quienes con valentía salen a ganarse la vida en el mar, pero con estas medidas se pretende proteger de un mal mayor, que sería embargo pesquero total del Alto Golfo de California; por ello deben seguirse buscando alternativas y artes de pesca que no pongan en peligro a las especies protegidas por las leyes mexicanas e internacionales de conservación.

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