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EL APLAZAMIENTO

TIJUANA, BC - viernes 30 de marzo de 2012 - Francisco Castro Trenti.
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JUZGUE USTED
Por: Francisco Castro Trenti


Hacía referencia en el anterior –Juzgue usted “Reforma integral”- al aplazamiento propuesto por la diputada Mata, en relación con el inicio del NSJP en Ensenada; ahora, deben puntualizarse algunos aspectos de la iniciativa presentada por el PAN. Esta dice, medularmente, -refiriéndose a Ensenada-:

…“La infraestructura no ha sido completada y los cuerpos policíacos no han recibido la capacitación necesaria. Es evidente la falta de recursos, la falta de capacitación e infraestructura y la necesidad de rediseñar el marco jurídico derivado de las experiencias negativas que se han suscitado en Mexicali. Urge agilizar los trabajos de coordinación entre todas las instancias operadoras para contar con un diagnóstico preciso sobre cada una de las etapas de implementación. Bajo ese contexto, resulta prioritario que se retomen a la brevedad las labores de la Comisión Interinstitucional de Implementación del Sistema de Justicia Penal –la “Comisión”. Ahora bien, toda vez que –la comisión referida- no se ha dado a la tarea de definir con precisión las fechas para el inicio de la vigencia del nuevo Código en los partidos judiciales pendientes, ni se ha permitido apresurar su propia operación y funcionamiento periódico, esta iniciativa intenta proponer una nueva fecha para el inicio de vigencia en Ensenada el once de agosto de 2013, y en Tijuana, Tecate y Playas de Rosarito el once de agosto de 2014. Lo anterior, debido a que no se cumplimentaron las disposiciones jurídicas previstas, relativas a la elaboración de los planes y programas necesarios para la adecuada y correcta implementación, al haberse omitido para el ejercicio fiscal, el establecimiento de las partidas indispensables dentro del proyecto de presupuesto de egresos, para atender la ejecución de obras de infraestructura, contratación de personal, capacitación y equipamiento tecnológico.”…

La iniciativa propone, además, que la “Comisión” institucionalice la elaboración y publicación anual “de un informe por escrito sobre las labores de coordinación para la correcta implementación y vigencia del NSJP, para privilegiar la rendición de cuentas y la transparencia” -¿anual? Debería ser mensual ante la crisis y colapso del NSJP-, y propone, también, que la “Comisión” se fortalezca como la instancia legítima, plenamente constituida y encargada de analizar cuestiones de implementación en la vertiente del marco jurídico”.

Esta iniciativa, de la que lo único rescatable es el aplazamiento de la inminente vigencia en Ensenada, fue turnada a la Comisión de Justicia, esperándose su aprobación en los siguientes días.

Decía en un artículo previo –Juzgue usted “Reformas erróneas e incompletas”-: “No alcanzan a percibir los diputados que el problema no es tanto ya de la actual administración estatal sino de los gobiernos que vendrán y que encontrarán la casa muy descompuesta…”, lo que esta iniciativa comprueba, porque propone el inicio del NSJP en Ensenada en agosto del próximo año, cuando ya habrá una nueva administración estatal electa, y para Tijuana, Tecate y Rosarito en el 2014, cuando esa administración ya esté en funciones. Ante este panorama, es fácil prever que, en plena época electoral –desde enero de 2013-, este no será el tema central de la agenda del gobernador, porque los recursos económicos estarán encaminados hacia un tema más rentable políticamente hablando y, en consecuencia, un nuevo aplazamiento es previsible.

Por otro lado, esta iniciativa deja ver, con absoluta claridad, que la responsabilidad del retraso que ahora se propone para la implementación del NSJP en Ensenada recae en la “Comisión”, la cual es integrada por el Secretario General de Gobierno –SGG, que la preside-; el Presidente y un Magistrado del TSJ; dos diputados del Congreso, el titular de la PGJE y el Jefe de la Defensoría de Oficio, aunque en esta Comisión, la responsabilidad directa de impulsar y coordinar los trabajos recae en el Subsecretario de Enlace para Asuntos de Justicia de la SGG, quien es, a la vez, el secretario técnico de dicha Comisión.

Así las cosas, si la iniciativa directamente señala que es “prioritario que se retomen a la brevedad las labores de la Comisión Interinstitucional de Implementación del Sistema de Justicia Penal, porque –entre otras cosas-, no se ha permitido apresurar su propia operación y funcionamiento periódico”, resulta ilógico que en la misma iniciativa se le pretendan aumentar atribuciones cuando, visto está, el secretario técnico de la misma –el Subsecretario de Enlace para Asuntos de Justicia- ha resultado ineficiente, incompetente y negligente para coordinar los esfuerzos que se requieren pero a quién, además, le deriva responsabilidad porque “no se cumplimentaron las disposiciones jurídicas previstas en el artículo octavo transitorio, relativas a la elaboración de los planes y programas necesarios para la adecuada y correcta implementación”. Por lo tanto, la reforma, además de posponer el inicio del NSJP en Ensenada, debe contemplar la reestructuración de la citada “Comisión”, pues sólo intervienen en ella los tres poderes del Estado pero no los ciudadanos ni los expertos en el tema, como lo son las organizaciones de abogados –con sus condicionantes, claro- y las instituciones de educación superior, entre otros. Bien podrían comenzar copiando el modelo federal, que tiene una comisión especializada –no con doble chamba- para la implementación de la reforma penal a nivel federal, de la que uno de sus titulares fue José Luis Santiago Vasconcelos (qepd), y, actualmente, Felipe Borrego Estrada, dos juristas a cabalidad y no como aquí, que a cargo quien no sabe ni de Derecho, ni de litigio penal.

A partir de esta reforma, que pospondrá la inminente vigencia del NSJP en Ensenada y que debe reestructurar la ‘comisión interinstitucional’ por una comisión de implementación-, debe entrarse, a fondo y en serio, en la revisión de las fallas del NSJP porque, vea usted, antes de la vigencia del NSJP en Mexicali, la impunidad –delitos cometidos, en relación con delitos sentenciados- estaba en el orden del 94 por ciento. Ahora, con el NSJP, está en el orden del 99.5 por ciento. De esto hablaremos, a detalle, en el siguiente.

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