La legítima defensa
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La legítima defensa

TIJUANA, BC - viernes 5 de diciembre de 2014 - Gilberto LAVENANT.
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Palco de Prensa

La detención de un policía municipal, y sometimiento a proceso penal, por haber lesionado de un balazo a un presunto secuestrador, en hechos que permitieron la captura de dos cómplices y la liberación de un secuestrado, ha generado una seria controversia. Incluso, hay quienes consideran esto como una injusticia.
 
Parece absurdo. Se diría que se vive en un mundo al revés. Los delincuentes recuperan su libertad, casi inmediatamente después de que son detenidos. Los policías que los detienen, terminan en la cárcel.
 
Pero, como siempre pasa, la mayoría de las personas opinan, sin tomar en cuenta la forma en que se dieron los hechos. En este caso, no ha sido la excepción.
 
Para quienes viven en esta zona fronteriza, colindante con California, donde es común saber de casos de policías que matan a personas, por la simple sospecha de andar armados, es fácil suponer que en territorio mexicano, pueden hacer lo mismo.
 
En este caso específico, la versión inicial indica, que en un enfrentamiento, la policía municipal detuvo a secuestradores, aunque uno resultó lesionado de un balazo, logrando liberar a un secuestrado.
 
Obviamente, ante tales hechos, los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, se hicieron merecedores de un reconocimiento público.
 
Empero, toda vez que uno de los presuntos delincuentes, resultó herido de gravedad, fue necesario verificar las condiciones en que esto ocurrió. El supuesto malandro, recibió el balazo en la nuca, o sea lo recibió de espaldas, cuando huía, luego de enfrentarse con la policía.
 
El agresor, efectivamente, fue uno de los elementos policiacos, quien en su desesperación por capturar al prófugo, no lo pensó dos veces y le disparó.
 
Por lo tanto, resulta evidente que el policía actuó indebidamente. Las condiciones, ni ameritaban, ni justificaban, el uso del arma.
 
Por ello, el agente del Ministerio Público, que conoció de este asunto, ejerció acción penal en contra del heridor, como presunto responsable de los delitos de lesiones calificadas y abuso de autoridad.
 
A la vista de ciudadanos comúnes y corrientes, e incluso de las autoridades municipales, esto resulta injusto. Suponen, que por haber detenido a tres presuntos delincuentes, liberando a un scuestrado, el casi dar muerte a uno de ellos, es poca cosa.
 
Obviamente, confunden las cosas, con la legítima defensa. Una excluyente de responsabilidad, prevista en el Código Penal de Baja California.
 
Quien cause daños, lesiones e incluso la muerte, a una persona, no incurre en delito alguno, si se dan las características de la figrua jurídica de la legítima defensa.
 
El Código Penal señala que habrá legítima defensa, cuando “se repele una agresión real, actual o inminente, sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa o racionalidad de los medios empleados y no medie provocación suficiente inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende”.
 
En el caso en mención, según la versión de la Procuraduría de Justicia, el policía no actuó en legítima defensa. El presunto secuestrador, ya iba huyendo. Estaba a unos 13 metros de distancia. No había un peligro o amenaza real e inminente, ni para el policía, ni para el secuestrado. La bala, entró por la nuca. En caso de haber tenido un arma en las manos, no apuntaba a su agresor.
 
Un policía, no solamente debe aprender a operar un arma de fuego. Debe conocer la legislación penal, para saber en qué momento la puede detonar, sin incurrir en responsabilidades.
 
En este caso, actuó torpemente. Disparó, cuando ya no era necesario, ni factible. Por lo tanto, incurrió en un abuso autoridad y en la comisión del delito de lesiones. Los delitos se sancionan con cárcel, aunque se trate de un policía.
 
La figura jurídica de la legítima defensa, no es tan simple, como parece. Ni es lo que muchos imaginan o suponen.
 
Se tiene que actuar, ante un peligro real e inminente. Pero no debe haber premeditación, ni ventaja.
 
Tal parece que los policías municipales, no están debidamente capacitados. Ni siquiera el titular de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, Alejandro Lares Valladares. Pretende, que los funcionarios de procuración de justicia e incluso el juzgador, le perdonen a su súbdito tan grave falta. Tan solo por simple solidaridad.
 
Ni modo que distorisonen la versión de los hechos, y aseveren que el presunto secuestrador, en su huída, dando la espalda al policía que finalmente le agredió, lo amenazaba con su arma y le apuntaba, por lo que lo puso en un peligro inminente.
 
El asunto, no es tan simple como parece. Si se insiste en tratar de justificar los abusos policiacos, todos lo pueden llegar a lamentar. El fin, no justifica los medios.
 
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