*.- Reforma a la Ley sobre el Régimen de Propiedad
Mexicali BC 10 de julio de 2014 (AFN).- A fin de regular la figura de condominio maestro y otras instituciones condominales, el diputado Mario Osuna Jiménez presentó una iniciativa de reforma a la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado.
Con el respaldo de los diputados de PAN, Panal, PEBC y del PRD, el legislador panista propuso reformar diversos artículos de la Ley en mención, a fin de actualizar la legislación, otorgándole un mayor dinamismo orientado hacia la inversión y la detonación de la industria de la vivienda y desarrollo urbano en el Estado.
Osuna Jiménez destacó que con la figura del condominio maestro se modifican diversas disposiciones para regular este precepto, que sustituye a los conjuntos condominales, lo que les dará más herramientas para organizarse internamente.
Para más de 120 unidades de propiedad exclusiva se propone eliminar la restricción de constituir el régimen de propiedad en condominios, siempre y cuando no supere ese número, ya sea en condominio individual o bajo conjunto condominal. Ello se adapta a la nueva política nacional de desarrollo urbano y vivienda, explicó.
Agregó que diversos complejos condominales de la mancha urbana de Tijuana superan las 120 unidades, por lo que quedarían debidamente actualizados a las nuevas necesidades de re densificación y verticalidad de dicha municipalidad.
Referente a áreas privativas sin construcción, el legislador dijo que se plantear regular la existencia de áreas privativas sin construcción ya que la legislación actual no lo establece con claridad, sobre todo en los casos de régimen de condominios horizontales.
En su intervención, Mario Osuna expuso que en el caso de reducción de 3 a 1 año el plazo para responder por vicios ocultos, la iniciativa establece que los propietarios de un condominio nuevo que enajenan, respondan por vicios ocultos de la construcción hasta antes de que transcurra un año en lugar de tres, desde la entrega de la unidad de propiedad exclusiva respectiva, con lo cual se armoniza con lo establecido en el Código Civil del Estado.
Se propone de igual manera, eliminar la prohibición de enajenar condominio en los casos de que éstos sean financiados o construidos por organismos federales, estatales o municipales, debido a que es una disposición que quedó desfasada. Ya que por ejemplo Infonavit -como organismo federal- desde la promulgación de la Ley de Vivienda de 1994 ofrece una segunda hipoteca a derechohabientes que adquieren un inmueble, que después mejoran sus condiciones crediticias o capacidad económica.
Resaltó que la iniciativa contempla eliminar la prohibición de tener dos o más condominios financiados por el gobierno.
“La lógica del contenido actual sigue partiendo del hecho de que un derechohabiente del Infonavit no puede tener dos o más viviendas o dos créditos. En la práctica, las políticas crediticias y diversos instrumentos del Gobierno Federal se están abriendo para permitir el acceso a mayores alternativas de vivienda”, concluyó.