Reclama CNDH a IMSS por parto en calle
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Reclama CNDH a IMSS por parto en calle

México DF - sábado 27 de junio de 2015 - AFN.
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México DF 27 de junio del 2015 (AFN).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió la recomendación con número 19/2015 al director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), José Antonio González Anaya, para reparar los daños ocasionados a una mujer que dio a luz en la vía pública tras ser rechazada por el hospital de Ensenada en Baja California. El organismo nacional consideró que se transgredieron los derechos humanos a la protección de la salud materna, trato digno y derecho a vivir una vida libre de violencia obstétrica, así como el derecho a la protección de la salud y trato digno en agravio del recién nacido.

De acuerdo al informe, el pasado 5 de marzo de 2013, aproximadamente a las 16:00 horas, la mujer acudió al área de urgencias del nosocomio con trabajo de parto.

Fue canalizada al área de tococirugía, donde el médico tratante la valoró, diagnosticando 4 centímetros de dilatación y le indicó que volviera a su casa y regresara en 4 horas, pese a que ella le señaló que tenía contracciones y no se sentía bien.

Entre 15 y 20 minutos después de salir del nosocomio, la agraviada dio a luz a su hijo en la vía pública, sin que exista constancia de asistencia médica, de enfermería, de paramédico, y sin medidas de salubridad, tras lo cual retornó al hospital, donde fue atendida por sangrado e infección vaginal.

Según la CNDH, la paciente debió acudir con un ginecólogo particular, sin contar con el recurso económico necesario, para continuar con su recuperación. Y por los medicamentos que se le administraron no pudo amamantar a su recién nacido durante tres semanas.

A raíz de esto, el organismo nacional  recomendó al titular del IMSS repare el daño ocasionado a los afectados, y continuar con la atención médica y psicológica en favor de la fémina, así como dar seguimiento e inscripción de los agraviados en el Registro Nacional de Víctimas, a efecto de que tengan, en lo conducente, acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas.

También le señaló que debe instruir para que los servidores públicos del hospital en mención adopten medidas efectivas de prevención, para garantizar que los expedientes clínicos se encuentren debidamente integrados, así como diseñar e impartir en los hospitales de la institución cursos integrales de capacitación y formación en materia de derechos humanos.

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