Tijuana BC 25 de junio de 2015 (AFN).- Humberto Jaramillo Rodríguez, presidente del Consejo Coordinador Empresarial de Tijuana (CCE) informó este día que la Juez Tercero de Distrito Blanca Evelia Parra “ni negó ni concedió” el amparo solicitado por los fronterizos en contra del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sino que simplemente se excusó de estudiar el fondo de este recurso.
Jaramillo dijo que la Juez en Materia de Amparo y Procesos Federales ya les notificó la primera sentencia en el amparo colectivo contra la homologación del IVA, en ese sentido, señalando que en lugar de resolver el fondo y decidir si la reforma hacendaria era constitucional o no, decidió no abordar el fondo invocando una causal de sobreseimiento que le permite abstenerse de esto.
El presidente del CCE comentó que entre los argumentos del juzgado para abstenerse en este caso, en el que decenas de miles de fronterizos manifestaron su deseo de obtener el amparo de la justicia Federal, destaca el hecho de que estos miles que firmaron no acreditaron que viven en la frontera, en tanto que quienes la promovieron no demostraron que están pagando el impuesto en los bienes o servicios que compran o adquieren.
También consideró que los fronterizos no sufren de ninguna afectación en su esfera jurídica con el cobro de una tasa más alta al 16%, y que el amparo se sigue siempre a instancia de parte agraviada, estimando que los fronterizos no lo fueron. De igual forma estimó que los residentes de esta frontera no resintieron un daño, perjuicio o menoscabo, es decir, un agravio provocado por la autoridad.
En otro de sus puntos la juez Parra estimó que los afectados, no resintieron una modificación o alteración en su esfera jurídica con un IVA mayor, que no sabe si los afectados realizan sus actividades o actos en la franja o región fronteriza y confundió las instituciones jurídicas, porque dice que los promotores del amparo son sujetos activos, sin advertir que sólo el gobierno es sujeto activo y los contribuyentes son sujetos pasivos.
La juez además estableció que una persona -de las firmantes- era de Guatemala, otra de África (Marruecos) una de Estados Unidos y que algunos otros del interior del país, por lo que a su juicio no pueden invocar el amparo porque no son fronterizos, sin embargo, el amparo protege a mexicanos y extranjeros que viven aquí y que tienen su domicilio aquí en la frontera, no importa de dónde sea su identificación, comentó el empresario. También dijo que la juez afirmó que no pudo verificar si las identificaciones ofrecidas al amparo de cada persona, son genuinas, que no puede verificar el domicilio de cada persona ni su residencia legal en la frontera, y que las pruebas periciales no las valora porque no estudió el fondo.
Finalmente consideró que la declaración bajo “protesta de decir verdad” que equivale a una declaración jurada, no garantiza que se les esté cobrando el IVA y que los fronterizos no tienen interés legítimo, porque no están en una posición de desventaja con un IVA mayor al 16%.
Jaramillo concluyó que derivado de esta decisión de la juzgadora, la defensa acudirá a la siguiente instancia en Mexicali para interponer un recurso de revisión que será presentado en un plazo de 10 días a fin de que ese Tribunal decida si el IVA afectó o no a los fronterizos.