Tijuana BC 16 de junio de 2015 (AFN).- El director del Sistema Estatal de Justicia Alternativa Penal, Abraham Cortez Bernal, señaló que existe un gran avance en cuanto al Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP) y consiste en esta misma Justicia Alternativa, la cual se encuentra implementada en Baja California hace seis años, con 18 módulos de atención en el Estado.
Indicó que de cada 100 casos que se manejan, en 95 las partes involucradas llegan a un acuerdo, por lo que el porcentaje de incumplimiento es bajo.
Añadió que, desde su implementación han entregado a las víctimas más de 80 millones de pesos sin la necesidad de acudir a un proceso penal, sólo con los acuerdos entre las partes afectadas sin contar los pagos en especie, ya que algunas personas pagan con terrenos o vehículos.
Cortez Bernal comentó que uno de los principales beneficios de la justicia alternativa "es la recomposición del tejido social", ya que las partes afectadas entran a una sala de medición y se soluciona el problema de fondo; y “no queda ese rencor cuando alguien me denuncia y al rato se agudiza la situación con él”, además de que estos problemas pueden ser resueltos mediante el diálogo, lo que conlleva a resolverlo de una manera más rápida.
En cuanto al tiempo en que se agilizan los trámites, dijo que una mediación en promedio dura alrededor de dos horas en comparación con un proceso tradicional, lo que conlleva a un ahorro significativo de tiempo, aunque también hay casos complejos en los que se llevan hasta 18 sesiones.
Expresó que la justicia alternativa no está diseñada para gente “sinvergüenza”, ya que no puede haber una reincidencia porque una vez que alguna persona celebró un acuerdo en la resolución de un asunto tienen que pasar tres años o cinco si no cumplió con el trato, para volver poder utilizar dicho sistema, ya que con este tipo de candados se evita la impunidad y la reincidencia.
Recordó que la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal regula los delitos que no son mediables; estos últimos son los delitos graves como homicidios, robos violentos, secuestro; siendo mediables los delitos patrimoniales sin violencia, los delitos culposos o imprudentes, y los perseguidos por querella de la parte ofendida.