Vigente Reforma Anti-aborto
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Vigente Reforma Anti-aborto

CIUDAD DE MÉXICO, - miércoles 28 de septiembre de 2011 - AFN.
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MEXICO, DF 28 DE SEPTIEMBRE DE 2011 (AFN).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este miércoles que es invalido el argumento de inconstitucionalidad que presentó el ministro Fernando Franco, en referencia a la reforma legal al séptimo articulo de la constitución en Baja California que protege el derecho a la vida desde la concepción.  

Después de tres días de sesionar en la SCJN, este día fue rechazado el proyecto que presentó el ministro Franco. Con seis votos a favor de respaldar la reforma antiaborto, contra cinco que la consideraron como una falta a los derechos de la mujer, finalizó el debate jurídico en el que se decidió avalar la modificación al artículo que se realizó en el año 2008.

Las votaciones a favor fueron de los ministros Luis María Aguilar, Olga Sánchez, José Ramón Cossío, Sergio Valls, Fernando Franco, Arturo Zaldívar y el presidente de la Corte, Juan Silva Meza. En tanto que se pronunciaron los ministros: Sergio Aguirre Anguiano, Margarita Luna, Guillermo Ortiz y Jorge Pardo.

 

"En el aire" reformas sobre aborto

 

CIUDAD DE MÉXICO, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2011 (AFN).- Fernando Franco González Salas, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), informó que se continuará con la discusión este día  para determinar la constitucionalidad de las reformas hechas en Baja California y San Luis Potosí, con respecto a la protección a la vida desde la concepción.

De acuerdo con las versiones que se han expuesto en diferentes medios de comunicación del País, sobre tan importante tema, el ministro dijo que hay tres propuestas para revisar dichas reformas, pero que deben ser abordados y debatidos con argumentos y  razones en la Suprema Corte de Justicia.

Una de tales propuestas es invalidar el párrafo primero del artículo 7 de la Constitución Política de Baja California, dijo, donde se indica que el individuo está bajo protección de la Ley desde el momento mismo de la concepción, y para efectos legales se le trata como nacido.

González Salas afirmó que la Carta Magna ya vela por el derecho a la vida, sin embargo, ni  ésta ni los tratados internacionales consideran al no nato como persona humana en sentido normativo.
Explicó que considera que la reforma impugnada vulnera los derechos fundamentales de la mujer, en especial el de la salud y libertad reproductiva.

Por su parte, el ministro Salvador Aguirre argumentó que no existen tratados internacionales que establezcan el derecho al aborto, proponiendo que se tome el antecedente de las reformas constitucionales de derechos humanos en las que se incluye el derecho a la vida.

Luis María Aguilar, también ministro de la SCJN, apuntó que las constituciones estatales no están facultadas para definir derechos fundamentales, únicamente pueden ampliar los derechos mínimos previamente establecidos en la Carta Magna; sin embargo aclaró que aun cuando se invaliden las reformas, los códigos penales locales pueden establecer el aborto como un delito.

Por  tratarse de una acción de inconstitucionalidad, agregó, se requiere el voto de 8 de los 11 ministros para invalidar  la norma, y en caso contrario permanecería vigente.

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