Buscan castigar con 20 años de cárcel la extorsión
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Buscan castigar con 20 años de cárcel la extorsión

MEXICALI, BC - martes 17 de febrero de 2015 - AFN.
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  Mexicali BC 17 de febrero de 2015 (AFN).- El diputado local José Alberto Martínez Carrillo, presentó una iniciativa de Ley, para reformar los artículos 224, 224 bis y 234 bis del Código Penal, para endurecer la penalidad para el delito de extorsión, hasta con castigos den 20 años de cárcel, por considerar que la sociedad bajacaliforniana merece una vida libre de estas fechorías.

  El representante por el Partido Nueva Alianza (Panal), precisó que elevar la penalidad va a traer por consecuencia su inhibición, al destacar que en los últimos meses se han hecho públicas denuncias de este delito, lo que ha lastimado el quehacer diario de empresarios, comerciantes, agricultores, profesionistas y ciudadanos.

  Reveló que han aparecido varios reportajes periodísticos, que refieren que este problema ha afectado severamente la entidad, en la que se involucra a policías municipales y estatales.

  Se trata del “derecho de piso” como modalidad de extorsión, dijo, con la que se han visto afectados más ciudadanos en el Estado; y en este sentido existe un esfuerzo del gobierno para prevenirlo, con mecanismos específicos para la denuncia y seguimiento a las extorsiones, sobre todo telefónicas.

  En el “derecho de piso” hay una incidencia relevante que se puede corroborar en los datos oficiales que compila el secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los indicadores de incidencia delictiva del fuero común 2014, mencionó el legislador.

  Martínez Carrillo planteó en su iniciativa una penalidad más alta para los policías de cualquier corporación de seguridad pública que se involucren en la comisión del delito de extorsión, así como también para funcionarios o quienes se ostenten como tales con el fin de incurrir en este hecho delictivo.

  Dio a conocer que otro de los supuestos importantes que sugiere para agravar la pena, es cuando el autor del delito tenga alguna relación de confianza, laboral, de parentesco o de negocios con la víctima o con sus familiares.

  Expuso que el actual artículo 224 que establece una pena de 6 a 10 años y 400 días de multa, quedaría como sigue: “Al que para obtener un lucro obligue a otro a realizar u omitir un acto en perjuicio de su patrimonio o el de un tercero, se le impondrá prisión de diez a veinte años y hasta quinientos días multa”.

  Martínez Carrillo pidió también la modificación del artículo 224 bis, para que se agrave la pena de 20 a 30 años y hasta 600 días de multa, cuando se caiga en los siguientes supuestos: Que se emplee violencia física; que el autor del delito sea, haya sido o se ostente como integrante de alguna institución de seguridad pública o corporación policiaca; y que el autor del delito sea, haya sido o se ostente como servidor público, y se hayan utilizado los medios o circunstancias proporcionados por éstos; y que el autor tenga o haya tenido alguna relación de confianza, laboral, de parentesco o de negocios con la víctima o con sus familiares.

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