No descartan ley recaudatoria
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No descartan ley recaudatoria

TIJUANA, BC - martes 14 de octubre de 2014 - AFN.
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*.- Detrás de “anti lavado” de dinero

Tijuana BC 14 de octubre de 2014 (AFN).- El notario público Número 133, especialista en la nueva Ley anti lavado de dinero en México y Organización Notarial, Héctor Guillermo Galeano Inclán, dio a conocer que ésta fue creada con valores objetivos, por lo que si se superan los mismos, el prestador del servicio está obligado a emitir un aviso, pero no descartó que pudiera tener un trasfondo recaudatorio al poner a disposición de la autoridad fiscal toda la información del contribuyente.

Esta mañana, en conferencia de prensa, el también aspirante a presidente del Colegio Nacional de Notarios en México, de visita en la ciudad, fue cuestionado sobre la posibilidad de que pudiera ser una ley recaudatoria “disfrazada”, a lo que expuso que existe una diferencia entre la información fiscal y la anti lavado, la cual no es compartida entre ellas, pero dijo que: “en el momento que la información anti lavado resulte una posibilidad detectada, sobre esa persona pedirán la información fiscal”, aclaró.

Galeano Inclán enfatizó que hay cierto celo entre las dos informaciones, la fiscal y la de anti lavado, pero agregó que: “pensando mal, en el momento en el que la autoridad cuenta con toda la información, dependerá de ella el poder utilizarla a su consideración”, aunque también puntualizó que al final del día se trata de simplificarle la información a la autoridad, para que la conserve.

En el mismo sentido, justificó que antes de la ley referida, la autoridad fiscal podía acudir al Registro Público de la Propiedad para conocer de los bienes de algún contribuyente, al insistirle sobre el tema de la facilidad que están dándole con esta nueva disposición hacendaria, reconoció que: “exactamente, estamos sirviendo de un puente para facilitar la información y sobre todo que ésta llegue en un lenguaje electrónico”, y reiteró que en el deber y ser, están separadas las informaciones, pero al final de cuentas quien tiene todos estos datos, es el Estado mexicano.

“Y la podrá ocupar éticamente en el cumplimiento de sus atribuciones, o si tenemos algún loco en el camino, pues la podrá usar de la forma que guste”, resaltó en el mismo tenor.

Sobre la ley, explicó que todas las personas deberán de comprobar, de ser requerido por la autoridad, la fuente de sus ingresos sin excepción, al preguntarle sobre la situación de los miembros de la Iglesia católica, que en el pasado han sido señalados de recibir donativos o aportaciones cuantiosas de procedencia desconocida, dijo que: “también van a tener que reportar, sin duda, la autoridad va a contar con toda la información para presentar casos”.

Agregó que en materia fiscal todos tienen la obligación de que en el momento en el que reciban una donación, de informarlo en su declaración anual, dejando a un lado “aquellas situaciones en las que sólo decían que: lo recibí por herencia”, si no está señalado en la declaración referida como herencia, no podrá ser creíble, debido a que con la ley se prevén estas acciones en las que algunas personas utilizaban a otros como prestanombres, “la autoridad dice, te creo, pero compruébamelo; si no lo haces puede pensar que viene de lavado de dinero y procesarte”, subrayó.

Reiteró que los notarios públicos son “puentes de enlace” de la información de movimientos registrales, como la certificación de actos de constitución de actividades mercantiles o de organizaciones de la sociedad civil y cualquier otro elemento que afecten los bienes o derechos referidos en el acto, de acuerdo con la Ley.

El especialista recordó que se modificó hace un año la Ley Antilavado de Dinero para detectar el tráfico de dinero de procedencia ilícita, pero no solamente desde el ámbito de los movimientos bancarios, sino también del flujo de efectivo a través de las declaraciones fiscales, así como cualquier otro indicio de sospecha para la autoridad, sin dejar a un lado a ninguna persona, llámese gobernante, político, religioso o ciudadano común.

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