MEXICALI BC 17 DE NOVIEMBRE DE 2025 (AFN).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) difundió un comunicado en el que recuerda a las personas físicas la posibilidad de aplicar deducciones personales en su declaración anual.
La lista de gastos que pueden ser considerados son; médicos, funerarios, colegiaturas, donativos, créditos hipotecarios y aportaciones.
El organismo precisó que las deducciones no pueden superar cinco unidades de medida y actualización (UMA) anuales o el 15% de los ingresos totales del contribuyente, lo que resulte menor.
Además, el SAT subrayó que las personas que tributan o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no pueden aplicar deducciones personales.
Destacó la importancia de revisar las facturas de los gastos que se desean deducir y verificar que cumplan con todos los requisitos fiscales para que este beneficio sea válido y pueda reflejarse correctamente en la declaración anual.
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