* No acreditó ser la titular.
TIJUANA BC 9 DE OCTUBRE DE 2025 (AFN).- La diputada federal Araceli Brown Figueredo solicitó un amparo ante un juez de distrito en Tijuana, para evitar el bloqueo de cuentas bancarias dictado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); su petición fue rechazada, con el argumento de que no acreditó la titularidad de las mismas.
Brown Figueredo fue sancionada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dependencia de la SHCP, con base en investigaciones derivada de una alerta y sanción del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, quienes la vinculan junto con otras personas y empresas con una red delictiva regional del Cártel de Sinaloa.
Hasta el martes de esta semana, la misma presidenta Claudia Sheinbaum mencionó que tal bloqueo de cuentas no se había realizado "por falta de pruebas", pero el miércoles 7 de octubre, Brown Figueredo acudió como quejosa ante el juzgado para ampararse por la suspensión bancaria.
Según documentos oficiales, la ex alcaldesa de Playas de Rosarito solicitó, el pasado 7 de octubre, un amparo ante el Juzgado Décimo de Distrito en Tijuana, Baja California; y el Juez Marco Antonio Arreola Herrera otorgó el "Amparo indirecto 828/2025-VII" a su favor como quejosa, notificado por lista en fecha del miércoles 8 de octubre de 2025.
Por parte del juzgado, se sintetiza que se recibió la demanda promovida por Brown "Figueroa" (sic), quien solicitó "amparo y protección de la justicia federal contra actos del titular de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y otra autoridad".
Se señaló en los documentos que el próximo lunes 13 de octubre, a las 10:45 horas, se celebrará la audiencia incidental; y hasta las 11:10 horas del jueves 13 de noviembre de 2025 se llevará a cabo la audiencia constitucional.
De acuerdo con lo contenido en el "Cuaderno de Suspensión", notificado por lista el 8 de octubre pasado, Brown Figueredo reclamó que fue incluida en una "lista de personas bloqueadas", con base en la Ley de Instituciones de Crédito, y como consecuencia ocurrió "la suspensión del servicio de banca privada así como de las cuentas bancarias que tiene aperturadas" en las instituciones bancarias de Banorte e Inbursa.
"Del escrito de demanda se desprende que la persona quejosa solicita la suspensión provisional del acto", se señala en dicho amparo, donde la legisladora federal apela al derecho de que ante "lo ostensiblemente inconstitucional de los actos de las autoridades responsables (..), se elimine de la lista de personas bloqueadas a la suscrita y, con ello, pueda acceder a los fondos de las cuentas que me fueron bloqueadas con motivo de actos inconstitucionales".
Conforme con el documento, la respuesta a su petición fue rechazada, ya que "en términos de los artículos 128 y 131 de la Ley de la materia; se niega la suspensión provisional solicitada".
"La quejosa no exhibió documento alguno del cual se pueda advertir que es titular de las cuentas bancarias cuyo bloqueo reclama", se indicó oficialmente en el extenso documento.
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