Castigarán hasta con 6 años de cárcel por difundir "packs"
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Castigarán hasta con 6 años de cárcel por difundir "packs"

HERMOSILLO SON - viernes 22 de abril de 2022 - AFN.
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*- El "sexting" se considera un delito grave en Sonora

HERMOSILLO SON 22 DE ABRIL DE 2022 (AFN).- La Unidad Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Sonora lanzó una advertencia a través de un comunicado: “Una sentencia de hasta seis años de prisión puede recibir una persona que difunde imágenes íntimas sin autorización (packs)”; señala.

Dicha pena está contemplada en el Código Penal para el Estado de Sonora en su artículo 167, que establece que la violación a la intimidad sexual es un delito que se penaliza de cuatro a seis años de prisión y de 150 a 300 unidades de medida y actualización. 

Reconoce dicha Unidad Cibernética que el “sexting” forma parte del ejercicio libre de los derechos sexuales y comprende en el intercambio de imágenes y videos sexuales a través de redes sociales y correos.

Esta práctica se considera como un derecho por distintas organizaciones como la del Frente Nacional por la Sororidad, impulsores de la Ley Olimpia. 

La dependencia estatal alertó entre los peligros más comunes del sexting, que una vez enviadas imágenes o vídeos, incluyendo los que se envían en una conversación con webcam, se pierde totalmente el control de los mismos. 

“La exposición de estas imágenes sexuales produce un daño irreparable a la integridad y privacidad de la persona que comparte su contenido”, citó a través de su vocería, la Unidad Cibernética, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) del Estado.

Entre los peligros más comunes en esta actividad destaca el robo de fotos o vídeos sexuales guardados en dispositivos electrónicos para luego publicarlos en Internet. En caso de utilizar una webcam durante una conversación con otra persona, esta imagen puede ser capturada y grabada por el receptor, para luego ser publicada en la red y/o extorsionar a la persona. 

En el escrito, se detalló que las conductas que violentan la intimidad sexual son: Distribuir, exponer, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, publicar, intercambiar, compartir, videograbar, audiograbar, fotografiar, filmar o elaborar, imágenes, audios o videos de contenido sexual, erótico o pornográfico de una persona, reales o alterados, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico. 

Por lo anterior, recomiendan a la ciudadanía que en caso de ser víctimas de estas acciones en primera instancia deben identificar el tipo de delito, recopilar y resguardar evidencias que pudieran servir como prueba (direcciones de internet o de la red social, capturas de pantalla) y denunciar, si es aplicable, en la red social donde se publicó el contenido; cambiar contraseñas, activar la autenticación de dos pasos para acceder a las redes y proteger la privacidad en la configuración, evitar contactarse con el agresor en caso de conocerlo, solicitar asesoramiento al personal de la Unidad Cibernética e interponer denuncia en la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora.

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