Por: Hugo Alfredo Hinojosa
Charles-Louis de Secondat, barón de La Brède y de Montesquieu, no fue un filósofo en el sentido técnico que el término adquiriría después de Immanuel Kant. Fue algo más raro: un observador sistemático del poder que desconfiaba de cualquier forma de concentración del mismo, incluyendo aquellas que se presentaban bajo ropaje racional o benevolente. Su obra central, Del espíritu de las leyes, publicada en 1748 tras casi veinte años de trabajo, no propone una utopía ni describe el gobierno ideal con la geometría abstracta que caracterizaría a sus contemporáneos. Hace algo más difícil: explica por qué el poder tiende estructuralmente a corromperse y qué arquitectura institucional puede retardar ese proceso. Esa pregunta, formulada en el siglo XVIII francés bajo la monarquía absoluta de Luis XV, sigue siendo la pregunta política más práctica que existe.
La formación del bordelés fue jurídica antes que filosófica. Presidente del Parlamento de Burdeos por herencia de su tío, conoció el derecho desde adentro, no como sistema de principios abstractos sino como práctica social atravesada por intereses, jerarquías y arbitrariedades. Esa experiencia concreta impregna toda su obra: a diferencia de Jean Jacques Rousseau, que pensaba la política desde la teoría del contrato, o de Thomas Hobbes, que la construía desde una psicología del miedo, Montesquieu pensaba desde la observación comparada de instituciones reales. Las Cartas persas (1721), su debut literario, utilizan la mirada fingidamente extranjera de dos viajeros persas en París para diseccionar la sociedad francesa con una ironía que la censura tardó en identificar como peligrosa. Ya entonces el método era el mismo: el distanciamiento analítico como herramienta crítica.
La doctrina de la separación de poderes, que es su contribución más influyente y también la más malinterpretada, no aparece en su obra como un principio filosófico deducido de la naturaleza humana. Aparece como una inferencia empírica extraída, en buena medida, de su lectura de la constitución inglesa, particularmente de la relación entre el Parlamento y la Corona tras la Revolución Gloriosa de 1688. El argumento del barón es más modesto y más sólido que la versión escolar que la posteridad heredó: no afirma que la separación de poderes es justa en abstracto, sino que la concentración de dos o más poderes en las mismas manos produce tiranía con independencia de la virtud o las intenciones de quien los ejerce.
Esa desconfianza estructural hacia las personas como garantes del buen gobierno distingue al bordelés de prácticamente toda la tradición del "príncipe virtuoso", desde Platón hasta los espejos de príncipes medievales. El problema político no se resuelve encontrando al gobernante correcto: se resuelve construyendo instituciones que hagan costoso el abuso independientemente de quién gobierne. Es una intuición que James Madison y Alexander Hamilton leyeron con atención y tradujeron al diseño constitucional de los Estados Unidos, citando explícitamente al barón en El Federalista. La Constitución norteamericana de 1787 es, en muchos sentidos, la obra de Montesquieu aplicada por juristas pragmáticos.
Su tipología de los gobiernos, que distingue entre república, monarquía y despotismo según su principio animador, virtud, honor y miedo respectivamente, ha sido frecuentemente reducida a taxonomía escolar. Leída con cuidado, es algo más incómodo: una advertencia sobre la fragilidad de los principios que sostienen cada forma de gobierno. La república requiere virtud cívica genuina en los ciudadanos; cuando esa virtud se erosiona, la república degenera. La monarquía requiere que el honor aristocrático funcione como contrapeso al poder real; cuando los cuerpos intermedios son destruidos, la monarquía desliza hacia el despotismo. El despotismo, en cambio, no requiere nada especial de nadie: se sostiene solo con el miedo, que es el recurso político más abundante y menos costoso de producir. Esa asimetría, por la que los regímenes de libertad son estructuralmente más exigentes que los regímenes de dominación, no ha perdido un gramo de su pertinencia.
La recepción contemporánea de su pensamiento tiende a concentrarse en la separación de poderes y a ignorar su reflexión sobre los cuerpos intermedios, que es quizás su aportación más subversiva para el presente. Montesquieu veía en las instituciones que median entre el individuo y el Estado, los parlamentos, los gremios, la nobleza en su contexto, las iglesias, los municipios, un mecanismo indispensable de amortiguación del poder central. Su destrucción, independientemente del signo ideológico que la impulse, allana el camino hacia formas de dominación que pueden revestir apariencia democrática sin serlo en ningún sentido sustantivo. Alexis de Tocqueville, su lector más atento del siglo XIX, desarrollaría esa intuición al analizar el despotismo suave de las democracias modernas: la posibilidad de una tiranía sin tirano, ejercida por la mayoría sobre sí misma a través de la uniformidad y la apatía.
Los sistemas políticos que en el siglo XXI exhiben la degradación más acelerada de sus garantías liberales comparten un patrón que el barón habría identificado sin dificultad: la erosión deliberada de los cuerpos intermedios, la subordinación del poder judicial al ejecutivo, la captura de los órganos electorales, la conversión de los parlamentos en cámaras de ratificación. Que ese proceso ocurra a veces mediante mayorías electorales genuinas no lo hace menos reconocible desde su marco analítico. Montesquieu nunca confundió la legitimidad de origen con la legitimidad de ejercicio. Un poder elegido que destruye los contrapesos no se vuelve más legítimo por haber sido elegido: se vuelve más peligroso, porque añade al abuso la coartada de la representación popular.
Montesquieu no prometió la emancipación, ni el progreso inevitable, ni la perfectibilidad humana. Prometió algo más austero: que si las instituciones están bien diseñadas, el abuso tiene fricción; y que si no lo están, la virtud de los gobernantes es un seguro insuficiente.
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