Ordena TJE sustituir a candidato de MC a alcaldía de Tijuana
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Ordena TJE sustituir a candidato de MC a alcaldía de Tijuana

MEXICALI BC - jueves 23 de mayo de 2019 - AFN.
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*.- No se retiró a tiempo de sus actividades religiosas, advierte
*.- Partido anuncia que impugnará decisión

MEXICALI BC 23 DE MAYO DE 2019 (AFN).- En votación unánime, el pleno del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California revocó la candidatura a la presidencia municipal de Tijuana, de Fermín García Martín, al considerar que no cumple con el tiempo mínimo de separación como ministro de culto.

En sesión ordinaria celebrada este jueves, y en proyecto de sentencia presentado por el Magistrado Leobardo Loaiza Cervantes, se estableció que de acuerdo a la Ley de Asociaciones Religiosas y Ministros de Culto, quien aspire a un cargo de elección popular deberá separarse de sus actividades religiosas por lo menos seis meses antes de la elección.

En este sentido, el ponente mencionó que García Martín se separó oficialmente de su encargo como pastor representante en Tijuana del Grupo de Unidad Cristiana de México apenas el pasado 18 de enero, es decir, hace poco más de cuatro meses, por lo que no cumple con el requisito de elegibilidad para ser postulado por el partido Movimiento Ciudadano.

Por su parte, la Magistrada Presidenta del Tribunal de Justicia Electoral en Baja California, Elvia Regina Jiménez, reconoció que se hizo lo posible por salvaguardar los derechos políticos del todavía candidato, tomando en cuenta la proximidad de la elección sin embargo, votó a favor de la revocación de dicha candidatura al no cumplir siquiera con la temporalidad mínima en la separación de su encargo como ministro religioso.

La resolución del Tribunal Electoral establece un plazo de 72 horas a Movimiento Ciudadano, contadas a partir de la notificación, para sustituir al candidato a la alcaldía de Tijuana, pero queda a salvo la planilla de Regidores.

Consultados al respecto por AFN, integrantes del equipo de campaña de Fermín García reconocieron que hasta el momento no han sido notificados de manera oficial de dicha resolución, y señalaron que de confirmarse impugnarán dicho ordenamiento.

El recurso RI-102/2019 fue aprobado basado en el no cumplimiento al artículo 14 de la ley de asociaciones religiosas al haber sido parte de unidad Cristiana de México sin haberse separado al menos 5 años antes de la jornada electoral.
 
Miguel de Loera Guardado, representante del Movimiento Ciudadano ante el consejo general del IEEBC, comentó que no han sido notificados, que presentarán impugnación ante la Sala Superior de Guadalajara y que no habrá sustitución del candidato Fermín Otniel García Martín.

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