Aprueba Congreso local reducción del 50% de financiamiento a partidos políticos
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Aprueba Congreso local reducción del 50% de financiamiento a partidos políticos

MEXICALI BC - miércoles 26 de agosto de 2020 - AFN.
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MEXICALI BC 26 DE AGOSTO DE 2020 (AFN).- Con 21 votos a favor, uno en contra y una abstención, el Pleno del Congreso local aprobó este miércoles el dictamen de reforma mediante el cual se reduce al 50% el financiamiento público a los partidos políticos.

La iniciativa, propuesta por el gobernador Jaime Bonilla Valdez, modifica los artículos 42 y 43 de la Ley de Partidos Políticos del Estado de Baja California, relativos al financiamiento público que se les entrega a los partidos políticos de la entidad para su sostenimiento, y se estableció que el ahorro que ello genere será utilizado para diversos programas de gobierno en materia social, educativa y de salud.

En la exposición de motivos de la propuesta, se hizo saber que a partir del año 2015 se fijó una fórmula distinta para determinar el financiamiento de los partidos polícitos nacionales y locales para el sostenimiento de su estructura, sueldos, salarios, gastos de campaña y actividades específicas, lo que generó, se dijo, "un crecimiento irracional y desproporcionado de hasta un 700% de un año a otro por este concepto".

El voto en abstención fue del priísta David Ruvalcaba, y el sufragio en contra corrió a cargo del perredista Gerardo López Montes, quien al justificar la intención del mismo señaló que la ciudadanía no pide la reducción del presupuesto que se otorga a los partidos políticos, sino la eliminación del mismo.

Con esta votación, los artículos de la citada ley quedarán de la siguiente manera, el primero de ellos mediante una reserva en lo particular, aprobada también con 21 votos a favor, uno en contra y una abstención. 

Artículo 42.- Los partidos políticos nacionales y locales, tiene derecho a recibir, para desarrollar sus actividades, financiamiento público de manera equitativa.

Artículo 43.- El financiamiento público será destinado para las actividades, estructuras, sueldos y salarios, que se compondrá y otorgará conforme a lo siguiente.

Para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes: 

El Consejo General del Instituto Estatal, determinará anualmente el monto total por distribuir entre los partidos políticos locales en los términos establecidos en la Ley General.

Para los partidos políticos nacionales se calculará multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral local, a la fecha de corte de julio de cada año, por treinta por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. 

Para el caso, de que existan dos o menos partidos políticos con registro local, podrán recibir por concepto de financiamiento público, la cantidad que resulte, sin que esta exceda esta de un veinticinco por ciento del monto referido en el párrafo anterior. 

El treinta por ciento entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento, restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieran obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.

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