Diputados aprueban reelección sin separarse del cargo
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Diputados aprueban reelección sin separarse del cargo

TIJUANA BC - martes 16 de junio de 2020 - AFN.
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MEXICALI BC 16 DE JUNIO DE 2020 (AFN).- Luego de que tres de los cinco cabildos de la entidad no sesionaron para aprobar la reforma que permite la reelección de diputados y munícipes sin necesidad de solicitar licencia, los legisladores en sesión extraordinaria, dictaminaron la procedencia de la misma, en una sesión que no duró más de 20 minutos y que se celebró esta tarde, vía digital. Inclusive la diputada Eva María Vázquez, del PAN, criticó a los alcaldes que no respondieron, responsabilizándolos del resultado de esta decisión.

Al dar lectura al dictamen, la diputada Eva Griselda Rodríguez precisó que únicamente el cabildo de Tecate votó, por mayoría absoluta, en contra de dicha reforma, lo cual hizo saber mediante oficio enviado al Congreso el pasado 13 de junio, en tanto que hoy mismo el Ayuntamiento de Rosarito notificó a esa Soberanía este mismo día, la votación a favor por mayoría de la reforma que permite a diputados y ediles realizar campaña de reelección sin renunciar a su cargo.

De igual forma, la legisladora dio a conocer que tanto el cabildo de Tijuana, como el de Ensenada y Mexicali no se manifestaron al respecto, por lo que de acuerdo a la Ley el dictamen 37 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales se considera aprobado, quedando entonces cuatro votos a favor y uno en contra de dicho dictamen, el cual, por mayoría, será integrado a la Constitución de Baja California, cobrando vigencia posterior a su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Esta iniciativa de reforma fue presentada el pasado mes de enero por el diputado Miguel Ángel Bujanda Ruiz, quien llegó al Congreso por la vía plurinominal nominado por el Partido Acción Nacional (PAN), bancada a la que renunció y se declaró "sin partido" apenas unas semanas después de asumir el cargo. 

En los tres municipios cuyos cabildos no sesionaron para votar este dictamen, se presentaron manifestaciones tanto de regidores de oposición como de representantes de organismos empresariales, solicitando a los ediles el convocar a sesión extraordinaria de cabildo para debatir y votar al respecto. 

Con esta reforma, el artículo 16 de la Constitución Política de Baja California, quedará de la siguiente manera:

Para ser electo diputado de manera consecutiva no será necesario que el funcionario interesado solicite licencia para separarse del cargo durante los períodos de campaña respectiva; quien pretenda reelegirse de manera consecutiva deberá ponderar los siguientes supuestos:

I.- No podrá recibir emolumentos, dieta, salario o apoyos para gestión social o cualquier otra que se le asimile, independientemente de la obligación de continuar en el desempeño del cargo por el cual ha decidido participar en la elección consecutiva.

II.- No podrá utilizar recursos públicos que le correspondan por el ejercicio de su encargo para promover o influir de manera alguna en el voto a su favor o en contra de algún candidato.

III.- No podrá ocupar al personal adscrito a la nómina del Congreso del Estado durante su horario laboral para realizar actos de campaña. 

IV.- No podrá estar presente en actos públicos relacionados con la entrega de beneficios relacionados con programas sociales promovidos en su encargo. 

V.- No podrá condicionar la entrega de recursos provenientes de programas públicos en ninguna circunstancia.

VI.- No podrá promocionar o publicar las acciones de beneficio social realizadas en el periodo que comprende desde el inicio de la campaña hasta la conclusión de la jornada electoral.

VI.- Las demás prohibiciones o limitaciones que determinen las leyes aplicables en la materia. 

Asimismo, con la reforma al artículo 78 éste quedará de la siguiente manera:

Para ser electo Presidente Municipal, Regidor o Síndico de un Ayuntamiento de manera consecutiva no será necesario que el funcionario interesado solicite licencia para separarse del cargo durante los actos de precampaña o campaña respectiva, quien pretenda participar en una elección consecutiva, deberá abstenerse del uso de recursos públicos en los términos que prevé el artículo 16 de esta Constitución y 9 Ter de la Ley para el Régimen Municipal del Estado de Baja California.

Además, en el periodo de campaña no podrá recibir emolumentos o salarios, dietas, apoyos para gestión social o cualquier otro que se le asimile independientemente de la obligación de desempeñar el cargo para el cual ha decidido participar en elección consecutiva.

De igual forma, en su fracción IV el artículo 80 quedará de la siguiente forma:

No tener empleo, cargo o comisión en el gobierno federal, estatal o municipal, en los organismos descentralizados estatales o municipales e instituciones educativas, salvo que se separe del cargo de forma provisional 90 días antes de la elección.

Tratándose de elección consecutiva se estará en lo que establece el artículo 78 de esta Constitución.

En tanto, aunque no hubo espacio para debate en la sesión del Congreso, al considerarse la aprobación de facto por parte de los Ayuntamientos, la diputada y coordinadora de la fracción panista, Eva María Vázquez Hernández dijo que "lamento que algunos alcaldes no estuvieron a la altura de las exigencias de los bajacalifornianos porque desafortunadamente con su silencio se logró que esta medida se aprobara; ojalá que todos hubieran tenido el nivel y la altura de miras que este tema tan delicado exigía, ya la población se estará dando cuenta de qué alcaldes fueron los que lamentablemente no pensaron en esta situación tan delicada, tan importante y de tanto interés para los bajacalifornianos".

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