Juez otorga suspensión a AFN en caso de amparo
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Juez otorga suspensión a AFN en caso de amparo

TIJUANA BC - viernes 5 de julio de 2019 - AFN.
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*.- Pero le impone una fianza de 50 mil pesos

TIJUANA BC 5 DE JULIO DE 2019 (AFN).- La juez V de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Baja California, Judith Viviana Juárez Vázquez concedió este día a la Agencia Fronteriza de Noticias (AFN) la SUSPENSIÓN DEFINITIVA en el Juicio de Amparo promovido en contra de la orden del Juez Tercero de lo Penal del Partido Judicial de Tijuana, Flavio Herrera Robles, quien ordenaba eliminar de todas sus plataformas la información periodística sobre un doble homicida.

Sin embargo, en el Incidente de suspensión 743-2019-V, del 4 de julio de este año, la juez ordena que AFN entregue una “garantía” de 50 mil pesos en un término de cinco días “para garantizar los posibles daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a quien reúna la calidad de tercero interesado en el presente asunto, o quien resulte afectado con la concesión de la suspensión definitiva”.

Advierte que esta cantidad se deberá exhibir “en billete de depósito o cualquiera de las formas legales y se que fija de manera discrecional, toda vez que no fueron allegados elementos que permitieran establecer una cuantificación de los posibles perjuicios estimables en dinero, como lo ordena el precepto previamente referido”.
La juzgadora Juárez Vázquez hace notar que la suspensión definitiva que permitirá a AFN mantener las cosas como estaban hasta antes del recurso, surtirá efecto a partir de esta información “pero dejará de hacerlo si la moral quejosa no exhibe ante este órgano jurisdiccional, dentro del término de cinco días…” la mencionada garantía.

AFN recurrió ante la instancia superior, a través del abogado Marco Antonio Mackliz Mercado, en virtud de que con fecha 6 de junio se recibió una orden del mencionado Juez Tercero, para que la agencia eliminara toda la información relacionada con el doble asesinato cometido por Rogelio Contreras Acosta, en 2011, en perjuicio de Norma González Contreras y Miguel Alfonso Rentería Girón.

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