Contratan en lo oscurito a empresa por 4.3 millones
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Contratan en lo oscurito a empresa por 4.3 millones

Tijuana BC - jueves 27 de junio de 2019 - AFN.
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*.- No corresponde a esta Administración el contrato, afirma Diana Escalante
*.- Pese a contar con departamento jurídico, recurren a firma externa en 2016
*.- La intención fue que elaborara todo un análisis para protección legal
*.- Se pide mantener en secreto esta contratación denominada Preponderante

DORA ELENA CORTÉS 

TIJUANA BC 27 DE JUNIO DE 2019 (AFN).- No obstante que el gobierno de la ciudad cuenta con un departamento jurídico que en teoría debe analizar los asuntos legales que afectan a la administración municipal, el gobierno de la ciudad contrató en 2016, en lo “oscurito”, a un par de meses de la entrada del gobierno de Juan Manuel Gastélum Buenrostro, a la firma Sánchez y Placencia Asesores S.C., por una cantidad de 4.3 millones de pesos, para “el análisis pormenorizado documental, de contenido y campo de diversos temas”.

Agencia Fronteriza de Noticias tuvo acceso al contrato que el gobierno municipal pretendió mantener oculto bajo el argumento de que se obtendría información relacionada con la seguridad pública que brinda el ayuntamiento de Tijuana, por lo que: “es importante asegurar la confidencialidad en el desahogo del presente servicio otorgándosele el carácter de preponderante PARA EVITAR SU DIFUSIÓN, en beneficio de la ciudadanía, y del propio gobierno municipal, ya sea por situaciones de seguridad nacional, o acciones judiciales o administrativas que pretendieran generar las empresas Global Corporation, SA de CV y Global Sight SA. de CV”, que demandaron al municipio, por falta de cumplimiento de los pagos durante el gobierno de Jorge Ramos Hernández, de un contrato que se hizo en el gobierno de Jorge Hank Rhon.

Global Corporation, filial de Global Sight, según se dijo en su momento, fue contratada por el priísta Jorge Hank Rhon para la instalación de cámaras que generaban las llamadas “cybermultas”, que no obstante propiciaron un mayor orden en el tránsito vehicular, generaron también un gran descontento social, por parte de personas que encontraban que debían pagar fuertes multas (desconocidas para ellos), pero que sí correspondían a infracciones cometidas, captadas por estas cámaras, y de las cuales se enteraban durante la tramitación de nuevas placas.

A la firma del convenio con esta empresa, se determinó que la ganancia sería del 65% de los recursos obtenidos, sin embargo no se hicieron esos pagos a la compañía, que decidió demandar al ayuntamiento por esos recursos que no fueron ingresados en las arcas municipales. Posteriormente el gobierno de Jorge Ramos se negó a cubrir dichos pagos, por lo que el Juez Tercero de lo Civil en Tijuana ordenó al gobierno de la ciudad que se reembolsara a esta compañía el 65% de las multas ingresadas, y no reportadas.

A su llegada, el alcalde priísta Carlos Bustamante Anchondo, para desactivar este problema, acordó con la empresa pagarle 150 millones de pesos y extender por cuatro años más, el convenio. También el 20º Ayuntamiento de Tijuana anunció la posibilidad de fincar responsabilidades “por daños al patrimonio municipal” a los funcionarios que hubiesen estado involucrados en el juicio que perdió el municipio, por el motivo ya señalado. 

En la administración municipal se acordó la celebración de este contrato con la firma de asesores señalada, a petición de la Tesorería Municipal, que según esto determinó que dentro de la estructura municipal, no había quien les prestara los servicios de esta empresa, por lo que se determinó hacer ese contrato por 4 millones 300 mil pesos más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por adjudicación directa. 

El dictamen de adjudicación que para el efecto se hizo por parte del ayuntamiento, se establece que en fecha 11 de octubre de 2016, la Oficialía Mayor recibió el oficio número T/2414/2016 suscrito por el tesorero municipal, quien solicitaba la contratación de los servicios profesionales del proveedor mencionado, para que les otorgara “servicios profesionales, de consultoría, asesoría, estudio e investigación”, ante la necesidad de obtener un dictamen integral “que permita contar con los elementos necesarios para analizar el impacto presupuestal que pudiera generarse con motivo de la relación que existe entre el ayuntamiento de Tijuana Baja California y las empresas Global Corporation y Global Sight SA de CV., además de contar con estrategias jurídicas que permitan dotar de certeza al ayuntamiento de Tijuana Baja California, ante posibles acciones judiciales por parte de las morales antes mencionadas”.

Justifican que: “previo la solicitud del presente servicio, la dependencia a mi cargo (Tesorería) ha verificado que en las dependencias de la administración pública centralizada NO existan trabajos que permitan con claridad proponer las estrategias de contingencia jurídica y financiera para afrontar acciones administrativas o judiciales que pudieran emprender las morales en comento, únicamente se han obtenido antecedentes documentales aislados, que se deben analizar, adecuar y actualizar en forma conjunta para obtener un panorama completo que permita salvaguardar las finanzas y seguridad pública del ayuntamiento de Tijuana Baja California”.

Además añaden que: “es indispensable que exista total coadyuvancia entre las dependencias centralizadas y la moral Sánchez y Placencia Asesores S.C., para obtener la exhaustividad necesaria respecto de las fortalezas que existan y debilidades que deban subsanarse para solventar con argumentos contundentes y actos de autoridad fundados y motivados, cualquier intento de afectación de las finanzas de seguridad públicas”. 

También se hace notar que resultará necesario que a través de los servicios de Sánchez y Placencia Asesores S.C., se agote mediante peritos especializados la situación técnica informática sobre la que se desarrolla actualmente la prestación de los servicios de las empresas Global Corporation y Global Sight SA de CV., con el fin de revisar la infraestructura y bases de datos informáticas que deben cumplir dichas empresas en favor del ayuntamiento de Tijuana Baja California.

Quienes resolvieron y firmaron como parte del Comité de Adquisiciones del ayuntamiento, fueron representantes del oficial mayor; del regidor presidente del Comité de Hacienda del ayuntamiento; representantes de Tesorería, y de la Consejería Jurídica municipal, aunque nadie firmó como representante del síndico procurador.

LA PROPUESTA DE SÁNCHEZ Y PLACENCIA ASESORES S.C.

De esta manera, el 6 de octubre de 2016 se recibió la propuesta técnica por parte de la empresa señalada, que ofrecía el análisis pormenorizado documental de contenido y campo, de todos y cada uno de los siguientes temas:

1.- Contrato de prestación de servicios especializados en la instrumentación, administración y operación del programa de Gobierno Electrónico del municipio de Tijuana y la empresa Corporation Tijuana SA de CV.
2.- Contrato de prestación de servicios celebrado en fecha 2 de noviembre de 2005 por el XVII ayuntamiento de Tijuana y la empresa Global Sight SA de CV., así como sus adendums.
3.- Convenio de transacción judicial de fecha 13 de diciembre de 2011, celebrado dentro del expediente 1387/2007 en el juzgado tercero civil de Tijuana entre el ayuntamiento y la empresa Global Corporation SA de CV., en relación al Gobierno Electrónico.
4.- Toda la documentación que obre en el ayuntamiento de Tijuana, que obre en cualquier dependencia municipal, incluyendo Cabildo y cualquier archivo público que se relacione con cualquier tema respecto a cualquier acto jurídico que incida del ayuntamiento de Tijuana y las empresas Global Corporation SA de CV., y Global Sight SA de CV.
5.- Expediente 1387/2007 ante el Juzgado Tercero de lo Civil de Tijuana, por la empresa Global Corporation SA de CV., Vs. Ayuntamiento de Tijuana. 
6.- Analizar cualquier documento que provenga de algún órgano fiscalizador y en su caso la respuesta por parte del ayuntamiento.
a).- Recabar toda la información de cualquier dependencia municipal, ayuntamiento de Tijuana, o archivo público, relativa al cumplimiento de alguna observación o requerimiento que hubiere realizado algún órgano fiscalizador del ayuntamiento de Tijuana. 
b).- Analizar cualquier requerimiento al ayuntamiento de Tijuana, por parte de cualquier órgano fiscalizador relativo a la relación jurídica con las empresas Global Corporation Tijuana SA. de CV., y Global Sight SA. de CV.
c).- Realizar  un documento en que se describa las actividades de obligaciones derivadas de los contratos celebrados entre las empresas Global Corporation Tijuana SA. de CV., y Global Sight SA. de CV.

En su fundamentación ante la mesa de adquisiciones para lograr la adjudicación directa de este contrato, se hizo saber que además del pago que ya se hizo este empresa por un total de 150 millones de pesos, con el convenio establecido se generaron nuevas obligaciones entre ambas partes “las cuales es necesario analizar en forma integral, para impedir un nuevo pago, que en su caso debiera corresponder únicamente por la prestación de los servicios efectivamente otorgados por dichas empresas, y no por causa, su efecto derivado de acciones judiciales infundadas improcedentes”

Y también para evitar la licitación que no les permitiera contratar a esta firma, que según su punto de vista les resolvería todas sus necesidades, se advirtió que una licitación implicaría “publicación de bases con información general, que impediría la recepción de propuestas económicas y de servicios debidamente ajustadas a la exhaustividad de lo requerido por la dependencia a mi cargo (Tesorería) por lo que pudiera acarrear la contratación de un servicio que no se encuentre ajustado a las necesidades y expectativas requeridas.

Por este motivo se resolvió procedente la contratación de Sánchez Placencia asesores, con una vigencia a partir de la firma de dicho contrato (no se tiene la fecha), hasta el 30 de noviembre de 2016. El contrato, según se estableció sería validado por la Consejería Jurídica municipal, dependencia a la que en teoría le correspondería hacer todos estos trabajos ofrecidos por el proveedor.

La firma de asesores solicitó que el pago le fuera hecho “en una sola exhibición”, y en un plazo no mayor a los 15 días naturales, a partir del momento en que se entregara el dictamen final. Se acordó entregar por el pago de estos honorarios, un comprobante fiscal, en un recibo con los requisitos fiscales requeridos, y se advirtió que en caso de que se presentara cualquier circunstancia que pudiera modificar el monto de los honorarios profesionales propuestos, se informaría de inmediato. 

También que los gastos de viaje que se llegue a incurrir para la realización de su trabajo serían facturados por separado y previo acuerdo con el municipio. Para cubrir dicha erogación se estableció que se contaba con un presupuesto dentro de las partidas 33101 y 33301 de la unidad administrativa 1.5.3.1.1.1 correspondiente al ejercicio fiscal 2016 que se encontraba ya pre comprometida mediante requisiciones número 10367 y 10369, signadas por el licenciado José Manuel Noriega Moreno y el LAP, Ricardo serrano Burgos en su carácter de tesorero municipal y jefe administrativo de la Tesorería Municipal del ayuntamiento de Tijuana, respectivamente.

Sánchez y Placencia Asesores, es una firma ubicada en la Ciudad de México, según datos obtenidos vía Internet, y sus oficinas se encuentran en: San Borja #1358 Col. Vertiz Narvarte Benito Juarez Distrito Federal C.P. 03600 
http://www.syp-asesores.com.mx/index.html

No corresponde a esta Administración el contrato
*.- Es dolosa la información, dice Diana Escalante

Dora Elena Cortés
Directora de Agencia Fronteriza de Noticias
Presente 

            Por medio de la presente aclaramos que referente a la nota titulada “Contratan en lo oscurito a empresa por 4.3 millones de pesos”, en la que se hace alusión a la administración del XXII Ayuntamiento de Tijuana, que encabeza el alcalde Juan Manuel Gastélum, precisamos lo siguiente:
Las fechas que cita en su “supuesta investigación” no corresponden a la actual administración municipal, por lo que son falsas sus afirmaciones. Le hago de su conocimiento que el XXII Ayuntamiento de Tijuana entró en funciones el 1 de diciembre del 2016.
Para que quede claro citamos un fragmento de su propio artículo: “El dictamen de adjudicación que para el efecto se hizo por parte del ayuntamiento, se establece que en fecha 11 de octubre de 2016, la Oficialía Mayor recibió el oficio número T/2414/2016 suscrito por el tesorero municipal…”.
También se señala en la nota firmada por usted que: “Por este motivo se resolvió procedente la contratación de Sánchez Placencia asesores, con una vigencia a partir de la firma de dicho contrato (no se tiene la fecha), hasta el 30 de noviembre de 2016”.
Queda claro que lo que usted señala no ocurrió en la presente administración, por lo que la información es dolosa.  
Esperamos que la presente sea publicada en el portal de noticias que dirige, por tratarse de una información imprecisa.
 
Diana Escalante Cázares

Encargada de despacho de la Dirección de Comunicación Social
XXII Ayuntamiento de Tijuana 

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