En abril vence plazo para declaración de impuestos
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En abril vence plazo para declaración de impuestos

TIJUANA BC - miércoles 7 de marzo de 2018 - AFN.
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TIJUANA BC 7 DE MARZO DE 2018 (AFN).- El 30 de abril vence el plazo para la presentación de la declaración anual de impuestos correspondiente al periodo 2017, para contribuyentes que percibieron ingresos por concepto de honorarios o prestación de servicios profesionales, arrendamiento de bienes inmuebles, o por realizar actividades empresariales.

Lo anterior lo informó  el abogado fiscalista, Jorge Alberto Pickett Corona, quien indicó que también obliga la declaración anual, a quienes hayan obtenido ingresos por la compra o venta de bienes, percibir salarios, intereses, así como deudas condonadas por el acreedor o saldadas por un tercero, ingresos por préstamos, premios y donativos que en su individual o en conjunto excedan de 600 mil pesos.

Deberán presentar también dicha declaración, aquellos asalariados que en un año perciban ingresos mayores a los 400 mil pesos, así como los asalariados que en un sólo año fiscal hayan tenido dos o más patrones.

El abogado fiscalista, hizo notar que el Impuesto Sobre la Renta (ISR) es el impuesto que grava directamente los ingresos de los contribuyentes, y la ley indica que este gravamen se aplica en cada ejercicio y se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual.

“El Servicio de Administración Tributaria, ha venido tratando de facilitar la interacción lanzando nuevas e innovadoras herramientas que permiten al contribuyente cumplir con su obligación de manera rápida y sencilla, disminuyendo costos y tiempos; por ejemplo este año, los contribuyentes con ingresos exclusivamente por salarios y saldo a favor igual o menor a 10 mil pesos, podrán presentar su declaración por teléfono”, manifestó Pickett.

En cuanto al SAT, dijo, desarrolló una aplicación que permite presentar la declaración anual, la cual tiene como características funcionales una declaración pre llenada con una propuesta de devolución pre autorizada; el contribuyente solo la debe revisar y enviar.

“Esta forma tiene precargada la información de ingresos, retenciones, pagos provisionales, deducciones personales y autorizadas, y en el caso de tener saldo en contra, se generan automáticamente las líneas de captura para el pago en parcialidades; otra función de dicha aplicación es la habilitación del buzón tributario en la declaración para su oportuno seguimiento al proceso”.

Alberto Pickett, puntualizó que a partir de este año 2018, al día siguiente de haber presentado la declaración se podrá consultar el estatus en el Buzón Tributario, y en su caso, la aplicación permitirá ahí mismo presentar los documentos necesarios o faltantes para ajustar la declaración.

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