Fideicomiso Turístico deberá transparentar
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Fideicomiso Turístico deberá transparentar

TIJUANA BC - viernes 22 de septiembre de 2017 - AFN.
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*.- Resolvió el Instituto de Transparencia de BC

TIJUANA BC 22 DE SEPTIEMBRE DE 2017(AFN).- El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de datos Personales del Estado de Baja California, ITAIPBC, resolvió incorporar dos fideicomisos públicos de la entidad al padrón de sujetos obligados a transparentar la información que manejan, entre ellos, el Fideicomiso Público para la Promoción Turística del Estado.

Esto ocurrió durante la tercera sesión ordinaria del pleno del Instituto, en que se desahogaron varios dictámenes sobre recursos promovidos contra diversas autoridades, y en la que se votó a favor de agregar al padrón al Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Baja California (FOFAEBC), del cual la ciudadanía ha exigido se rinda cuentas, sobre todo lo relacionado al sector agropecuario del Estado, por lo que el Instituto de Transparencia auditará al mencionado Fideicomiso, informó el Comisionado Presidente del ITAIPBC, Octavio Sandoval López.

Respecto al Fideicomiso Público para la Promoción Turística, sus directivos deberán transparentar y publicar en portal de internet, los pormenores sobre el monto que reciben correspondiente al impuesto de hospedaje que se cobra a los hoteleros de la entidad, así como el uso que se da a tales recursos, que ha sido una exigencia de hoteleros de Mexicali, Ensenada y Tijuana, que incluso promovieron juicios de amparo contra la administración estatal en los últimos años.

Los juicios fueron promovidos por los hoteleros cuando en 2015, el gobierno estatal decidió unilateralmente tomar el control del fideicomiso, no obstante el acuerdo conjunto tomado por estado y empresarios del ramo al momento de crear dicho fideicomiso, con la condición de participar en la decisión sobre el uso de los recursos, que alcanzaba ya un monto aproximado de 60 millones de pesos al año.

Durante la sesión se determinó revocar la respuesta del Ayuntamiento de Mexicali, para que con apoyo en la institución de la prueba de daño, realice debidamente el proceso de clasificación de información sobre el padrón de las 31,000 familias beneficiadas por el impuesto predial, y demuestre de manera fundada y motivada, que la divulgación de dicha información lesiona el bien jurídico tutelado, y que el daño que puede producirse con la publicidad de ésta es mayor al interés de conocerla, debiendo entregar al solicitante dicho acuerdo emitido por su Comité de Transparencia, en relación al Recurso de Revisión (REV/244/2017) de la ponencia de la Comisionada Propietaria Elba Estudillo Osuna.

Así mismo se ordenó revocar la respuesta de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado, para el efecto de que proporcione en versión pública los cheques entregados a la Asociación Estatal de Béisbol de Baja California A.C.; previo pago de los costos de reproducción que en su caso correspondan, los cuales deberán hacerse del conocimiento al solicitante, en relación al Recurso de Revisión (REV/269/2017) de la ponencia del Comisionado Suplente Gerardo Javier Corral Moreno.

También se ordenó a la Oficialía Mayor de Gobierno del Estado, modificar su respuesta para que entregue al solicitante la versión pública de los contratos celebrados con las empresas Elite By Carga, S.A. de C.V. y Eyetech Solutions, S.A. de C.V., además de que realice una búsqueda exhaustiva y razonable del resto de la documentación solicitada y ponga a disposición del público en su respectivo portal de internet y Plataforma Nacional de Transparencia, la información que refiere el artículo 81, fracción XXVII, con relación a los contratos celebrados en dichas empresas, en relación al Recurso de Revisión (REV/294/2017) de la ponencia de la Comisionada Propietaria Elba Estudillo Osuna.

Finalmente se decidió la acumulación de la denuncia contra el Ayuntamiento de Mexicali al Procedimiento de Verificación Diagnóstico que en su momento realizará la Coordinación  de Verificación y Seguimiento de éste órgano garante al Sujeto Obligado Desarrollo Integral de la Familia, lo anterior con la finalidad de incluir como oportunidad de mejora lo plasmado por el denunciante, en relación a la denuncia (DEN/03/2017) de la ponencia del Comisionado Presidente Octavio Sandoval López.

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