Ensenada quedará libre de bolsas de plástico
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Ensenada quedará libre de bolsas de plástico

Ensenada BC - martes 7 de marzo de 2017 - AFN.
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ENSENADA BC 7 DE MARZO DE 2017 (AFN).- El Cabildo aprobó por unanimidad de votos, un dictamen relacionado con la prohibición de la entrega de bolsas de plástico que no sean de rápida biodegradación.

El regidor Jorge Emilio Martínez Villardaga, quien presentó la propuesta, mencionó que, a partir de ahora, los establecimientos y comercios tendrán un periodo de gracia de 180 días para adecuarse a esta disposición.

“Después de este lapso quedará prohibido el obsequio de éstas en los diversos establecimientos comerciales. Con la adopción de esta medida dejaríamos de producir anualmente el equivalente a 9 veces el peso de 423 patrullas que son con las que contamos en Ensenada”, expuso el edil. 

Martínez Villardaga observó que, con esta acción, Ensenada se convierte en uno de los más vanguardistas a nivel mundial en cuanto a inhibición de residuos plásticos a favor del medio ambiente.

Comentó que en el 2002 se produjeron 5 billones de bolsas de plástico en el mundo, y en la actualidad se consumen más de 500 billones de bolsas de plástico al año a nivel mundial. “Como consecuencia 1 millón de aves y más de 100 mil animales marinos mueren cada año a consecuencia de la contaminación por bolsas de plástico.
El uso excesivo de bolsas de plástico de polietileno produce un impacto ambiental negativo debido a que se degradan entre 100 a 400 años”, observó.

Indicó que algunas partículas que emiten las bolsas de plástico al desintegrarse son tóxicas; las bolsas no recicladas se convierten en basura, una parte de ellas terminan en la cañería provocando inundaciones.
La propuesta aprobada consiste en:

    1. Incluir la actividad de utilización, facilitación y obsequio, por parte de los establecimientos comerciales en el texto del artículo 40, el cual regula el manejo de los residuos sólidos como lo son las bolsas de plástico de polietileno.

    2. Incluir la actividad de utilización, facilitación y obsequio, en el texto del artículo 41, el cual da facultades a la unidad administrativa para que aplique esta nueva disposición en su ámbito de competencia.

    3. La prohibición de obsequiar bolsas de plástico de polietileno (las cuales se degradan entre 100 y 400 años) por parte de los centros de comercio, mercantiles o de servicios, por otra parte permitir el obsequio de bolsas reutilizables (bolsas de tela) o las que están hechas con materiales de pronta biodegradación, lo anterior por medio de la creación del artículo 43.

Empatando la regulación de esta actividad con la Ley de Protección al Ambiente para el Estado de Baja California artículo 141 y en apego a las disposiciones estatales y federales:

Ley General para la Prevención y Gestión integral de Residuos.

Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de Baja California.

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