Abogado también defiende gasolinera
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Abogado también defiende gasolinera

TIJUANA BC - domingo 16 de octubre de 2016 - AFN.
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TIJUANA BC 16 DE OCTUBRE DE 2016 (AFN). - La construcción de la estación de gasolina de la calle Madero y Cuarta, cumple con todos los requisitos legales del Gobierno Federal, Estatal y la normatividad municipal, coincidió también el abogado defensor de la empresa, Javier López, quien por lo tanto pidió al alcalde, Jorge Astiazaran Orcí que instruya a sus subordinados para que entreguen el Permiso de Operaciones de la misma.

López explicó ampliamente el proceso que se ha llevado en este asunto así como los argumentos que los padres de familia y maestros de un plantel educativo han esgrimido para oponerse a la apertura de esa gasolinera, que insistió en que cumple con toda la normativa existente en este renglón, así como con los permisos que las autoridades correspondientes han expedido, incluso la propia autoridad municipal, en su momento. 

Hizo saber que en este sentido, para lograr la licencia de construcción se cumplió con todos los requisitos municipales, entre éstos el de uso de suelo que fue recertificado por la actual administración, con el Manifiesto de Impacto Ambiental del Estado, con la anuencia Federal y de Pemex: “sólo falta que el Gobierno Municipal nos otorgue el certificado de Bomberos y posteriormente la licencia de operación”.

Adicionalmente de cumplir con cada uno de los requisitos, precisó, la empresa Adjasa, S. A. de C. V, logró demostrar con la presentación de pruebas y la opinión de expertos que la estación, es segura y que no existe riesgo para la población ni para los centros de concentración de los alrededores.

En opinión de los expertos, recordó, la operación de esta estación de gasolina, es segura y confiable gracias a las medidas de seguridad internas en la construcción, además de que no existe un antecedente de una explosión de una gasolinera.

Es por ello, afirmó, que carece de argumento la autoridad del XXI Ayuntamiento de Tijuana que se niega a conceder los permisos municipales para la operación de la gasolinera.

Los peritos Rocío Herrera y Eduardo Cervantes, reconocidos a nivel nacional, destacaron recientemente, dijo, que la Norma Oficial Mexicana de emergencia publicada el tres de diciembre de 2015 y puesta en vigor el 30 de diciembre, puede establecer la distancia mínima entre una estación de gasolina y un centro de concentración.

De acuerdo al Diario Oficial de la Federación, la distancia mínima entre centros de concentración pública y un dispensario de gasolina son 15 metros que en este caso cumple la estación de la calle Madero.

La autoridad encargada de supervisar y regular la operación de centros de distribución de hidrocarburos es la Federación y no los municipios, la norma es federal y se cumple con ella, por lo tanto, el Gobierno Municipal está obligado a cumplir con la entrega, previo pago de derechos, del certificado de bomberos y operaciones mercantiles, dijo el representante legal.

Recordó que la autoridad se ha resistido a entregar los permisos porque con fechas 18 de septiembre y 13 de octubre del año 2015, seis padres de familia y seis profesores de las escuelas de educación preescolar y secundaria del centro escolar Alba Roja, interpusieron ante los Juzgados Primero y Cuarto de Distrito en materia de Amparo y Juicios Federales, los Juicios de Amparo números 1122/2105 y 1215/2015 respectivamente.

Ellos se oponen a la futura e inminente expedición de la licencia de operación de la estación de gasolina construida en la esquina de las calles Madero y Díaz Mirón.

Ante las irregularidades, el representante legal de la empresa, llamó a la autoridad municipal a conducirse en el ámbito de sus atribuciones y facultades, absteniéndose de emitir opiniones o inducir dolosamente a la comunidad, a la realización de acciones tendentes a obstaculizar la inversión privada y con ello la generación de empleos directos e indirectos, lo que también provoca, según dijo, que el municipio deje de percibir ingresos por concepto de contribuciones.

Pidió que disponga lo conducente para que la Dirección de Bomberos Municipal expida en forma inmediata, el Certificado de Medidas de Seguridad de las instalaciones de la estación de servicio, evitando obstaculizar el trámite, así como que instruya a la Dirección de Protección Civil para que valide el Programa Interno de Protección Civil que obra en su poder, y así iniciar el trámite de Licencia de Operación.

Y que en consecuencia, añadió, iniciado el trámite, instruya a la Dirección de Administración Urbana para que sin dilación expida, previo el pago de los derechos respectivos, la Licencia de Operación de la estación de servicio.

Recordó que, a raíz de los amparos de los particulares, el alcalde, Jorge Astiazaran Orcí instruyó al Departamento de Administración Urbana para que clausurara la obra, pese a que la autoridad actual obsequió la Licencia de Construcción al confirmar que el solicitante (en este caso la empresa) cumplió con los requisitos para ello.

Dijo que el Ayuntamiento mediante Oficio US 439 2010 expedido por el Subdirector de Control Urbano del Ayuntamiento de Tijuana concedió el día 27 de julio del año 2010 resolución favorable de factibilidad de uso de suelo especial para estación de servicio (gasolinera) y locales comerciales en el terreno ubicado en calle Salvador Díaz Mirón (4ta) no. 8350, lote 001, manzana 736, identificado mediante Clave Catastral ZC 736001, Colonia/Fraccionamiento Zona Centro Delegación Municipal Zona Centro de esta Ciudad. Resolución que a solicitud de Adjasa, S. A. de C. V. fue ratificada el día 18 de abril del año 2014 por Oficio US 311/2014 expedido por el departamento de usos del suelo de la actual administración Municipal.

Explicó que, para la autorización de la Licencia de Construcción, el interesado obtuvo de la Dirección de Bomberos Municipal, dictamen de factibilidad del proyecto para la construcción de estación de servicio en calle Cuarta “Salvador Díaz Mirón2 8350 Zona Centro, factibilidad que extendió mediante Oficio 44961 del día 12 de agosto del año 2014, condicionada a la aprobación de la Inspección y Certificación de las medidas de seguridad.

También dijo que el proyecto presentado a bomberos es el definitivo aprobado por Pemex, instrumento del que se aprecia el cumplimiento de las disposiciones del Programa Simplificado para el Establecimiento de Nuevas Estaciones de Servicio publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 19 de Agosto de 1994.

Agregó que además la aprobación del proyecto de Integración Vial como requisito para obtener la Licencia de Construcción incluyó la autorización contenida en el Oficio FOR/682/2015 de fecha 28 de julio del año 2015 suscrito por el Director de Servicios Públicos Municipales, para el trasplante de 15 árboles y la tala de un árbol seco, condicionada a donar al departamento de Forestación y Panteones 48 jacarandas de 5 galones.

Señaló que satisfechos los requisitos para la expedición de la Licencia de Construcción, el día 28 de octubre del año 2014 el Ayuntamiento autorizó a Adjasa, S. A. de C. V. la ejecución de la obra conforme el proyecto aprobado para la edificación de la estación de servicio y locales comerciales.

Dijo que con fecha 21 de agosto del año 2015 el Ayuntamiento expidió la constancia de terminación de obra por haber sido ejecutada conforme el proyecto aprobado, instrumento que permitió el otorgamiento de licencia de operación a diversos giros comerciales, incluida la instalación de tienda de autoservicio con permiso para venta, almacenaje y consumo público de bebidas alcohólicas conforme la licencia de operación expedida el 31 de agosto del año 2016.

Además explicó que el Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo para las Acciones de Edificación, Instalación, Conservación y Operación de Estaciones de Carburación y de Servicio de Productos derivados del petróleo para el Municipio de Tijuana, establece entre otros requisitos para obtener la Licencia de Operación de estaciones de servicio, tramitar el Certificado de las Medidas de Seguridad de la estación.

El abogado de esta empresa recordó asimismo que en el mes de octubre del año 2015 la Dirección de Bomberos Municipal recibió solicitud por la Certificación de las Medidas de Seguridad instaladas en la estación de servicio construida en la esquina de las calles Madero y Díaz Mirón (4ª) en la Zona Centro de la ciudad de Tijuana, previo el pago de los derechos correspondientes se practicó la inspección del sitio y no obstante ello, a la fecha la dirección es omisa en expedir la Certificación de las Medidas de Seguridad relacionadas con la estación de servicio, causando con su actitud graves daños económicos dada la magnitud de la inversión realizada siempre con apego a la Ley.

Por lo que se refiere a la expedición del Certificado de Medidas de Seguridad, hizo saber que éste es un requisito para obtener de la Dirección de Protección Civil la aprobación del Programa Interno de Protección Civil para la operación de la estación de servicio, “por lo tanto es claro que la actuación de la Dirección de Bomberos Municipal constituye un impedimento para iniciar el trámite correspondiente y obtener la Licencia de Operación de la estación de servicio”.

Los quejosos es decir los padres de familia y maestros, argumentan en sus demandas de Amparo, el riesgo de explosión de la estación, la contaminación ambiental y el posible daño a la integridad física de los asistentes al centro escolar Alba Roja y la saturación vial, dijo.

Recordó que las partes en los Juicios de Amparo han rendido las pruebas de su interés para demostrar la posibilidad o no de los riesgos y las consecuencias descritas arriba.

Sin embargo, las pruebas y los dictámenes periciales anunciados por la empresa interesada, demuestran que no podrán presentarse el riesgo y ninguna de las consecuencias que invocan los quejosos por el funcionamiento de la estación de servicio.

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