Denuncian penalmente a Magaña y Berrelleza
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Denuncian penalmente a Magaña y Berrelleza

TIJUANA, BC - viernes 9 de diciembre de 2011 - DORA ELENA CORTÉS.
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Por: Dora Elena Cortés

TIJUANA BC 9 de diciembre de 2011 (AFN).-
Dos ex funcionarios del gobierno de Jorge Ramos Hernández fueron denunciados penalmente por la administración municipal de Tijuana, según pudo constatar Agencia Fronteriza de Noticias de Tijuana al obtener copia de la querella que tiene la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

Se trata del ex Síndico municipal Héctor Magaña Mosqueda, actualmente delegado estatal del Registro Agrario Nacional (RAN) y de Arturo Berrelleza Cruz, quien fungió como Director de Responsabilidades de la Sindicatura en el periodo anterior.

Los dos políticos panistas son acusados de los delitos de: Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, según la averiguación previa 9266/11/211/AP presentada el pasado 28 de octubre de este año, por el apoderado legal del gobierno municipal Héctor Manuel Veiga Galindo.

A los mencionados se les señala también por “diversos delitos cometidos contra La Administración de la Justicia y se basa en el hecho de que al realizar una revisión aleatoria de rutina de los expedientes de la Dirección de Responsabilidades de la Sindicatura, se detectó la existencia “de doble resolución definitiva en cuatro expedientes.

De los mismos se desprende que el Síndico emitió dobles resoluciones, supuestamente acatando en algunos, disposiciones judiciales pero favoreciendo a policías municipales a los que ordenó remover con el pago de su indemnización para posteriormente reinstalarlos con el pago de “salarios caídos”.  También se le señalan otras irregularidades.

Los casos son:

-       PR/043/2008, instruido en contra de Juan Antonio Tovar Vanegas y Luis Humberto Robles Armour
-       EXP/023/2010 instruido en contra de José Luís Jiménez Reynoso
-       PR/089/2008 instruido en contra de Migue Mendoza Castellanos
-       EXP/026/210 INSTRUIDO EN CONTRA DE Alberto León Corona.

Los hechos:

El 29 de septiembre de 2010, Héctor Magaña Mosqueda resolvió en el caso del entonces agente municipal Juan Antonio Tovar Vanegas, su no reinstalación y el pago de sus percepciones, en cumplimiento de una resolución del 12 de julio de 2010, que ordenaba esto. Sin embargo, mediante otra resolución emitida el 24 de noviembre del mismo año, emitió nueva resolución administrativa, supuestamente en acatamiento a la del 17 de julio de 2010, dictada en los autos del expediente 508/2008 del Pleno del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, en la que  ordenó la reinstalación del mismo elemento policiaco y que se le cubrieran las percepciones omitidas, ordenando asimismo su cumplimiento a diversas autoridades municipales.

El 10 de septiembre de 2010, Magaña Mosqueda emitió una resolución administrativa en la que ordenó la remoción y no reinstalación de Luís Humberto Robles Armour, quien fungía como agente de Seguridad Pública Municipal. Sin embargo, mediante resolución del 26 de noviembre de 2010, el mismo funcionario emitió una resolución administrativa en la que ahora ordenó la reinstalación del agente, además de que se le cubrieran las percepciones omitidas.

El 4 de agosto de 2010, Héctor Magaña dispuso la remoción y no reinstalación del agente Miguel Mendoza Castellano, cubriendo sus percepciones que por derecho le correspondían, pero mediante otra resolución de fecha 18 de noviembre de 2010 de igual forma ordenó la reinstalación del agente y que se le cubrieran las percepciones emitidas.

En un caso instruido en contra de José Luís Jiménez Reynoso, entonces inspector de la Dirección de Inspección y Vigilancia, Magaña Mosqueda resolvió el 21 de septiembre de 2010 que era “administrativamente responsable” de una infracción que se le atribuía, por lo que dispuso la suspensión del empleo por diez días. No obstante eso, el mismo día 21, Héctor Magaña emitió otra resolución en la que le imponía al mismo empleado, una inhabilitación temporal por el periodo de un año, para que no pudiera desempeñar cargos o comisiones en el servicio público.

El 22 de septiembre de 2010 en un caso similar, Magaña impuso diez días de suspensión a otro inspector de la misma oficina de reglamentos, el cual fue identificado como Alberto León Corona, sin embargo ese mismo día, también lo inhabilitó mediante otra resolución, por un año, para que tampoco pudiera desempeñar cargos o comisiones en el servicio público.

Los agentes policiacos confirmaron mediante testimonios que las resoluciones de remoción, no reinstalación e indemnización así como las emitidas en contrario para ser reinstalados con pago de “salarios caídos” les fueron notificadas de manera personal.

Por lo que respecta a los inspectores, Jiménez Reynoso dijo haber sido notificado en su domicilio de la suspensión de 10 días pero que en ningún momento se le informó de su inhabilitación.

En su caso, León Corona comentó que fue citado a las oficinas de Sindicatura y que ahí fue notificado de ambas resoluciones.

El gobierno municipal establece que estas conductas pueden ser constitutivas de delitos cometidos por servidores públicos, relativos a la “infidelidad en la custodia de documentos y contra la administración de la justicia.

Por esto se pide que al desahogarse todas las diligencias “en su oportunidad se ejerza la acción penal persecutoria contra los indiciados y la relativa reparación del daño ante la autoridad jurisdiccional competente”.

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