Propone Mendívil eliminar reductores de agua
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Propone Mendívil eliminar reductores de agua

MEXICALI, BC - domingo 29 de marzo de 2015 - AFN.
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Mexicali BC 29 de marzo de 2015 (AFN).- El diputado estatal, René Mendívil Acosta, presentó una iniciativa en la cual se propona eliminar el uso del reductor de agua en el servicio doméstico, el costo de remoción del mismo y reconexión del servicio, así como el monto por el sondeo de descarga domiciliaria.

Para ello, se informó en un comunicado, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan disposiciones del Artículo 11, de La Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2015 y se reforma el Artículo 17 de la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable, ambas de Baja California.

El coordinador de los legisladores del Partido Revolucionario Institucional (PRI) señaló que la Constitución Política de la Nación es muy clara al señalar, en su Artículo 4, que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para su consumo personal y doméstico, siento la obligación del Estado de garantizar este derecho.

No obstante, dijo, la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable en el Estado, en su artículo 17 establece la posibilidad de reducir el suministro de agua en un 50% o 70% del diámetro de la toma contratada, dependiendo de prolongación en el tiempo del adeudo.

“Ante ello, los diputados quienes suscribimos la presente iniciativa estamos convencidos que reducir el suministro de agua potable atenta contra los derechos fundamentales de las personas, consagrados en nuestra Carta Magna y en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano es parte, toda vez que el agua potable y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos, tal y como ya estableció la Asamblea General de las Naciones Unidas a través de la Resolución 64/292”, expuso.

Mendívil Acosta explicó que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha dado los elementos que integran el texto constitucional que reconoce el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico, entre los que destaca que el abastecimiento de agua por persona debe ser entre 50 y 100 litros de agua por persona al día para garantizar que se cubren las necesidades más básicas y surjan pocas preocupaciones en materia de salud.

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