Las exigencias del CRIT y los compromisos oficiales
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Las exigencias del CRIT y los compromisos oficiales

TIJUANA, BC - lunes 30 de junio de 2014 - DORA ELENA CORTÉS.
20758
*.- El convenio firmado por 10 años será renovado automáticamente
*.- El Hospital Infantil del Teletón será propiedad exclusiva de la Fundación
*.- La Fundación quedará exenta del pago de impuestos por 10 años
*.- La organización Teletón decidirá cuál será el terreno para construir
*.- Exigen condiciones mínimas en la entrega del terreno elegido

DORA ELENA CORTÉS

Tijuana BC 30 de junio de 2014 (AFN).- El convenio con carácter de “forzoso” firmado el pasado 7 de abril entre la Fundación Teletón y el Gobierno del Estado de Baja California obliga a este último no sólo a entregar la cantidad de 42 millones de pesos anuales durante un periodo de una década sino que también establece que este contrato al llegar a su vencimiento “quedará renovado automáticamente por períodos de igual tiempo, sin necesidad de acuerdo previo o suscrito de las partes, hasta en tanto la Fundación, opere, dirija y administre dicho centro y dé cabal cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones que a su cargo se derivan del presente convenio”.

  El contrato lo firmaron en la fecha mencionada: Pedro Fernando Landeros Verdugo como Apoderado Legal de la Fundación Teletón México AC, en tanto que por el gobierno de Baja California lo hicieron el propio mandatario estatal Francisco Arturo Vega de Lamadrid; la Oficial Mayor de Gobierno Loreto Quintero Quintero quien actuó “en suplencia por la ausencia del Secretario General de Gobierno” y el Secretario de Planeación y Finanzas Antonio Valladolid Rodríguez.

  En el mencionado convenio se establece -entre otras cosas- que será la Fundación la que determine a su total satisfacción cuál será el terreno que deberán entregarle “libre de todo tipo de gravámenes” y con un mínimo de 6 hectáreas; también la propiedad del mismo Centro Hospitalario quedará en sus manos no obstante que el convenio se llegara a rescindir. De igual forma todos los gastos de escrituración, notarios y los inherentes a una adquisición de predio, deberán ser cubiertos “por el donante”, además de que exige que se le exente de todo tipo de impuestos, pagos y derechos, incluidos los municipales, durante el término de vigencia de este contrato.

  Agencia Fronteriza de Noticias de Tijuana solicitó informes de manera oficial al Gobierno del Estado sobre todos los compromisos contraídos por medio de este convenio, así como lo correspondiente a los recursos que hasta el momento se han obtenido a través de una serie de acciones, rifas, presentaciones, cenas de gala y otros, sin embargo la respuesta fue lacónica y en el sentido de que “la información se dará a conocer una vez que concluya el período establecido para desarrollar las actividades y eventos relacionados con la recaudación a favor del proyecto CRIT BC” -que han insistido que será el 2 de agosto- no obstante que el Gobierno del Estado se comprometió a través de ese contrato a hacer un “Depósito a favor de la Fundación Teletón México por la cantidad de los 126 millones de pesos demandados como “garantía” –y no los 130 que se han dicho repetidamente- el próximo 4 de julio del presente año.

  No obstante eso AFN cuenta con el documento del contrato firmado y con otras documentales que reflejan cuáles son las exigencias del CRIT y los compromisos contraídos de manera oficial.

LAS EXIGENCIAS

Para que la Fundación Teletón México decida establecer un Centro de Rehabilitación Infantil Teletón (CRIT) en Baja California exigió de entrada la aportación “en calidad de donación” por la cantidad de 126 millones de pesos para destinarse “al cumplimiento de los fines de esta institución”. También demanda que todos los gastos de escrituración de la donación hecha favor de esta Fundación, incluyendo honorarios de notarios, impuestos, derechos de registro y otros, deberán correr “a cargo del donante”.

  Sobre el terreno exige que debe ser “de por lo menos 6 hectáreas, elegido exclusivamente por la Fundación Teletón México AC”. De igual forma establece que es indispensable que esta donación se pacte “de forma pura, llana, incondicional e irrevocable” y que no se le imponga condición alguna que pudiera llegar a restringir de cualquier forma la propiedad y dominio que como propietario debe asegurar en todo momento esta Fundación. En contraparte se compromete a iniciar las operaciones de este centro “en un plazo de tres años” contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, de lo contrario podría rescindirse.

  También sobre el terreno indica que debe ser entregado y estar ubicado en una zona que cuente con los elementos mínimos de infraestructura, topografía y técnicos que están exigiendo y que son:

-       la zona deben estar dotada con las vías de acceso necesarias y en perfecto estado para su llegada desde cualquier punto de la entidad

-       deberá contar con los suficientes servicios en funcionamiento como energía eléctrica, alumbrado público, drenajes, alcantarillado, pavimento, seguridad y servicio de limpia. De no contar con drenaje el gobierno del Estado deberá construir una planta de tratamiento con capacidad de 80 m³ por día.

-       La superficie total del terreno debe entregarse a la Fundación, lista para realizar en éste las edificaciones y/o construcciones necesarias, así como los servicios a pie de terreno.

-       Deberán construir para que se pueda utilizar, plataformas y rellenos dentro del predio al nivel de banquetas para contar con una superficie adecuada para el desplante del CRIT

-       también debe contar con drenaje pluvial, suministro de agua potable que proporcione 98 m³ diarios y suministro de energía eléctrica de 500 KVA. Para la construcción se requiere de una instalación provisional de 150 VKA

-       también debe existir el dictamen de impacto ambiental y el impacto vial correspondiente.

-       entre sus exigencias la Fundación advierte que los servicios y condiciones a que hacen referencia los puntos anteriores estarán a cargo del donante, por lo que cualquier gasto o costo que en su caso llegare a erogar la Fundación Teletón deberá ser reembolsado por aquel.

-       También deberá contar con rampas, accesos, cruceros, banquetas, puentes peatonales así como con señalamientos de instalaciones y tránsito especiales para personas con discapacidad y deberá contar con al menos una ruta de camiones debidamente equipada para personas con discapacidad.

-       Los terrenos propuestos no deben reportar gravamen o adeudo alguno ni estar involucrado en juicio, litigio o reclamación alguna.

-       Exige un compromiso por parte del gobierno del Estado y del municipio que corresponda para otorgar gratuitamente, condonar, exentar o reembolsar a la Fundación de los pagos de derechos, contribuciones o cuotas municipales y estatales derivados de licencia de construcción, aviso de terminación de obra, alineamiento, número oficial, aviso de ocupación, impacto urbano, impacto vial, impacto ambiental, manifestación de impacto ambiental, el director responsable de obra, peritos y corresponsables de obra, instalaciones sanitarias, drenajes y servicio de agua potable durante todo el periodo de construcción y puesta en marcha del Centro de Rehabilitación Infantil Teletón.

-       Exentarla también por un período mínimo de 10 años contados a partir del inicio de sus operaciones en el Estado de Baja California, de los pagos del impuesto predial del inmueble donde se establezca el Centro de Rehabilitación y el Impuesto sobre Nóminas que genere su plantilla laboral en dicha entidad.

Sobre las aportaciones anuales que deberán hacerle a esta Fundación se advierte que los 42 millones que ya les autorizó el Congreso por un mínimo de 10 años contados a partir de la apertura del hospital deberán ser actualizados conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor para los pagos, gastos e inversiones necesarios para la operación, administración y funcionamiento del Centro y de los programas y/o fines presentes o futuros del objeto social de la Fundación Teletón, y aquí es donde se establece que dicho período de 10 años podrá ser renovado automáticamente “sin necesidad de acuerdo previo o suscrito de las partes, en los términos del contrato de colaboración correspondiente”.

  Esa cantidad anual deberá estar dentro del Presupuesto de Egresos del Estado durante el tiempo referido y hasta en tanto opere y funcione dentro de ese plazo en la entidad el Centro de Rehabilitación Infantil Teletón. La cifra de 42 millones de pesos empezará actualizarse a partir del 1 de enero de 2015 conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor y la autorización se prevendrá a partir del ejercicio fiscal del año 2016, o bien de acuerdo al contrato que celebre para tal efecto el Ejecutivo del Estado con esta asociación civil.

  Ese contrato obliga a que los 42 millones de pesos le sean entregados a la Fundación “en una sola exhibición” a más tardar dentro de los primeros 15 días naturales del mes de enero de cada año, contados precisamente a partir del año de apertura del CRIT en Baja California.

Advierte el documento que todos los gastos de escrituración del convenio de colaboración por las aportaciones anuales, incluyendo honorarios de notarios, impuestos, derechos de registro, entre otros “correrán a cargo del gobierno y/o iniciativa privada del Estado participante”

  En lo que se refiere a las condiciones de construcción, equipamiento, contrataciones, operación, dirección y selección ingreso de pacientes para los Centros de Rehabilitación Infantil, se indica que serán facultades exclusivas de la Fundación.

 Esta Fundación por sí misma o a través de los terceros que para tal efecto contrate será la que diseñe, proyecte, construya y equipe el Centro de Rehabilitación en el inmueble que la Fundación hubiere elegido y conforme a los requerimientos necesarios para la prestación de servicios de rehabilitación de acuerdo su modelo médico.

  También esta Fundación será exclusivamente la que reclute, contrate y designe libremente y a su más entera discreción al personal que dirija, opere y labore en ese Centro, además de que será exclusivamente, en todo momento la que valore, seleccione y elija libremente a los menores con discapacidad que cumplan con todos los requisitos, políticas, criterios y procedimientos de inclusión y permanencia en ese Centro.

  Se establece que la Fundación será exclusivamente, en todo momento, la que opere, administre, dirija y lleve a cabo todas las actividades que se requieran para el mantenimiento, operación, administración y funcionamiento del Centro.

  La Fundación también exige que se haga el depósito por la cantidad de 126 millones de pesos a la cuenta de Teletón México “a más tardar el día 4 de julio de 2014” y establece que en el caso de que no hagan los depósitos correspondientes “se tendrá por desechada su propuesta, debiéndose considerar que la Fundación Teletón México no contemplará al Estado para establecer un Centro de Rehabilitación Infantil.

 

Sobre los terrenos

El gobierno del Estado se comprometió a presentar por lo menos tres propuestas de terrenos para ser considerados por los directivos de la Fundación, los cuales de aceptar alguno de éstos,  lo confirmarán por escrito al Estado participante preseleccionado, a más tardar el día 7 de julio de este año, para que una vez cumplidas las condiciones de las etapas anteriores el Estado lleve a cabo -como fecha límite el 22 de septiembre de este año- la elaboración, firma, inscripción en el Registro Público de la Propiedad del Estado y la entrega del original del Primer Testimonio de Escritura correspondiente a la donación del terreno. Se insiste en que es importante “tomar en cuenta que no se podrá aceptar ningún contrato, decreto -en caso de que aplique-y/o Escritura que pretenda establecer condición a la donación del inmueble, que implique limitar la propiedad y el dominio del mismo”.

  El Estado deberá presentar la elaboración, firma, inscripción en el Registro Público de la Propiedad del Estado que corresponda y entrega del original del Primer Testimonio de la Escritura correspondiente a la donación por la cantidad de los 126 millones de pesos y lo mismo en el caso del Primer Testimonio de la Escritura correspondiente al Convenio de Colaboración. De igual forma el ayuntamiento favorecido deberá publicar y entregar el acuerdo de Cabildo y/o del Decreto en el Periódico Oficial del Estado correspondiente, mediante el cual se autoriza al Presidente municipal o al gobernador para “exentar, condonar, reembolsar y/u otorgar gratuitamente, a la Fundación –según corresponda- de los pagos de derechos, contribuciones o cuotas que se generen, durante el período de construcción y puesta en marcha del Centro de Rehabilitación, así como de los pagos del Impuesto Predial, el Impuesto sobre Nóminas, por un período de 10 años.

  En una de sus cláusulas se advierte de la facultad de la Fundación Teletón México Asociación Civil, para establecer la fecha de inicio de construcción, así como de decidir establecer o no establecer un Centro de Rehabilitación Infantil Teletón, aun cuando se hayan satisfecho y entregado todos los requisitos y aportaciones solicitadas.

  Si en los tres años señalados la Fundación decide no establecer ese Centro o no iniciar la construcción del mismo, pese a los convenios ya celebrados con Fundación Teletón México, donde se plasman los compromisos contraídos en el contrato, quedarán sin efecto legal, dándose por terminados los mismos y sin responsabilidad para ninguna de las partes, exceptuando la obligación de la Fundación de restituir al Estado el inmueble que se hubiere entregado en donación al amparo de lo que obliga el documento de convenio, así como reintegrar la cantidad que se haya entregado al amparo del mismo contrato.

Puede recibir donativos sin detrimento del recurso anual

En uno de sus artículos el contrato establece que el Estado está de acuerdo en que no obstante que la Fundación recibiera durante la vigencia del convenio ingresos de cualquier otra persona física o moral distintas al gobierno de la entidad, este último entregará a la Fundación la cantidad anual ya pactada, con su correspondiente actualización, sin disminución alguna y tal como se establece en el convenio.

  También se dejó claro que ambas partes convienen en que de darse el supuesto de que la Fundación no llegara a aplicar la totalidad de esos 42 millones de pesos, y su correspondiente actualización, dentro del año en que sean aportados por el Estado, la diferencia de dichos recursos podrá utilizarse en los años subsecuentes, y sin que en ningún caso pueda disminuir la cantidad que el gobierno estatal debe entregarle cada año.

  Las auditorías que se realicen a los manejos de los recursos en este centro hospitalario se harán a través de firmas contables que la Fundación contrate y ésta a su vez se compromete a entregar anualmente al Estado, un informe de la operación, administración y funcionamiento del hospital, así como los programas y/o fines presentes o futuros de su objeto social.

  La fundación también podrá en todo momento recibir, distribuir, aplicar y administrar los ingresos que se reciban de cualquier otra persona física o moral distintas al Estado que decidan otorgar aportaciones para la operación, administración y funcionamiento del CRIT y para proyectos y/o actividades especiales y o relacionadas con la rehabilitación integral de los pacientes y familiares que sean atendidos y/o para los programas o fines presentes o futuros, en el entendido de que ningún momento podrá disminuir el monto de la aportación anual que se obligó el Estado en términos de este convenio

 

La información será confidencial

Hay además un apartado sobre la información confidencial que establece que toda la que se genere será propiedad exclusiva de la parte que la proporciona, por lo que en virtud del cumplimiento y ejecución de este convenio, tendrá carácter de confidencial y las partes deberán darle ese tratamiento, por lo que cada uno tendrá la obligación de no divulgar la información de la otra por ningún medio, salvo que se le autorice la transmisión a un tercero, previamente y por escrito o en caso de que haya mandamiento escrito de autoridad competente ordenando la divulgación de dicha información.

  Se indica que las partes convienen en que toda persona bajo su competencia, que con motivo de su trabajo, empleo, cargo o puesto tenga acceso a esa información, deberá abstenerse de revelarla. En virtud de lo anterior, las partes se harán responsables por los actos u omisiones que cometa dicho personal a su cargo, en relación a la prohibición que se estipula. Al efecto las partes deberán tomar las acciones necesarias para dar cumplimiento a esta disposición por parte del personal referido.

 

La ruta hacia un “CRIT” en BC

Según la información disponible el gobierno del Estado solicitó formalmente a la Fundación Teletón México, el 2 de enero de este año, el establecimiento de un Centro de Rehabilitación Integral Infantil en Baja California. El 14 de enero la Fundación entregó la documentación a efecto de que Baja California ingresara su candidatura para esa construcción. El jueves 13 de marzo se realizó una reunión con representantes de la Fundación a fin de comentar algunas observaciones formuladas a la documentación remitida por lo que se ajustaron “algunas cuestiones” como la posibilidad de que los predios que se propusieran para la construcción del hospital, pudieran tener una superficie menor o sea 4 hectáreas, en tanto se encontraban ubicaciones mejor comunicadas, así como la reprogramación de las fechas para el cumplimiento de los requisitos.

  El 7 de abril el Estado firmó el convenio con la Fundación. También se tiene considerado el 22 de septiembre de este 2014 para la entrega de los documentos definitivos por parte del gobierno estatal y municipal en donde constará la exención o condonación de pagos y contribuciones estatales y municipales demandados.

  Sobre los inmuebles, el gobierno de la entidad sugirió finalmente los siguientes:

-       lote B-2A.1A -que no establece donde se ubica- con una superficie de 802 mil 515.42 metros cuadrados y con clave catastral W-M029-004 del que advierte que para el 12 de junio de este año no había sido posible realizar la inspección física, debido que el propietario “la ha pospuesto (la cita) constantemente”. Este inmueble es propiedad de Fernando Beltrán y la última ocasión en que se le ubicó “comentó que se encontraría en la Ciudad de México”.

-       Predio El Coyote, localizado a la altura del kilómetro 27 + 500 que se encuentra en colindancia con el derecho de vía del Corredor 2000, pero sobre éste la Fundación Teletón señaló que preferiría una mejor ubicación.

-       Predio El Toro ubicado a la altura del kilómetro 30 + 000 del corredor Tijuana Rosarito 2000 y con el derecho de vía, pero de la inspección física se determinó que existe una hondonada profunda que elevaría los costos para la preparación de plataformas.

-       Predio El Cuervo ubicado sobre el Corredor Tijuana Rosarito 2000, aproximadamente entre los kilómetros 25 + 500 al 30 + 500 pero de la inspección física se determinó que no cuenta con acceso directo al corredor 2000.

No obstante eso todos los terrenos sugeridos se encuentran libres de gravamen y se anotó que en relación al primer inmueble, como se dijo, no fue posible encontrar a Fernando Beltrán “a pesar de que se le ha intentado localizar en diversas ocasiones”.

  El subsecretario de gobierno en Tijuana Teodoro Barraza propuso un nuevo inmueble que se encuentra a espaldas de Conacyt, a nombre del fideicomiso que administra el Banco Bilbao Vizcaya México S.A. con el que al parecer el gobierno del Estado ya ha trabajado con anterioridad. El día 2 de junio se realizó el recorrido y luego -sin aclarar si se trata del mismo predio- se señaló que el Consejo Consultivo del grupo de El Florido solicitó que el gobierno del Estado elaborara una solicitud de donación por escrito, ya que la superficie máxima a donar sería de 4 hectáreas.

  También la Primera Dama del Estado Brenda Ruacho de Vega hizo una propuesta y proporcionó información de un inmueble propiedad de la constructora URBI que se encuentra en el área de la “Ciudad Salud” que se tiene proyectada en Valle de las Palmas, por lo que el 30 de mayo se estableció comunicación con el arquitecto Saúl García Galván al que le solicitaron vía correo electrónico los datos de identificación del inmueble con el propósito de revisar los antecedentes registrales y catastrales así como el nombre de la persona que fungiría como enlace, a efecto de programar la fecha y hora en que podría realizarse la inspección física. Para el 12 de junio no se había obtenido respuesta

 

El ayuntamiento de Tijuana autoriza exención de impuestos

La Subsecretaría Jurídica del gobierno del Estado notificó con la misma fecha 12 de junio que el 26 de febrero del presente año enviaron un oficio al presidente municipal de Tijuana Jorge Astiazarán Orcí para solicitar su anuencia para la condonación y/o exención de contribuciones municipales y se le dio seguimiento vía telefónica con la licenciada Lariza Parellón Rosas asistente particular del munícipe, quien indicó que el documento fue turnado al Departamento Jurídico y a la Tesorería municipal para una opinión.

  El 12 de marzo, del mismo año, según se dijo,  recibieron un correo electrónico mediante el cual se indicaba que el presidente municipal “está muy interesado en que se lleve a cabo, por lo que en relación a la condonación del impuesto predial no había inconveniente siempre que fuera en el ámbito de su competencia, o sea durante su gestión municipal de tres años”.

  El 18 de marzo de este 2014 fue respondido ese correo electrónico por parte del gobierno del estado, explicando al del ayuntamiento que sí era posible adquirir compromisos que trascendieran más de una gestión municipal, siempre que se realizara el procedimiento correspondiente adjuntando para tal efecto una tarjeta suscrita por el Subsecretario (presumiblemente del Jurídico del gobierno de la entidad) en donde se fundamente lo anterior, con las disposiciones y los ordenamientos aplicables.

  El viernes 25 de abril de 2014 el mismo Subsecretario Jurídico del Estado se reunió con el Secretario del Ayuntamiento de Tijuana “para comentarle personalmente el tema”.

 

Y ¿Qué pasa si se rescinde el contrato?

Según la cláusula la 16ª del contrato firmado entre el gobierno del Estado y la Fundación, se advierte que, tanto en el caso de la terminación de la vigencia del convenio, así como en el caso de rescisión, ambas partes acuerdan que: todas las aportaciones que al amparo del presente convenio hayan realizado ambas partes, quedarán otorgadas a favor de la fundación y “pasarán a formar parte de su patrimonio, para el cumplimiento del objeto social para el cual fue creada, teniendo inclusive la Fundación, la facultad de continuar operando y administrando el CRIT Baja California”.

  En el artículo 14º, que habla del incumplimiento, se advierte que si alguna de las partes falla en las obligaciones a cargo, la parte afectada dará aviso por escrito a la parte que incumple, para que en un término no mayor de 15 días naturales contados a partir de la recepción del aviso subsane ese hecho, de lo contrario la parte afectada podrá rescindir el contrato o exigir su cumplimiento forzoso, y en ambos casos “tendrá derecho a exigir el pago de los daños y perjuicios que dicho incumplimiento le hubiese ocasionado” sin perjuicio de la facultad de las partes para ejercitar cualesquiera otras acciones que les competan con apego a la ley”.

 

El porqué del CRIT

El gobierno del Estado, entre sus razones para construir un Centro de Rehabilitación Teletón en Baja California habló sobre el hecho de que las personas con discapacidades conforman uno de los grupos “más marginados del mundo” ya que presentan peores resultados sanitarios, obtienen resultados académicos más bajos, participan menos en la economía y registran tasas de pobreza más altas que las personas sin discapacidades.

  Sobre la problemática que en este renglón se registra en Baja California, se reconoce que la entidad “se encuentra apenas por encima de la media nacional con el 6.8 por ciento”, sin embargo agrega que la situación sigue siendo grave “pues se estima que la prevalencia de la discapacidad irá en aumento debido al envejecimiento de la población, ya que el riesgo de discapacidad es superior entre los adultos mayores” no obstante que en el convenio y lo que se ha manifestado públicamente se establece que será un Centro para atención específico de menores de edad.

  Añade el gobierno del estado, que otro aspecto importante es el aumento mundial de enfermedades crónicas asociadas, tales como la diabetes, las enfermedades cardiovasculares, el cáncer y los trastornos de salud mental.

  Advierte que en el mundo más de 1000 millones de personas, o sea el 15% la población viven con alguna forma de discapacidad, cifra que supera las estimaciones de la Organización Mundial de la Salud en los años setentas, que eran de aproximadamente un 10%.

  Sobre el número de discapacitados en México indica que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) realizado en el año 2012, el 6.6 por ciento de la población reporta tener discapacidad. INEGI clasifica los motivos que la producen en varios tipos: por nacimiento (15%) cuando la adquirieron por herencia, durante el embarazo o al momento de nacer; por enfermedad (38.5%) por accidente (el 12%) y por edad avanzada (31%).

  Por otra parte el Gobierno del Estado reconoce que actualmente la entidad cuenta con una Red de Unidades de Atención a Personas con Discapacidad coordinada por el Sistema DIF estatal, a través de la cual se proporciona atención médica y paramédica especializada en materia de rehabilitación a los diferentes tipos de discapacidad motriz, auditiva, visual y mental.

  Hace notar que de acuerdo con el Sexto Informe de Gobierno de la gestión anterior, a través de esta Red se brindaron 207,760 atenciones además de que se construyeron los Centros de Atención a Personas con Trastornos del Espectro Autista de Mexicali y Tijuana, únicos en América Latina, lo que implicó una inversión de más de 34 millones de pesos, con lo que se ubicó a la entidad a la vanguardia en atención a niños con padecimiento de autismo.

  Indica que han detectado 430 pacientes con los que están trabajando y se han realizado 24,766 atenciones, tales como evaluaciones diagnósticas, tratamiento psicológico y pedagógico.

  Y sobre por qué se decidieron por la Fundación Teletón, el gobierno de la entidad anota que esta institución tiene cerca de 17 años de experiencia rehabilitando de forma integral a menores con discapacidad, promoviendo su pleno desarrollo e integración a la sociedad y que actualmente cuenta con 20 centros de operación en la República mexicana, mediante los cuales brinda a más de 66,000 pacientes, los servicios de terapia física, terapia de lenguaje, terapia ocupacional, psicología clínica, atención familiar, integración social y proyectos especiales.

  Por todo esto proclama que el CRIT está convertido “en el mejor Sistema de Centros de Rehabilitación Infantil del mundo”.

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