Piden regular trabajo doméstico
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Piden regular trabajo doméstico

MÉXICO, DF - martes 24 de septiembre de 2013 - AFN .
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MÉXICO DF 24 DE SEPTIEMBRE 2013 (AFN).- Una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo para regular el trabajo doméstico,  será propuesta por la Senadora  Angélica de La Peña Gómez, indicando que se exigirán jornada laboral de ocho horas, pago de hora extras en los casos necesarios,  vacaciones anuales, días de descanso, aguinaldos y su inscripción al Seguro Social,  y se prohibirán acciones de violencia o maltrato, entre otros aspectos.  

La senadora del PRD y Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado dijo que en el caso de trabajadores domésticos de 16 a  18 años, la jornada máxima será de 6 horas y no deberá  perjudicar su asistencia a la escuela, o el aprovechamiento de la enseñanza que reciben.

Las reformas prevén que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos propondrá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, los salarios mínimos profesionales que deberán pagarse a las personas que trabajan en el servicio del hogar.

Este deberá corresponder como base al salario mínimo profesional, pero para cada contratación deberá considerarse para establecer el monto salarial las labores por realizar, el tamaño del lugar donde servirá, el número de personas a quienes se atenderá, la distribución del horario, el nivel de especialización y responsabilidad y las condiciones de trabajo en general.

Se establece como obligación de los patrones:

Guardar consideración a las personas que trabajan en el servicio del hogar, absteniéndose de todo maltrato de palabra o de obra; garantizar en el lugar y durante el tiempo que le sea prestado el servicio, la seguridad e integridad física, moral y el libre desarrollo de la persona que trabaje en el servicio del hogar; crear un ambiente laboral libre de riesgos de violencia; proporcionar a la persona trabajadora de planta, habitación cómoda, higiénica y segura, una alimentación nutritiva y suficiente y condiciones de trabajo que aseguren la vida y la salud.

Los patrones, deberá cooperar para la educación, instrucción general, capacitación y adiestramiento de la persona trabajadora del hogar, de conformidad con las normas que dicten las autoridades correspondientes; formalizar la relación laboral mediante contrato escrito; proveer los uniformes o ropa de trabajo; respetar la identidad étnica o cultural de la persona trabajadora indígenas, su lengua, su ropa tradicional y la participación en sus actividades comunitarias en sus días de descanso, vacaciones o previo acuerdo..

Se prohibirá que los patrones promuevan, inciten o toleren prácticas que generen un ambiente laboral de violencia, hostigamiento y abuso sexual y la exigencia de constancia o prueba de no gravidez para la contratación de la trabajadora;  no podrán despedir a una trabajadora embarazada, de ser el caso, el despido se presumirá injustificado.

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