Pide CNDH sancionar entrega de agua a Constellation
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Pide CNDH sancionar entrega de agua a Constellation

Ciudad de México - lunes 10 de febrero de 2020 - AFN.
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*.-Acusa omisiones de autoridades y pide actuar incluso penalmente
*.- Deben privilegiarse consumo personal y doméstico, concluyó
 

CIUDAD DE MEXICO 10 DE FEBRERO DE 2020 (AFN).- El gobierno estatal de Baja California, la Comisión Estatal del Agua  y la Comisión Nacional del Agua, incurrieron en omisiones y acciones que deben ser sancionadas, incluso penalmente, al aprobar la entrega de agua a la cervecera Constellation Brands en Mexicali, concluyó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, al resolver casi tres años después, varias quejas ciudadanas promovidas ante la institución.

Tras revisar  todas las actuaciones de las autoridades involucradas en el proceso de autorización de la planta en el valle mexicalense, la CNDH determinó que se violaron los derechos humanos de los habitantes de la capital del estado, particularmente los agricultores, y sostuvo además que varios de los datos presentados respecto del consumo de agua que se afirma hará la empresa, refleja una cantidad menor de la que realmente consumiría Constellation.

En consecuencia la institución demanda, con sustento en la Ley General Victimas,  la reparación del daño de manera integral a los afectados, por el conjunto de omisiones y acciones de los tres órdenes de gobierno, y revisar incluso la posibilidad de revertir algunas de las autorizaciones otorgadas a la trasnacional.

La ombudsman nacional pide que las autoridades investiguen la regularidad de las cesiones de derechos de agua efectuadas al amparo del artículo 153 la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, y en su caso, “se determinen las responsabilidades administrativas o penales que deriven de las omisiones e irregularidades observadas, cometidas por personas servidoras públicas o particulares que hayan gestionado dichas transmisiones. Dicho deber de investigar y sancionar las violaciones a los derechos humanos es extensible a la autorización en materia de impacto ambiental SPA-MXL-1129/2016, emitida el 15 de abril de 2016, para lo cual el Gobierno del Estado deberá revisar los términos de la resolución en comento y constatar la observancia de los términos y condicionantes impuestos a la Empresa.”

 Adicionalmente, deberán asentarse en los expedientes laborales de los servidores públicos a quienes se atribuya responsabilidad, aun cuando ésta haya prescrito, con el objeto de que obre constancia de las violaciones a los derechos humanos en las que participaron. 

En un amplio análisis, la CNDH señaló como prioridad garantizar el acceso del agua como un derecho humano, y privilegiar su uso en actividades orientadas a lograr ese propósito. Sugiere incluso modificar diversas leyes estatales y municipales para adoptar la perspectiva de derechos humanos.

En este último aspecto, CNDH concluyo que falta un marco adecuado y efectivo, tanto en el ámbito federal, así como en el estatal, encaminado a garantizar el acceso prioritario al agua para el consumo personal y doméstico dentro de la figura de “uso público urbano”. 

También destacó la gestión ineficiente del agua por parte de la CONAGUA y del Gobierno del Estado de Baja California, al no adoptar una perspectiva de derechos humanos en la administración de los recursos hídricos. También refirió las restricciones en el derecho al agua en la modalidad de uso agrícola, ante la falta de condiciones que determinen la legalidad de las transmisiones de derechos de agua provenientes de actividades agrícolas por parte de la empresa cervecera a la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali.

“La CONAGUA tenía pleno conocimiento de las implicaciones del suministro requerido por la Empresa, junto con las consecuencias de ese abastecimiento, ante lo cual no adoptó las medidas razonables y necesarias”, entre ellas la fiscalización a la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali por la “distribución desproporcionada y discriminatoria a favor de la empresa” y en detrimento del agua destinada principalmente al consumo doméstico, contraviniendo con ello la Ley de Aguas Nacionales, dijo también la Ombudsman Rosario Piedra.

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