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Respuesta al Consejo Coordinador Empresarial de BC

TIJUANA BC - domingo 27 de mayo de 2018 - Raúl Ramírez Baena.
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Por: Raúl Ramírez Baena*

“Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos

por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido

al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”

Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

TIJUANA BC 27 DE MAYO DE 2018.-La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) reconoce la universalidad de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, así como la lucha de los pueblos por las libertades y la justicia social. Para ello, establece que cada nación debe disponer en su legislación interna la protección a los derechos humanos.

Obedeciendo a ello, la Constitución mexicana incorpora en los artículos 1 al 29 el Capítulo “De los Derechos Humanos y sus Garantías”. En particular, el artículo 9º versa sobre los derechos de reunión y asociación pacífica, de petición y de protesta a las autoridades (también llamada “Desobediencia Civil”), siempre y cuando, dice, “no se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee”.

Y el artículo 39 es contundente: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.”

Se entiende que cuando los grupos sociales recurren a violencias para la satisfacción de sus demandas, el Estado, a través de la fuerza pública (no militar), debe intervenir aplicando estrictamente la ley y los estándares adoptados por la ONU en materia de control y uso de la fuerza, para el debido respeto a los derechos de las personas detenidas. Sobrepasarse mediante la represión, como suele suceder, irremediablemente viola derechos humanos.

En la vasta literatura sobre el derecho a la Desobediencia Civil, se establece que toda protesta social tiene su origen en violaciones a los derechos humanos, en la llamada Violencia Institucional. Las protestas y resistencias civiles de los grupos sociales no nacen espontáneamente y no son producto de mentes que buscan desestabilizar a las instituciones del Estado.

El Comunicado del jueves 24 de mayo de 2018 del Comité Técnico Estatal del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) en Baja California, publicado tras la liberación del activista León Sedov Fierro Reséndiz, menciona que “un grupo con intereses políticos particulares está tratando de generar discordia social y desestabilizar a través de la violencia y la propaganda, vulnerando en su intento, el Estado de Derecho”, refiriéndose a Mexicali Resiste y a otros grupos en resistencia en el estado.

Con estos argumentos, el CCE en BC, de un plumazo, desconoce los principios universales y constitucionales arriba señalados, así como los legítimos esfuerzos de los grupos que luchan por la satisfacción de las demandas sociales. En la defensa del derecho al agua, amparado por el artículo 4º Constitucional, las resistencias protestan por el proceso de privatización del agua, que opera su gestión por conducto del sector privado, llámese Constellation Brands o desaladoras privadas de Playas de Rosarito y San Quintín (a pagar con recursos públicos), proyecto legitimado por la neoliberal Ley Estatal de Asociaciones Público-privadas.

En su comunicado, el CCE de BC pondera la inversión privada generadora de empleos y de desarrollo regional, pero no reconoce el impacto que provocan los bajos salarios en el ingreso familiar y sus graves consecuencias sociales.

Y no sólo eso, el CCE toca los tambores de guerra exigiendo al gobierno “una participación pronta, directa y contundente (…) para que se imponga el irrestricto Estado de Derecho; que cese la actuación impune de grupos disfrazados de ciudadanos contrarios al interés de la mayoría, por lo que si alguien es culpable de algún delito o falta debe ser sancionado conforme la norma sin caer en la propuesta de negociar la Ley o ceder el chantaje y la presión de este tipo de grupos”.  

Este grupo empresarial descalifica el derecho a la Desobediencia Civil, negando la posibilidad de una salida negociada, transparente y de cara a la ciudadanía, desviando la atención de las demandas centrales y prácticamente llamando al gobierno a la represión.

Lo que vemos hoy es lo que en la doctrina se conoce como “la lucha de clases”: dos fuerzas sociales antagónicas, capitalistas vs clase trabajadora, se confrontan al profundizarse la desigualdad y la explotación laboral, el despojo de los recursos de la nación y las violaciones a los derechos humanos, al no haber un árbitro imparcial que vele por el BIEN COMÚN, objeto central del Estado como garante de los derechos humanos, no del capital.

Contrario a lo que opina el CCE de BC, León Fierro y los integrantes de las resistencias de Baja California son defensores de los derechos humanos, atenidos a lo que dispone la Declaración de los Defensores de los Derechos Humanos de la ONU. Reproduzco aquí algunos de sus derechos reconocidos:

“A denunciar las políticas y acciones oficiales en relación con los derechos humanos y a preconizar su aceptación; a presentar a los órganos y organismos gubernamentales que se ocupan de los asuntos públicos, críticas y propuestas para mejorar su funcionamiento y a llamar la atención sobre cualquier aspecto de su labor que pueda impedir la realización de los derechos humanos; a denunciar las políticas y acciones oficiales en relación con los derechos humanos y a que se examinen esas denuncias”.

* Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste

Esta columna no refleja la opinión de Agencia Fronteriza de Noticias, sino que corresponde al punto de vista y libre expresión del autor.

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