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Jueces por la paz

TIJUANA BC - domingo 13 de mayo de 2018 - Por Raúl Ramírez Baena.
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Al filo de la navaja
Por: Por Raúl Ramírez Baena
 
TIJUANA BC 13 DE MAYO DE 2018.- El colectivo #SeguridadSinGuerra, conformado por ONG de derechos humanos, académicos y expertos en seguridad, que impulsa en todo el país las acciones en contra de la Ley de Seguridad Interior por ser contraria a la letra y espíritu de la Constitución y de los tratados internacionales ratificados por México, emite hoy el siguiente comunicado que, por su importancia, reproduzco aquí:
 
 
A casi 5 meses de la imposición de la Ley de Seguridad Interior por el Presidente de la República y un Congreso que no escuchó las voces nacionales e internacionales que advirtieron los riesgos de su aprobación, y sin existir información pública sobre sus actos de aplicación, una luz llega desde el poder judicial de la Federación.
 
Mediante 3 sentencias de amparo -2 de Fernando Silva García, Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa y uno de Karla María Macías Lovera, Juez Novena de Distrito del Estado de Guanajuato- ha iniciado la defensa judicial de la Constitución y los tratados internacionales frente a una ley que la violenta la normalidad democrática y aleja de la paz a un país marcado por el dolor tras casi 12 años de absurda guerra.
 
Desde el reconocimiento del interés legítimo de quienes promovieron los amparos por las afectaciones a sus tareas de defensa de derechos humanos, hasta el estudio de fondo de los preceptos más peligrosos de la ley, la claridad de las sentencias no deja lugar a duda al explicar con argumentos sólidos y técnicamente cuidados, que la Ley de Seguridad Interior -por el sólo hecho de existir- amedrenta a las mexicanas y mexicanos y les inhibe en el ejercicio de sus derechos, aún sin que haya un acto concreto de aplicación.
 
Como bien explica la Juez Macías Lovera “Los efectos de las normas que se impugnan se desprenden de la alegada naturaleza ambigua, equívoca, vaga e imprecisa de dichas normas, que generan un efecto inhibidor al ejercicio de los derechos de acceso a la información, libertad de expresión, reunión, asociación, privacidad, protección de datos personales…”. 
 
Además, una consideración del Juez Silva García confirma lo que este colectivo había alertado con anterioridad al advertir que la promesa de Enrique Peña Nieto de no emitir ninguna Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, no garantiza su discrecional aplicación. Explica Silva García que “ […] el precepto 26 de la Ley de Seguridad Interior al establecer que las Fuerzas Armadas pueden llevar acciones de seguridad interior para atender riesgos de seguridad interior, es evidente que para ello no se requiere la emisión de declaratoria alguna, pues en términos del artículo 11 de la Ley de Seguridad Interior, la citada declaratoria solo se puede emitir ante una amenaza de seguridad interior, pero no así? ante un riesgo que solo constituye una situación que potencialmente podría convertirse en alguna amenaza a la seguridad interior, pero que aún no llega a constituirse”.
 
Es importante resaltar que como una medida adicional para proteger a quienes han sido beneficiados con el amparo de la justicia federal, la Juez Macías Lovera ha ordenado entregar un salvoconducto a los promoventes para que las autoridades encargadas de ejecutar la Ley de Seguridad Interior se abstengan de aplicarla. Es claro que dicho instrumento solo puede otorgarse a los quejosos porque el juicio de amparo no tiene efectos generales, pero debemos preguntarnos si para no ser afectados en nuestra esfera de derechos fundamentales, todas las mexicanas y mexicanos debemos contar con un instrumento así para evitar las amenazas de la ley. ¿Es este el país en el que merecemos vivir?
 
Las sentencias son una alerta más sobre el riesgo de esta Ley para la democracia y la ciudadanía, en sintonía con lo que por meses han advertido voces ciudadanas y académicas, así como organizaciones internacionales como la ONU y la CIDH, órganos constitucionales autónomos como la CNDH y el INAI, y gobiernos estatales y municipales de distintas partes del país. 
 
Toda vez que atravesamos por el proceso electoral más grande y complejo de nuestra historia, en el que ningún aspirante a la presidencia se ha pronunciado por impulsar la abrogación de la Ley de Seguridad Interior y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha admitido una histórica cantidad de Acciones de Inconstitucionalidad y Controversias Constitucionales, desde el Colectivo #SeguridadSinGuerra:
 
1) Reconocemos y respaldamos el trabajo de la Juez Karla María Macías Lovera y del Juez Fernando Silva García en la defensa de nuestra Constitución con estas primeras sentencias históricas contra la Ley de Seguridad Interior y a favor de la paz; así como las eventuales sentencias que en el mismo sentido se emitan para resolver los múltiples amparos que se promovieron en contra de esa Ley,
 
2) Solicitamos nuevamente a las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que defiendan el orden constitucional y declaren la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior en todos sus preceptos, al momento de resolver los recursos que han admitido. 
 
3) Exhortamos enérgicamente a quienes aspiran a la presidencia y al poder legislativo a que conozcan las graves advertencias que hacen la juez y el juez en sus sentencias, para que de una vez por todas se pronuncien por impulsar la abrogación de la Ley de Seguridad Interior por amenazar a la ciudadanía y a la democracia misma, como ha quedado claro en las resoluciones judiciales en comento.
 
Construir paz es el anhelo de un país lastimado profundamente por su crisis de violencia e impunidad. Nos urgen más #JuecesPorLaPaz, #MinistrosPorLaPaz y #CandidatosPorLaPaz. Nos urge echar abajo las amenazas hechas ley que nunca debieron existir.
 
* Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste

Esta columna no refleja la opinión de Agencia Fronteriza de Noticias, sino que corresponde al punto de vista y libre expresión del autor.

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