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Feminicidios

Tijuana BC - lunes 18 de septiembre de 2017 - Raúl Ramírez Baena.
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Por Raúl Ramírez Baena*

TIJUANA BC 18 SEPTIEMBRE 2017.- Los feminicidios se refieren a la muerte violenta de mujeres por razón de género, es decir, por su condición de mujer. Los feminicidios pueden ser cometidos por cualquier persona o ser perpetrados o tolerados por los agentes del Estado, por acción u omisión. 

Es evidente que siempre ha habido crímenes violentos en contra de mujeres al igual que contra hombres, la diferencia radica en que la muerte de mujeres puede ser el resultado de una histórica cadena de conductas violentas en contra del sexo femenino. Esas conductas se dan en un contexto cultural de tolerancia y aceptación familiar, comunitaria y social en el que las mujeres, las niñas y las adolescentes son el eslabón más débil de la sociedad.

La violencia contra las mujeres y niñas tiene muchas expresiones: la psicológica, la física, el acoso y abuso sexual y la económica, y se observa en distintos ámbitos públicos y privados: el escolar, en los diferentes servicios que brinda el estado, el comunitario, el laboral y el familiar o doméstico. Estos actos de violencia se dan contra las mujeres y niñas en todas las clases sociales, pero pueden afectar en mayor medida a las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad por su edad, condición física o pertenencia étnica, sobre todo porque disponen de menos recursos materiales y simbólicos para enfrentar tales actos.

Las cosas han llegado a tal extremo en el país que el crimen de la joven Mara Fernanda Castilla en el estado de Puebla, a manos de un conductor del servicio Cabify, fue la gota que derramó el vaso de agua y ha desatado importantes movilizaciones de protesta en la Ciudad de México, en Puebla y en Xalapa, de donde era originaria. “Bienvenido a Puebla, estado de feminicidios”, decía una manta exhibida en el edificio de gobierno de la capital poblana.

Mara fue desaparecida el 8 de septiembre después de acudir a una fiesta con sus compañeros de la carrera de Ciencias Políticas de la Universidad Popular Autónoma de Puebla (UPAEP). Su cuerpo fue encontrado el viernes 15 envuelta en una sábana, con visibles huellas de abuso sexual, tortura y estrangulamiento.

En un contexto social de supremacía del género masculino y ante expresiones que justifican las agresiones y los crímenes de mujeres por su forma de vestir y por su conducta, Tania Reneaum, directora Ejecutiva de Amnistía Internacional México, afirmó que no puede apelarse al comportamiento de las mujeres, dejando la responsabilidad en ellas mismas como víctimas. Estamos frente a un contexto que desprecia la vida de las mujeres, y a un Estado machista que tiene una histórica deuda pendiente.

Amnistía Internacional recordó que, según cifras oficiales, 66.1 por ciento de las mexicanas han padecido por lo menos un hecho violento en sus vidas, y las cifras se nutren todos los días por casos tan lamentables como los de Mara.

La palabra feminicidio es una forma válida para aludir al “asesinato de una mujer por razón de su sexo”, como una forma de violencia machista. Puede emplearse para referirse tanto al asesinato individual de una mujer como al homicidio sistemático de mujeres, en especial en ámbitos en los que no existe un fuerte reproche social o cultural de estos hechos. 

En México y en otros países el feminicidio ha alcanzado ya el tipo penal, atendiendo a lo establecido en las convenciones, protocolos, convenios, declaraciones y conferencias mundiales para respetar los derechos humanos de las mujeres, específicamente a recomendaciones realizadas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, de la ONU, emanado de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés).

De esta manera, en el Continente Americano se crea el “Modelo de Protocolo”, que entiende el feminicidio como: “la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión.”

El Modelo de Protocolo se basa en las normas y los estándares internacionales en materia de derechos humanos. Responde al llamado realizado por la ONU de fortalecer la respuesta de los sistemas penales y adoptar medidas destinadas a apoyar la capacidad de los Estados para investigar, perseguir y sancionar las muertes violentas de mujeres por razones de género.

La relevancia del Modelo de Protocolo consiste en el hecho que su finalidad es práctica, que su contenido responde a una demanda manifiesta de las instituciones nacionales. Su proceso de elaboración fue participativo e involucró a profesionales de los sistemas de justicia de América Latina.

Entre 2006 y 2013, la mayoría de los asesinatos ocurrieron en la vivienda particular lo que habla de altos niveles de violencia familiar, pero a partir de 2009 empezó a crecer el número de las mujeres asesinadas en la vía pública. De 2010 a 2012, la mitad de los asesinatos ocurrieron en la calle. A pesar de ello, lamentablemente, la mayoría de los asesinatos violentos de mujeres no han sido clasificados dentro de este delito.

En México, los gobiernos se resisten a declarar Alertas de Género, a pesar de que el creciente número de asesinatos contra mujeres es una tragedia y una vergüenza nacional.

* Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos

Esta columna no refleja la opinión de Agencia Fronteriza de Noticias, sino que corresponde al punto de vista y libre expresión del autor.

 

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