Del ¡Ya basta! a la acción ciudadana
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Del ¡Ya basta! a la acción ciudadana

TIJUANA BC - miércoles 24 de mayo de 2017 - AFN.
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CONXEPTO
Por:  Lic. Esteban Capella Ibarra*

TIJUANA BC 24 DE MAYO DE 2017.- Es muy común escuchar entre las voces ciudadanas la frase del "ya basta" y que precisamente deriva de un conjunto de inquietudes, sinsabores e insatisfacciones que resultan de la falta de los elementos esenciales de existencia, considerados por el ciudadano como aquellos que complementen una vida plena con los requerimientos adecuados para satisfacer sus necesidades (materiales y de seguridad jurídica). En resumidas palabras no tiene lo que quiere y todos tienen la culpa menos él.

Si nos vamos al estricto sentido del "ya basta" lo entendemos como aquella voz que pone término a una discusión o determinada acción. Desafortunadamente después de analizarlo de esa manera, pareciera que nos quedamos cortos en cuanto a que procede posteriormente. Es precisamente en ese contexto donde como ciudadanos debemos ser diligentes para establecer una agenda de acciones, que conlleven a que logremos y tengamos lo que queremos de nuestro territorio y de nuestro gobierno.

Dichas acciones deben ir mas allá de las tradicionales manifestaciones en masa para sumarles de manera adicional actos jurídicos concretos que hagan valer aquellas voces que claman al unísono, los tan esperados cambios y así convertirlos en hechos tangibles para el beneficio de la colectividad.

Actualmente nuestra legislación estatal cuenta con herramientas jurídicas que le permiten al ciudadano manifestarse, mismas que derivan de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y que se encuentran descritas de manera precisa en La Ley Estatal de participación ciudadana.

Dicho ordenamiento que a la letra dice: tiene por objeto fomentar, impulsar, promover, consolidar y establecer los instrumentos y mecanismos que permitan regular el proceso democrático de participación ciudadana en el ámbito de competencia del Estado y de los Ayuntamientos.

Los instrumentos de participación ciudadana son: I.- Plebiscito; II.- Referéndum, y III.- Iniciativa Ciudadana. Los principios rectores de la participación ciudadana son la libertad, la democracia, la corresponsabilidad, la solidaridad, el bien general, la subsidiariedad, la legalidad, la sustentabilidad y la equidad.

El plebiscito tiene por objeto el consultar a los ciudadanos para que expresen su aprobación o rechazo a los siguientes actos: I.- Los actos del Poder Ejecutivo, que se consideren como trascendentes en la vida pública del Estado; II.- Los actos de los Ayuntamientos que se consideren trascendentes para la vida pública del municipio de que se trate, y III.- Los actos del Congreso del Estado referentes a la formación de nuevos municipios dentro de los límites de los existentes o la supresión de alguno de estos.

Podrán solicitar el plebiscito: Los ciudadanos vecinos en el Estado que representen cuando menos el 1% de los electores de la Lista Nominal, o en su caso, la correspondiente al municipio respectivo, cuando los efectos del acto se circunscriban sólo a uno de estos.

La decidida voluntad ciudadana que no se ha demostrado en la raquítica participación de un 30% o menos en las últimas elecciones, es la que puede determinar el rumbo a seguir como Estado, si ya estamos convencidos de que merecemos un cambio hagamos valer las herramientas jurídicas en mención.

En las siguientes columnas estaré tratando lo correspondiente a Referéndum e Iniciativa ciudadana.

*El autor es Licenciado en Derecho y Administración

email: [email protected]

Esta columna no refleja la opinión de Agencia Fronteriza de Noticias, sino que corresponde al punto de vista y libre expresión del autor.

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