Los ``perdones´´ fiscales y su impacto en el gasto público
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Los ``perdones´´ fiscales y su impacto en el gasto público

MÉXICO DF - miércoles 20 de julio de 2016 - La Silla Rota.
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Columnista: La Silla Rota
Por: Jorge Villalobos Seañez

MÉXICO DF 20 DE JULIO DE 2016 (La Silla Rota).-  En nuestra colaboración anterior [1] señalamos que, de acuerdo a la Información de Finanzas Públicas y Deuda Pública correspondiente al periodo enero-mayo 2016, [2] de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), se advertía un superávit presupuestario por casi 59 mil 100 millones de pesos (MDP).
 
Es decir, que al restarle a los ingresos presupuestarios obtenidos hasta mayo de 2016 los gastos netos [3] que fueron pagados hasta esa fecha, tenemos como resultado un balance positivo.
 
Sin demeritar la relevancia que implica la obtención del superávit (sobre todo al comparar los resultados parciales de 2016 con los correspondientes a 2014 y 2015), es importante señalar que el superávit aludido no representa una novedad para el gobierno federal, pues ya en 2013 se había obtenido un resultado positivo comparable al actual, siendo en aquel momento del orden de 50 mil 443 MDP contra los 59 mil 098 MDP obtenidos en 2016.
 
Es oportuno entonces reflexionar sobre la importancia que tienen los ingresos que obtiene el Gobierno Federal vía impuestos, toda vez que constituyen una importante fuente de financiamiento del gasto público.
 
Por ejemplo: en el periodo señalado, los ingresos presupuestarios obtenidos fueron del orden de 2 billones 13 mil 787 MDP, mientras que los gastos ascendieron a 1 billón 954 mil 689 MDP.
 
Esos ingresos presupuestarios están compuestos por los ingresos petroleros [4] y los no petroleros; dentro de ésta última clasificación, se encuentran comprendidos aquellos ingresos provenientes de: i) el gobierno federal –ingresos tributarios y no tributarios [5]– ii) los organismos de control presupuestario directo tales como el IMSS y el ISSSTE; y, iii) la Comisión Federal de Electricidad como empresa productiva del estado.
 
En este sentido, mientras que los ingresos presupuestarios obtenidos en el periodo de enero a mayo de 2016 fueron de 2’013,787 MDP, solamente el 14% de los mismos correspondió a ingresos petroleros y el 86% restante a los ingresos no petroleros.
 
Dentro de ese 86% de ingresos no petroleros, destacan también los impuestos, pues más de dos terceras partes (67%) de los ingresos no petroleros que fueron obtenidos por el Gobierno Federal en el período antes señalado derivan de los ingresos tributarios, representando el 58% del total de los ingresos presupuestarios.

En este sentido, los ingresos tributarios obtenidos en el periodo de enero a mayo de 2016 (por un total de 1 billón 169 mil 355 MDP) permitieron financiar el 60% del gasto neto pagado hasta esa fecha.
 
Ahora, es importante mencionar que el 82% de los ingresos tributarios obtenidos se debe al Impuesto Sobre la Renta (ISR) y al Impuesto al Valor Agregado (IVA) que en conjunto permitieron al Gobierno Federal recaudar 959 mil 588 MDP. Esta cifra representa casi la mitad (48%) de lo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para todo el ejercicio fiscal de 2016 y, lo que es más relevante, casi la mitad (49%) del gasto neto total que fue pagado a mayo de este año.
 
En otras palabras: si al cierre del ejercicio se mantiene la tendencia observada, implicará que el sistema impositivo ISR-IVA permitirá al Gobierno Federal financiar la mitad del gasto neto del ejercicio, sin considerar la amortización de la deuda pública.
 
¿Es esto una consecuencia de la reforma hacendaria que envío el presidente Enrique Peña al Congreso de la Unión en septiembre de 2013?
 
Veamos los datos considerando el mismo periodo de enero a mayo:
 
En el último ejercicio de la administración de Felipe Calderón, el sistema impositivo ISR-IVA obtuvo ingresos por 564 mil 232.7 MDP, que permitieron financiar un 38.36% del gasto neto pagado en el periodo;
 
En 2013, los ingresos por los impuestos referidos (ISR e IVA) alcanzaron 607 mil 760.1 MDP; cubrieron 41.89% del gasto neto pagado;
 
En 2014, se obtuvieron 734 mil 812.9 MDP, para cubrir el 42.87% del gasto neto pagado;
 
En 2015, se obtuvieron 858 mil 324.1 MDP con los que se pudo financiar el 45% del gasto neto pagado;

Lo anterior demuestra que, con independencia de la reforma hacendaria de 2013 que el Gobierno Federal tanto presume, el sistema impositivo ISR–IVA refleja una sólida tendencia a la alza en el financiamiento del gasto público.
 
De ser ciertos los autoelogios del Gobierno Federal sobre los beneficios de esa reforma hacendaria, la gráfica mostraría un despunte considerable al alza en 2014 y 2015. Pero esa situación no se observa en los hechos.
 
Lo que sí se demuestra en la gráfica es que el sistema impositivo ISR-IVA tiene una importancia fundamental en el equilibrio presupuestario.
 
Precisamente por ello no se explica la terquedad de la SHCP en no llevar a cabo una revisión sistemática, minuciosa, exhaustiva y metodológica respecto de todos aquellos montos que el erario federal deja de recaudar por concepto de tasas diferenciadas, exenciones, subsidios y créditos fiscales, condonaciones, facilidades administrativas, estímulos fiscales, deducciones autorizadas, tratamientos y regímenes fiscales, que se encuentran presentes en las distintas leyes que en materia tributaria se aplican a nivel federal.
 
Y es que cada año, en el documento denominado Presupuesto de Gastos Fiscales (PGF), Hacienda difunde el catálogo de “tratamientos especiales y diferenciados” (fueron anteriormente enumerados) y en el que se contienen las estimaciones de las pérdidas recaudatorias que se derivan de los mismos.
 
Sin embargo, como bien ha sido señalado en diversas ocasiones por la sociedad civil organizada, [6] al Presupuesto de Gastos Fiscales no se le da la importancia que merece, ni tampoco está sujeto a un control expresamente creado por ello, ya sea a cargo del Congreso o de algún órgano ajeno a la SHCP.
 
Al tratarse de un “informe” por parte de la SHCP, lo que sucede es que dentro de la aprobación de la llamada “miscelánea fiscal” el Congreso admite tácitamente la existencia de tratamientos fiscales preferenciales sin que previamente a ello se hubiese reflexionado sobre la pertinencia de los mismos o los cambios ocurridos en las circunstancias económicas, sociales o políticas que los hubiesen motivado.
 
La nula evaluación de los gastos fiscales ha provocado que en el Presupuesto de Gastos Fiscales se estime que para 2016 estas “pérdidas” concedidas por la SHCP alcanzarán el 4.66% del Producto Interno Bruto.
 
Ahora bien, considerando los gastos fiscales relativos al sistema ISR–IVA, los mismos ascienden a 569 mil 020 MDP, es decir, que la cantidad que el erario federal dejaría de percibir en 2016 es equivalente al 29% del gasto neto pagado hasta mayo del presente año.
 
Toda vez que los gastos fiscales reflejan la política fiscal del Estado o un carácter meramente extrafiscal y considerando que no atienden a la naturaleza jurídica y económica del impuesto, [7] puesto que se trata de la “desviación de la estructura normal de un impuesto”, es preciso que el Ejecutivo Federal mediante la SHCP incorpore en el paquete económico una propuesta de revisión de los mismos.
 
Lo anterior, cobra mayor relevancia cuando para el próximo Presupuesto de Egresos de la Federación habrá varias situaciones complicadas: no se gozará de la protección de las coberturas petroleras, se espera un entorno de incertidumbre en los mercados financieros internacionales, no se pronostica una recuperación del precio del barril de petróleo, y la plataforma de producción nacional se hace cada vez menor.
 
Por ello, antes de continuar con la política fiscal de los recortes constantes al gasto público y de “innovar” con la creación de nuevos impuestos o el aumento de tasas y tarifas a los ya existentes, la revisión oportuna del Presupuesto de Gastos Fiscales podría permitir un mayor margen de maniobra para la planeación de las finanzas públicas.
 
@JVillalobosS
@OpinionLSR


Esta columna no refleja la opinión de Agencia Fronteriza de Noticias, sino que corresponde al punto de vista y libre expresión del autor.
 
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[1] Recortes al gasto y crecimiento económico

[2] Información de Finanzas Públicas y Deuda Pública Enero-Mayo de 2016

[3] Resulta de restar al gasto bruto total, la amortización de la deuda pública y el gasto autorizado que no se ejerció ni pagó.

[4] Se trata de los ingresos que obtiene el gobierno federal por concepto de ingresos propios de Petróleos Mexicanos, el Impuesto sobre Producción y Servicios relativo a gasolinas y a diésel, los derechos sobre hidrocarburos y el impuesto a los rendimientos petroleros.

[5] Los ingresos no tributarios son los que se obtienen como contraprestación de un servicio público (derechos) del pago por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes de dominio privado (productos) del pago de las personas físicas y morales que se benefician de manera directa por obras públicas (contribuciones de mejoras) y por los ingresos ordinarios provenientes de funciones de derecho público distintos de los impuestos, los derechos y los productos.

[6] Mariana Campos de México Evalúa lo expone muy bien en “Los gastos fiscales: sin evaluación en la antesala de la Reforma Fiscal”.
Asimismo, Liliana Alvarado de Ethos, Laboratorio de Políticas Públicas se ha pronunciado al respecto: Se depuran los gastos fiscales, opina experta

[7] Al respecto, véase la Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 15/2011 emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que lleva por rubro “DEDUCCIONES ESTRUCTURALES Y NO ESTRUCTURALES. RAZONES QUE PUEDEN JUSTIFICAR SU INCORPORACIÓN EN EL DISEÑO NORMATIVO DEL CÁLCULO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”.

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