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Regrésenos nuestro voto

MEXICO DF - viernes 28 de agosto de 2015 - LUIS FARÍAS MACKEY.
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MÉXICO DF 28 DE AGOSTO DE 2015 (La Silla Rota).- Los abusos legislativos terminan por pagarse.

Por años he combatido el voto unificado; hoy este Frankenstein se vuelve contra sus creadores, los partidos. El voto unificado entra a nuestra legislación en 86 y con él, los mexicanos perdimos el derecho a elegir libremente en las elecciones de representación proporcional. Originalmente para diputados teníamos dos votos, uno para mayoría relativa y otro para representación proporcional. Y eran dos votos porque en el fondo se tratan de dos sistemas de representación, dos elecciones y, debiera ser, dos votos.

Por las razones y con las consecuencias que expongo en “Plurinominales, voto conculcado y unificado”, los partidos violentaron la Constitución y desde 1986 el voto por la fórmula de candidatos de mayoría relativa se lo adjudican (roban) los partidos para sus listas de representación proporcional, sin mediar voluntad ciudadana expresa al respecto.

Recordará Usted que al acudir a la casilla de su domicilio se le entrega una boleta para diputados donde aparecen los emblemas de los partidos y los nombre de los candidatos de mayoría relativa; sobre esta boleta (y anverso) usted vota. Pues bien, al reverso de ella van impresas las listas de candidatos de representación proporcional de los partidos, pero sobre ellas usted no puede decidir su voto.

Es decir, si usted vota por el PAN en mayoría relativa, pero no le gusta su lista de representación proporcional, su voto de todas maneras cuenta para la lista de ese partido. Así, el voto otorgado para un candidato específico, con nombre y apellido, es apropiado por el partido que lo postula y quien dispone de él haciéndolo extensivo a los candidatos de su lista plurinominal.

Ése es el voto unificado: Un voto para dos elecciones; una voluntad ciudadana consultada y expresada exclusivamente sobre un candidato determinado, robada por su partido y aplicada, inconsulta, a favor de otros candidatos designados (impuestos) por el partido.

Ahora bien, si alguna vez ha usted votado en una casilla especial, recordará que si se encuentra fuera de su distrito pero dentro de su circunscripción, no podrá votar por mayoría relativa, habida cuenta que en las boletas de esa casilla aparecerán los candidatos del distrito donde se encuentra y no los postulados en el distrito donde reside, pero sí podrá votar por alguna de las listas plurinominales de los partidos, por encontrarse dentro de la misma circunscripción que comprende su entidad federativa. En esos casos ya no hay voto unificado, usted sólo puede votar sobre las listas y no sobre los emblemas de partidos y sus candidatos uninominales.

Pues bien, todo les había salido bien a los partidos hasta que irrumpieron en escena los candidatos independientes. Éstos vienen a demostrar mi aserto sobre lo impropio del voto unificado. Los independientes, por su naturaleza, son uninominales y sólo pueden correr en la pista de Mayoría Relativa, donde el que gana se lleva todo; no pueden hacerlo, en contrapartida, en circunscripciones plurinominales donde la votación se reparte entre las listas de los partidos en proporción al porcentaje de su votación.

Así, el voto por un independiente en elección de diputados no cuenta para las listas de representación proporcional que forzosamente son de partido.

El que más pierde, como siempre, es el ciudadano a quien se le conculca su derecho activo al voto por representación proporcional. En este caso, el voto unificado resulta un voto cercenado. Si los ciudadanos tuviésemos, como lo mandata la Constitución, dos votos, quien votase en mayoría por un independiente, podría a su vez votar en la elección de representación proporcional por alguna lista de partido o, si gusta, anular su voto.

Los partidos, por su lado, sufren una doble pérdida: Pierden un voto en mayoría frente a un candidato independiente y pierden un posible voto sobre sus listas, porque el voto unificado a favor de un independiente no puede ser apropiado por ellos y aplicado a sus listas. Es un voto de representación proporcional impedido por ley bajo el esquema de voto unificado que hace uno lo que son dos.

Tiempo es de regresar al orden constitucional en esta materia. La Constitución habla de dos elecciones, dos sistemas de representación y, expresamente, de dos votos.

¡Regrésenos nuestros votos de representación proporcional!

@LUISFARIASM

Esta columna no refleja la opinión de Agencia Fronteriza de Noticias, sino que corresponde al punto de vista y libre expresión del autor.

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