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TIJUANA, BC - miércoles 28 de septiembre de 2011 - Gilberto LAVENANT .
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 Ley, mata política.

  Por : Gilberto LAVENANT

Parecía imposible. Sobre todo, porque la legislación local advierte que contra las resoluciones de la Legislatura Estatal en materia de juicio político, no se admite recurso alguno. Además, en todo momento se advirtió que se trataba de un juicio político, no de un proceso judicial, en el que lo jurídico, prácticamente era secundario.

Por eso, pareció extraño e injustificado, que se diera a conocer que la Síndico de Tijuana, Yolanda Enríquez de la Fuente, había recurrido al juicio de amparo, para librar el juicio político a que la estaba sometiendo la Legislatura estatal.

De nueva cuenta volvió a parecer extraño, cuando se reveló que un Juez de Distrito, había admitido la demanda de Amparo de la Síndico. La extrañeza persistió y se incrementó, cuando se dijo que se le había otorgado la suspensión provisional.

Ayer martes, poco después del mediodía, colaboradores de Yolanda Enríquez dieron a conocer que el Juzgado Sexto de Distrito le otorgó suspensión definitiva, con lo que libra, por la vía jurídica, el juicio político a que la estaba sujetando la Legislatura Estatal.

Temprano, en una reunión con miembros de la Cámara de la Industria de la Construcción, en Rosarito,  la Síndico comentó a los reporteros que estaba segura que ganaría el juicio en su contra y a la vez comentó que  "…en estos puestos, uno se gana enemigos gratis".

El juicio político a que estaba siendo sometida la S?índico, y que podría haber concluido con determinación que ordenara su cese e inhabilitación para ocupar cargos públicos, se inició en base a la solicitud presentada el 31 de mayo 2011, por el regidor panista, Erwin Areizaga.

La versión sobre la resolución del juez federal, indica que cuando los legisladores determinan que es procedente sujetarla a juicio político, se percatan de que la Ley Orgánica del Congreso se opone a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en lo referente a la Comisión Jurisdiccional, pues mientras la primera sí contemplaba esta figura, la segunda, o sea la de Responsabilidades, mantenía la de  Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. Por lo tanto, tratándose de dos órganos distintos, los responsables del enjuiciamiento, requerían modificar alguna de las dos leyes.

Para hacer efectivo el juicio político contra la Síndico, con fecha 9 de junio del 2011, los legisladores modificaron  la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en lo referente a juicio político y crean la Comisión Jurisdiccional, para sustituir la de Legislación y Puntos Constitucionales.

Dicha modificación fue publicada el 10 de junio del 2011, en el Periódico Oficial  pero la misma entró en vigor al día siguiente de su publicación,  debiendo entrar en vigor un día después. Sin embargo, los  legisladores, dieron entrada a la solicitud del juicio político, por medio de la Comisión Jurisdiccional, el 10 de junio, o sea el mismo día de publicación de la reforma que la crea, aún cuando entraba en vigor hasta el día siguiente. Dicho en otras palabras, la Comisión Jurisdiccional, empezaba sus funciones, antes de iniciar su vigencia.

Con fecha 10 de junio del año en curso, un día antes de iniciar su vigencia, la Comisión Jurisdiccional, encabezada por Julio Felñipe García Muñoz, como Presidente, y Rosana Soto Agüero, como Secretaria, así como el diputado Rubén Alanís Quintero, como Vocal, emitió el dictamen siguiente :

“…PRIMERO.- Se considera que la denuncia de juicio político, presentada por su propio derecho ante la Presidencia de la H. XX Legislatura del Estado de Baja California, por el C. Erwin Jorge Areizaga Uribe, reúne los tres requisitos de procedibilidad establecidos en el artículo 14, numerales I, II y III, de la Ley de Responsabilidades de  los Servidores  Públicos  del  Estado de Baja California esta Soberanía, y por lo tanto se declara, que ha lugar a iniciar el procedimiento de juicio político en contra de la C. Yolanda Enríquez de la Fuente, en su carácter de Síndico Procurador del H. XX Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, en los términos precisados en los considerandos de éste Dictamen". 

“…SEGUNDO.-Túrnese el presente dictamen, al Pleno del H. Congreso del Estado, de Baja California, con la denuncia de juicio político, para los efectos previstos en el penúltimo párrafo del artículo 14 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de la materia”.

La observación sobre la falla en que incurrieron los legisladores, fue dada a conocer por colaboradores de la Síndico, indicando que ante dicho error, viciaron el procedimiento del juicio político, a tal grado que el Juez federal concedió la suspensión provisional y ahora la definitiva, con lo que la Síndicode Tijuana libra el juicio político en su contra.

Así mismo, se observa que la solicitud de juicio político fue recibida el 31 de mayo del 2011, cuando aún estaba en funciones la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en tanto que la Ley Orgánica del Congreso del Estado la denominaba Comisión Jurisdiccional.

Si la versión dada a conocer ayer por los colaboradores de la Síndico, es cierta, se establece que : “Ley, mata política”. Yolanda Enríquez de la Fuente, logró librar el juicio político que posiblemente hubiese terminado con su cese e inhabilitación.Bajo el principio que advierte que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos, no cabe duda que la Síndico puede estar tranquila de que ya no será enjuiciada.

Sin embargo, la experiencia le debe demostrar que independientemente de las cuestiones políticas, la aplicación de la ley es prioritaria, que debe ser más cuidadosa y ágil en la función pública y que debe rodearse de mejores asesores, para no volver a pasar apuros, como en esta ocasión.

                                                                    [email protected]

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